Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2008 (25/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 25 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 256586-4

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de setiembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento REGLAMENTO DECRETO LEGISLATIVO QUE PROMUEVE LA INVERSION PRIVADA EN PROYECTOS DE IRRIGACION PARA LA AMPLIACION DE LA FRONTERA MORDAZA ­ DECRETO LEGISLATIVO 994 TITULO PRELIMINAR Disposiciones Generales Articulo 1º.- Objeto del Reglamento El presente Reglamento establece las normas que regulan el procedimiento para la promocion de la inversion privada en proyectos de irrigacion de tierras eriazas con aptitud MORDAZA de propiedad del Estado, conforme a lo establecido por el Decreto Legislativo Nº 994. Articulo 2º.- Definiciones Para efectos de la aplicacion del presente Reglamento, se entendera por: a) Adjudicatario: La persona juridica o consorcio de personas juridicas o consorcio de personas naturales con personas juridicas, MORDAZA estas nacionales o extranjeras, a las cuales se otorgue la Buena Pro una vez concluido el procedimiento establecido en el presente Reglamento. b) Aguas de Libre Disponibilidad: Son aquellas que no han sido otorgadas para su aprovechamiento a traves de los derechos de uso de agua o que no esten reservadas conforme a la legislacion vigente. Las aguas de libre disponibilidad son determinadas por la Autoridad Nacional del Agua. c) Contraprestacion: La prestacion que, conforme a lo previsto en el articulo 5º de la Ley y en el presente Reglamento, recibe el Estado por la transferencia de la propiedad de las tierras eriazas con aptitud MORDAZA para el desarrollo de proyectos de irrigacion. d) Iniciativas Privadas: Son los proyectos de inversion presentados ante el Organismo Promotor de la Inversion Privada sobre tierras eriazas con aptitud MORDAZA, al MORDAZA de lo previsto en la Ley y en el presente Reglamento. Las iniciativas privadas en proyectos de inversion tienen el caracter de peticiones de MORDAZA, de conformidad con lo establecido en el articulo 112º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en lo que sea pertinente. e) Ley: El Decreto Legislativo Nº 994, que promueve la inversion privada en proyectos de irrigacion para la ampliacion de la frontera agricola. f) Organismo Promotor de la Inversion Privada: El organismo que se encargara de ejercer las funciones de conduccion del MORDAZA de promocion de la inversion privada y de tramitar y evaluar las iniciativas privadas en proyectos de inversion agrarios que se presenten en el MORDAZA de la Ley y el presente Reglamento. Para el caso de los proyectos de inversion agrarios de alcance nacional, el Organismo Promotor de la Inversion Privada sera el Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada ­ CEPRI AGRICULTURA. Tratandose de proyectos de inversion de alcance regional o local, seran los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, respectivamente, los que ejerceran directamente o a traves de una entidad encargada de la promocion de proyectos regionales de inversion, quien asuma las funciones de Organismo Promotor de la Inversion Privada. g) Proponentes: Las personas juridicas, consorcios de personas juridicas o consorcios de personas naturales con personas juridicas, MORDAZA estas nacionales o extranjeras, interesadas en desarrollar proyectos de inversion, de conformidad con el procedimiento establecido en el presente Reglamento.

AGRICULTURA

Aprueban Reglamento del Decreto Legislativo Nº 994 que promueve la inversion privada en proyectos de irrigacion para la ampliacion de la frontera MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 020-2008-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la Republica, mediante Ley Nº 29157, delego en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar sobre determinadas materias, con la finalidad de facilitar la implementacion del Acuerdo de Promocion Comercial Peru ­ Estados Unidos y apoyar la competitividad economica para su aprovechamiento, encontrandose dentro de las materias comprendidas en dicha delegacion la mejora del MORDAZA regulatorio, asi como la mejora de la competitividad de la produccion agropecuaria; Que, en uso de esa delegacion de facultades, mediante Decreto Legislativo Nº 994 se promueve la inversion privada en proyectos de irrigacion para la ampliacion de la frontera MORDAZA, estableciendose el MORDAZA juridico para la promocion y regulacion de dichas actividades; Que, de conformidad con la Tercera Disposicion Complementaria del Decreto Legislativo que Promueve la Inversion Privada en Proyectos de Irrigacion para la Ampliacion de la Frontera MORDAZA ­ Decreto Legislativo Nº 994, su reglamento sera aprobado mediante Decreto Supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; y el numeral 1, del articulo 6 y el literal e) del numeral 2 del articulo 8 de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion Apruebase el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 994 que consta de cuarenta y un (41) articulos y tres (03) disposiciones complementarias, y que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo 3º.- Derogatoria Derogase toda otra MORDAZA que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

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