Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (04/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de abril de 2009 393843 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có un área de terreno de naturaleza eriaza de 86 060,44 m², ubicado en la Playa La Virgen, altura del Km. 80 de la carretera Panamericana Sur, distrito de San Antonio, provincia de Cañete, departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, realizada la inspección técnica con fecha 17 de marzo de 2009, se verifi có que el citado terreno es de naturaleza eriaza y es colindante al mar, presenta una topografía variable, que va de ligeros desniveles a zonas accidentadas de formación rocosa. Además se apreció algunos stands de venta de comidas y restos de una pequeña edifi cación ruinosa; Que, mediante el Informe Técnico Nº 02414-2009- SUNARP-Z.R.Nº IX/OC de fecha 26 de marzo de 2009, la Ofi cina de Catastro de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima, señala que el predio en consulta se encuentra en zona donde no se aprecia información de antecedentes registrales, formando parte de la zona de Playa; Que, los Artículos 2º del Decreto Supremo Nº 010- 2008-VIVIENDA y 39º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA, señala que la inmatriculación de la zona de playa protegida y de los terrenos de propiedad estatal ubicados en la zona de dominio restringido, se efectuará mediante Resolución de la SBN; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyen propiedad privada, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculación compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 86 060,44 m², de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/ SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, mediante Resolución Nº 027-2008/SBN de fecha 17 de marzo de 2008, se designa transitoriamente a la Gerencia de Operaciones, la facultad de Gestión Inmobiliaria y Supervisión a que hace referencia la Ley Nº 29151, hasta la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SBN; Que, los incisos h) y s) del artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 03 de septiembre del 2001, que aprueba el “Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales”, facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de la Gerencia de Operaciones a identifi car los terrenos eriazos y/o en abandono, con la fi nalidad de incorporarlos al dominio del Estado, así como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF, “Estatuto de la SBN” y Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0158-2009/SBN-GO-JAR, de fecha 27 de marzo de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 86 060,44 m², ubicado en la Playa La Virgen, altura del Km. 80 de la carretera Panamericana Sur, distrito de San Antonio, provincia de Cañete, departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno antes descrito, en el Registro de Predios de Cañete. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDDA YSABEL CARRASCO GAVIÑO Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 331956-2 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 008-2009-ANSC-PE Mediante Ofi cio Nº 098-2009-/ANSC-GG, la Autoridad Nacional del Servicio Civil solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 008- 2009-ANSC-PE, publicada el día 2 de abril de 2009. DICE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional 2009-2011, el Plan Operativo Institucional 2009 y los indicadores de desempeño de la Autoridad Nacional del Servicio Civil cuyos textos en anexos 1, 2 y 3, respectivamente, serán publicados en el Portal del Estado Peruano y en el Institucional. DEBE DECIR: Artículo Primero.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional 2009-2010, el Plan Operativo Institucional 2009 y los indicadores de desempeño de la Autoridad Nacional del Servicio Civil cuyos textos en anexos 1,2 y 3, respectivamente, serán publicados en el Portal del Estado Peruano y en el Institucional. 332430-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen la implementación de la Segunda Sala Civil y diversos Juzgados Civiles con Subespecialidad Comercial en el Distrito Judicial de Lima, creados mediante Res. Adm. Nº 185-2004-CE- PJ RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 110-2009-CE-PJ Lima, 2 de abril de 2009