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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de abril de 2009 393851 • Escuela Académico Profesional de Ingeniería de Sistemas: BELLO ALGUIAR GIANCARLO CHAVARRIA ROJAS EVERLIN GALOIS PALACIOS MARCELO JAVIER ENRIQUE TRUJILLO PRINCIPE OSCAR YAÑEZ CASTRO MANDAMIENTO IVAN WILLIAM GUERRERO CARRANZA EDER MOTTA TAMARA EMILIA ISABEL y SAMANAMÚ QUISPE GIANCARLO PAÚL Artículo 4º.- NOTIFICAR con la presente resolución a los administrados y a las instancias y dependencias de la Universidad para su conocimiento, cumplimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. ELSA CARMEN OSCUVILCA TAPIA Rectora JAIME ALBERTO CALVA MOREIRA Secretario General 332428-3 Suspenden pago de pensión por cesantía a ex docente de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión UNIVERSIDAD NACIONAL “JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN” RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1424-2008-UH Huacho, 10 de noviembre del 2008 VISTO: El Informe Nº 172-2008-URP, de fecha 10 de octubre de 2008; copia del Informe Nº 067-04-URP, de fecha 18 de marzo de 2004; el Informe Nº 181-2008-URP, de fecha 24 de octubre de 2008; el Proveído Nº 2648-2008-OAJL, de fecha 30 de octubre de 2008; el Decreto de Rectorado Nº 2235-II-2008-R-UNJFSC, de fecha 05 de noviembre de 2008; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 067-04-URP, de fecha 18 de marzo de 2004, la Jefe de la Unidad de Remuneraciones y Pensiones en funciones informa que se ha dispuesto la suspensión del pago de Pensión de Cesantía que venía percibiendo el Ex Docente JORGE ISAAC CASTILLO MONTERO a partir del día 03 de octubre de 2003, por haberse encontrado incurso en incompatibilidad remunerativa al percibir remuneración en condición de Docente Principal a Tiempo Completo 40 Horas en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, conforme lo informado por el Jefe de la Ofi cina General de Personal de esta Universidad, contraviniendo lo establecido en la Constitución Política y en el artículo 8º del Decreto Ley Nº 20530, norma que regula el Régimen Pensionario en el que se encuentra adscrito el precitado Docente; Que, mediante Informes Nº 172-2008-URP, de fecha 10 de octubre de 2008 y Nº 181-2008-URP, de fecha 24 de octubre de 2008, el Jefe de la Unidad de Remuneraciones y Pensiones informa que a la fecha no se ha cumplido con formalizar mediante acto administrativo la suspensión en el pago de pensión por cesantía del Ex Docente JORGE ISAAC CASTILLO MONTERO, por incurrir en incompatibilidad remunerativa, que viene siendo ejecutada desde el año 2003, a instancia del informe emitido por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, entidad empleadora del precitado Docente, adjuntando copia de los actuados que dieron lugar a esta acción administrativa; Que, mediante Proveído Nº 2648-2008-OAJL, de fecha 30 de octubre de 2008, el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídico Legal; recomienda la emisión de acto resolutivo, en vías de regularización, de acuerdo a la documentación que obra en autos, disponiendo la suspensión del pago de pensión del Ex Docente JORGE ISAAC CASTILLO MONTERO, con retroactividad al año 2003; Que, de conformidad a lo informado por la dependencia competente, y en aplicación de lo dispuesto en la Ley Nº 27444, que establece que la emisión de actos administrativas con efi cacia anticipada se condiciona a la existencia del supuesto de hecho que es objeto del acto a la fecha en que se retrotrae, corresponde disponer la suspensión del pago de Pensión por Cesantía al Ex Docente JORGE ISAAC CASTILLO MONTERO, con retroactividad al 03 de octubre de 2003, por encontrarse incurso en incompatibilidad remunerativa; Estando a lo expuesto en los considerandos precedentes y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad, la Ley Nº 27444, y lo dispuesto mediante Decreto de Rectorado Nº 2235-II-2008-R-UNJFSC, de fecha 05 de noviembre de 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- SUSPENDER en vías de regularización, a partir del 03 de octubre de 2003 el pago de la Pensión por Cesantía en el Régimen Pensionario regulado por Decreto Ley Nº 20530 al Ex Docente de esta Casa Superior de Estudios JORGE ISAAC CASTILLO MONTERO, por encontrarse incurso en incompatibilidad remunerativa, en mérito a lo expuesto en la parte considerativa que antecede. Artículo 2º.- ENCARGAR al Vicerrectorado Administrativo, las Ofi cinas de Personal, de Planifi cación y Presupuesto, y demás Dependencias y Órganos competentes, la adopción de las acciones conducentes a dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3º.- NOTIFICAR con la presente Resolución al interesado y a las instancias y dependencias de la Universidad para su conocimiento, cumplimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELSA CARMEN OSCUVILCA TAPIA Rectora 332428-2 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aprueban donación dineraria para la adquisición de bienes y contratación de servicios a favor de la Unidad Ejecutora Transportes ACUERDO REGIONAL Nº 032-2009-GRA/CR-AREQUIPA El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha tomado el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, deben ser aprobadas por Acuerdo de Consejo, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; Que, tal y conforme se encuentra detallado en el Informe Nº 204-2009-GRA/ORAJ, expedido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 027- 2009-GRA-ORPPOT-OPT; El Ofi cio Nº 305-2009-GRA/ ORPPOT-OPT generados por la Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, se ha verifi cado que en virtud de la suscripción del Convenio 222-2008-GRA/PR; La compañía Minera ARES SAC. Conforme lo dispuesto a la Cláusula Quinta se obliga a proporcionar como parte de un conjunto de requerimientos el monto de Cien mil 00/100 Dólares Americanos (USA