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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (26/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 26 de setiembre de 2008 380318 Especial (ZRE) en el Plano de Zonifi cación vigente correspondiente al Distrito de San Borja, aprobado mediante la Ordenanza Nº 1063-MML publicada el 10 de setiembre del año 2007, las cuales, con fi nes de aplicación de sus normas especiales, se clasifi can de la siguiente manera: • ZRE-1, conformada por las zonas de San Juan Masías, El Bosque, El Bosque de San Borja, Pequeños Agricultores Todos los Santos, y otros predios sin denominación, de acuerdo con los Planos Nº 01 y 02 que forman parte de la presente Ordenanza. • ZRE-2 conformada por la Urbanización Papa Juan XXIII, de acuerdo con el Plano Nº 03 que forma parte de presente Ordenanza. Los Planos Nº 01, 02 y 03 se aprueban con la presente Ordenanza como ANEXO Nº 01 Artículo 2º.- PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS Aprobar el Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios de las Zonas de Reglamentación Especial del Distrito de San Borja, elaborado por la Municipalidad Distrital en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7º y la Quinta Disposición Final de la Ordenanza Nº 1063-MML, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza como ANEXO Nº 02. Artículo 3º.- ÍNDICE DE USOS PARA LA UBICACIÓN DE ACTIVIDADES URBANAS Aprobar el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas de las Zonas de Reglamentación Especial del Distrito de San Borja, elaborado por la Municipalidad Distrital, el mismo que forma parte de la presente Ordenanza como ANEXO Nº 03. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los Planos de Delimitación de Zonas (Anexo Nº 01), el Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios (Anexo Nº 02) y el Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas (Anexo Nº 03) de las Zonas de Reglamentación Especial del Distrito de San Borja, serán publicados en el portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Segunda.- Las actividades existentes, formalmente establecidas, que con la aprobación del presente Indice de Usos han devenido en Uso No Conforme, podrán continuar en funcionamiento, en concordancia con la normativa vigente sobre la materia. Cuando decidan cambiar de giro, la nueva actividad deberá estar conforme en el Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas que se aprueba con la presente Ordenanza. Tercera.- Los Jardines de Aislamiento son espacios públicos de la Ciudad y por tanto los propietarios, poseedores o conductores de locales comerciales o de servicios que se encuentran ocupando dichos espacios públicos, deberán dejarlos libres. La Municipalidad Distrital de San Borja, en el marco de sus competencias, establecerá los mecanismos administrativos que correspondan para el cumplimiento de esta disposición. Cuarta.- Incorporar la tipología de Conjuntos Residenciales en las Normas de Zonifi cación del Distrito de San Borja, aprobadas por la Ordenanza Nº 1063-MML, con los parámetros urbanísticos y edifi catorios siguientes: • Area mínima de Lote: 2,500 m2 • Area Libre mínima: 50%• Altura de Edifi cación: Tendrán como benefi cio 2 pisos adicionales al indicado en el Plano de Alturas de Edifi cación de San Borja, aplicable en las edifi caciones internas del Conjunto Residencial y sólo en los lotes normados con 3 ó 4 pisos. Las edifi caciones del perímetro del Conjunto Residencial respetarán las alturas establecidas en el Plano de Alturas de Edifi cación.• Zonifi cación: Podrán ubicarse en cualquier califi cación Residencial del Plano de Zonifi cación de San Borja. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.En Lima, 22 SEP. 2008LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 256448-1 Establecen conformidad de resolución expedida por la Municipalidad de Santiago de Surco que aprobó proyectos referentes a habilitación urbana nueva de lote único de terreno RESOLUCIÓN N° 242-2008-MML-GDU-SPHU Lima, 1 de setiembre de 2008LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Codifi cado Nº 97818-2008, mediante el cual la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, remite los actuados administrativos, conteniendo la Resolución Sub Gerencial Nº 641-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 18 de abril de 2008, aprobando la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, solicitada por la sociedad conyugal conformada por el señor BUENAVENTURA SANCHEZ SOTO y su cónyuge LUCILA ROSSELL AGUIRRE; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Sub-Gerencial Nº 867- 2007-SGLHU-GDU-MSS de fecha 20 de abril de 2007 (fs. 32 al 36), la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco se resuelve Aprobar los Proyectos referentes a Trazado, Lotización y Pavimentación de calzadas y aceras, correspondiente a la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, para Uso Residencial de Densidad Baja “RDB”, del terreno de 2,543.49 m², constituido por el Lote 18 de la Manzana “6” de la Parcelación Semi Rústica “Santa Teresa”, ubicado frente al Jirón Batallón Callao, en el distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima, de acuerdo con los planos signados con los Nº 022.01-2007-SGLHU-GDU-MSS y Nº 022.02-2007-SGLHU-GDU-MSS; Que, con Resolución Nº 274-2007-MML-GDU-SPHU, de fecha 02 de agosto del 2007 (fs. 55 y 56), expedida por esta Corporación, se resuelve Establecer La No Conformidad de la Resolución Sub-Gerencial Nº 867-2007-SGLHU-GDU-MSS de fecha 20 de abril de 2007, expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, al incumplir los Planes Urbanos en lo referente a los aportes reglamentarios dispuestos en la Ordenanza Nº 836-MML, por cuanto en la Resolución materia del presente trámite se dispone la no exigencia de pago del défi cit del aporte reglamentario para Recreación Pública dispuesto en la citada Ordenanza; Que, mediante Resolución Sub Gerencial Nº 641-2008- SGLAU-GDU-MSS, de fecha 18 de abril del 2008 (fs. 75 al 79), expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, se resuelve Aprobar los Proyectos referentes a Trazado, Lotización y Pavimentación de calzadas y aceras, correspondiente a la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, para Uso Residencial de Densidad Baja “RDB”, del terreno de 2,543.49 m², constituido por el Lote 18, de la Manzana “6”, de la Parcelación Semi-Rústica “Santa Teresa”, ubicado frente al Jirón Batallón Callao, en el distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima, de acuerdo con los planos signados con los Nº 031.01-2008-SGLAU-GDU-MSS y Nº 031.02-2008-SGLAU-GDU-MSS; Que, con Informe Nº 227-2008-MML-GDU-SPHU-DRD, de fecha 20 de agosto del 2008 (fs. 85 al 88), la División de Descargado desde www.elperuano.com.pe