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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (26/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de setiembre de 2008 380322 acceso de propietarios, trabajadores y conductores de los establecimientos formales de la zona; Estando a las facultades establecidas en los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, y el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA:Artículo Primero.- Disponer la intervención, recuperación y reordenamiento de la zona B del Damero de Gamarra; desviándose el tránsito vehicular y restringiéndose el acceso peatonal por el término de 24 horas, para estos efectos, en el cuadrante delimitado por Jr. Bauzate y Meza, Jr. Isabel La Católica, Jr. Huánuco y Jr. Parinacochas, dejando libre como ingresos peatonales los ubicados en el Jr. Hipólito Unanue esquina con Jr. Parinacochas, y el Jr. Hipólito Unanue esquina con Jr. Huánuco para el acceso de propietarios, trabajadores y conductores de los establecimientos formales de la zona. Se encuentran exceptuados, el personal y vehículos de esta corporación municipal, así como de las entidades gubernamentales y no gubernamentales autorizadas y de apoyo. Artículo Segundo.- Queda establecido que el plazo mencionado en el párrafo anterior podrá extenderse en un plazo igual al señalado, si el caso y las circunstancias lo ameritan. Artículo Tercero.- Encárguese a las Gerencias de Desarrollo Económico, de Desarrollo Urbano, de Seguridad Ciudadana, de Fiscalización y Control, Sub - Gerencia de Defensa Civil y la Gerencia de Servicios a la Ciudad, el cumplimiento del presente Decreto, con apoyo de las entidades gubernamentales que se considere conveniente. Artículo Cuarto.- Solicitar el apoyo correspondiente al Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú, para el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Quinto.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su suscripción. Regístrese, comuníquese, y cúmplase.ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 257123-1 Sancionan con suspensión sin goce de remuneraciones a ex funcionarios de la Municipalidad RESOLUCIÓN Nº 270-GM/MDLV La Victoria, 23 de setiembre de 2008VISTOS: La Resolución Nº 173-GM/MDLV de fecha 12 de agosto de 2008 emitido por el Gerente Municipal; el Acta de Sesión Final Nº 018 -2008, de fecha 16 de setiembre de 2008; el Informe Final Nº 052-2008-CEPAD/MDLV de fecha 23 de setiembre de 2008; emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de La Victoria; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 112-2008- ALC/MDLV de fecha 12 de junio de 2008, se designa a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de La Victoria, encargada de instruir, mediante Proceso Administrativo Disciplinario a los funcionarios de los diversos órganos Administrativos de la Municipalidad Distrital de La Victoria; Que, mediante documento de vistos, el Gerente Municipal, dispone que la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, de inicio al procedimiento de determinación de responsabilidades administrativas los funcionarios y ex funcionarios comprendidos en la Observación Nº 1, y 2 del “Examen Especial-Operativo de Control a las Exoneraciones de los Procesos de Selección, Períodos - 2005 y 2006” contenido en el Informe Nº 006-2007-OCI/MDLV, emitido por el Órgano de Control Institucional; Que, mediante Resolución Nº 173-GM/MDLV, del 12 de agosto de 2008, emitido por la Gerencia Municipal, resolvió iniciar Proceso Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios y funcionarios Luís Enrique Chirinos Hinostroza (Ex Gerente de Bienestar Social y Ex Miembro del Comité Administración del Programa del Vaso de Leche), Carlos Alberto Arana Reátegui (Ex Gerente de Administración, y Ex Presidente del Comité Especial de Procesos de Selección), Luís Marco Antonio Velásquez Espinar (Ex Sub Gerente de Logística), César Horacio Cárdenas Pastor (Ex Gerente de Asesoría Jurídica) y César Gastón Pérez Barriga (Ex Gerente de Asesoría Jurídica); por los hechos contenidos en el Informe Preliminar Nº 048-2008-CEPAD/MDLV de fecha 07 de agosto de 2008, otorgándoseles el plazo de (05) días hábiles para presentar sus descargos; Que, los señores, Luís Enrique Chirinos Hinostroza (Ex Gerente de Bienestar Social - Ex Miembro del Comité Administración del Programa del Vaso de Leche); Carlos Alberto Arana Reátegui (Ex Gerente de Administración - Ex Presidente del Comité Especial de Procesos de Selección); Luís Marco Antonio Velásquez Espinar (Ex Sub Gerente de Logística); se encuentran comprendidos en la Observación Nº 1 del Informe Nº 006-2007-OCI/MDLV “Examen Especial-Operativo de Control a las Exoneraciones de los Procesos de Selección, Períodos - 2005 y 2006” emitido por el Órgano de Control Institucional, cuya imputación refi ere por “No haber organizado los expedientes que contenga todas las actuaciones del Proceso de Exoneración de la Licitación Pública Nº 001-2006-CE/MDLV, para la Adquisición de Insumos para el Programa del Vaso de Leche del Distrito de La Victoria-Lima”; Que, se determinó responsabilidad administrativa en el señor Luís Enrique Chirinos Hinostroza (Ex Gerente de Bienestar Social - Ex Miembro del Comité Administración del Programa del Vaso de Leche) porque como Miembro del Comité Especial de Procesos de Selección, conjuntamente con el Presidente del Comité Especial, no organizó, controló ni entregó, después que el proceso de selección este concluido; a la Gerencia de Administración o al Subgerencia de Logística, los expedientes que contiene todas las actuaciones del Proceso de Exoneración de la Licitación Pública Nº 001-2006-CE/MDLV, para la adquisición de Insumos para el Programa del vaso de Leche del distrito de La Victoria- Lima período 2006, omitiendo lo establecido en el artículo 21º inciso a), d) y; el artículo 28º inciso d) del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público de fecha 06/03/84; el artículo 47º incisos a), b) y d) del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el señor Luís Enrique Chirinos Hinostroza (Ex Gerente de Bienestar Social - Ex Miembro del Comité Administración del Programa del Vaso de Leche), no presentó sus descargos a pesar de estar debidamente notifi cado de acuerdo a los dispuesto en el artículo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM “Reglamento General de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa”, por lo que los cargos formulados en su contra no han sido desvirtuados; Que, se determinó responsabilidad administrativa en el señor Carlos Alberto Arana Reátegui (Ex Gerente de Administración - Ex Presidente del Comité Especial de Procesos de Selección); en el desempeño de sus funciones como Presidente del Comité Especial de Procesos de Selección, en coordinación con la Subgerencia de Logística, por no organizar ni controlar los expedientes que contengan todas las actuaciones del Proceso de Exoneración de la Licitación Pública Nº 001-2006-CE/MDLV, para la adquisición de Insumos para el Programa del vaso de Leche del distrito de La Victoria-Lima período 2006. Asimismo como Gerente de Administración por no adjuntar a su documento aclaratorio, copia fedateada Descargado desde www.elperuano.com.pe