NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (26/09/2008)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de setiembre de 2008 380313 CONSIDERANDO: Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, de conformidad con lo previsto en el Art. 15º, Inc. “a” de la Ley Nº 27867 y sus modifi catorias que señala: “Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; precepto que le confi ere facultad de aprobar los documentos de gestión, de las Instituciones Públicas del ámbito jurisdiccional del Gobierno Regional, en concordancia con el Art. 38º de la Ley Nº 27867 y sus modifi catorias Nº 28968 y 29053 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional; Que, el proceso de organización de los Gobiernos Regionales es gradual, según lo prevé la Ley de Bases de Descentralización Nº 27783, por tanto es necesario contar con documentos de gestión que refl ejen la dinámica organizacional concordante con la actual capacidad instalada y operativa que demanda el Gobierno Regional, criterio que se encuentra defi nido entre otros por la vigente Ley de Presupuesto para el Sector Público; Que, la Sede del Gobierno Regional, con la fi nalidad de adecuar su Organización al incremento de funciones y competencias transferidas progresivamente por el nivel central en el marco de normatividad vigente en materia de descentralización, mediante Ordenanza Regional Nº 214-GRA/CR, de fecha 25-06-2008, ha aprobado la reformulación de su estructura orgánica, lo cual ha conllevado a su vez a la reformulación de su Reglamento de Organización y Funciones-ROF y el Cuadro para Asignación de Personal-CAP, con la fi nalidad de adecuar las necesidades de redimensionamiento de la capacidad operativa de la Sede Regional, por la incorporación de nuevas unidades orgánicas, fusión y desdoblamiento de funciones, que se sustenta en las modifi caciones estructurales y funcionales siguientes: POR INCORPORACÓN DE NUEVAS UNIDADES ORGANICAS: - Apertura de la Ofi cina de Secretaría General, como Unidad Orgánica de Apoyo a la Presidencia Regional. - Apertura de la Ofi cina de Contrataciones y Adquisiciones, como Unidad Orgánica de Apoyo de la Gerencia General. - Incorporación de la Sub Gerencia de Promoción de Inversión Privada, como Unidad Orgánica dependiente de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico. - Creación de la Sub Gerencia de Comunidades Nativas y Campesinas, como Unidad Orgánica de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico. - Inserción de la Sub Gerencia de Formación Continua e Investigación Educativa, como Unidad Orgánica de la Gerencia Regional de Desarrollo Social. POR FUSIÓN, DESDOBLAMIENTO DE FUNCIONES, ETC.: - Sub Gerencia de Población y Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades de la Gerencia Regional de Desarrollo Social. - Sub Gerencia de Estudios, como Unidad Orgánica de la Gerencia Regional de Infraestructura. - Sub Gerencia de Obras y Maquinaria Pesada, como Unidad Orgánica de la Gerencia Regional de Infraestructura. Que el Reglamento de Organización y Funciones- ROF de la Sede del Gobierno Regional Amazonas, describe la nueva estructura de la Organización, línea de autoridad, de comunicación y de responsabilidad de las Unidades Orgánicas, así como el detalle individualizado de funciones de las mismas, constituyéndose en un documento de gestión directriz de la organización y funcionamiento, que la demanda actual del proceso de transferencia de funciones y competencias acreditadas del Gobierno Central al Gobierno Regional ha conllevado a su redimensionamiento. Que, el Cuadro para Asignación de Personal del Gobierno Regional Amazonas, reformulado, por las modifi caciones introducidas en la estructura orgánica del Gobierno Regional, considera un total de 171 plazas, equivalente a un mismo número de cargos, de los cuales 116 se encuentran en situación de ocupados y 55 en calidad de previstos, documento de gestión que se encuentra complementado con el Cuadro Nominativo de Personal; Que, el pleno del Consejo Regional, ha analizado los citados documentos de gestión, determinando que los mismos cumplen con los requisitos que exigen la normas vigentes, como el D. Leg. 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 005-90-PCM, el D.S. Nº 043-2004-PCM que establece los Lineamientos para la formulación de los Cuadros para Asignación de Personal-CAP de las Entidades Públicas y el D.S. Nº 043-2006-PCM, que establece los lineamientos para la formulación y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones-ROF de las entidades de la Administración Pública; por lo que contando con el Informe favorable de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, así como Dictamen favorable de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; ha visto por conveniente aprobar su modifi cación; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 012, mediante Acuerdo Nº 127-2008 de fecha 28 de Agosto del 2008, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º de la Ley Nº 27867 y sus modifi catorias Nº 28968 y 29053 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) reformulado de la Unidad Ejecutora 01 - Sede del Gobierno Regional Amazonas, en folios (062). Artículo Segundo.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) reformulado de la Sede del Gobierno Regional Amazonas, en folios (028). Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Regional Nº 153-2006-GRA/CR, de fecha 14 de Agosto del 2006 y deróguese toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR a la Secretaría del Consejo Regional, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 11 días del mes de Agosto del 2008. ROLANDO RAMOS CHUQUIMBALQUI Consejero Delegado del Consejo RegionalAmazonas POR T ANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los, 29 días del mes de agosto del 2008. OSCAR R. ALTAMIRANO QUISPE Presidente del Gobierno RegionalAmazonas 256665-1Descargado desde www.elperuano.com.pe