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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de abril de 2009 393835 mayor de quince (15) días al término de la referida comisión de servicios, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Alfredo Luis Arecco Sablich 1,264.10 220.00 13+1 3,080.00 30.25 Jesús Fortunato Fernando Isasi Cayo 1,250.12 220.00 13+1 3,080.00 30.25 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del referido viaje, los citados funcionarios deberán presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 332494-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan Coordinador Nacional del Programa RED CIL PROEmpleo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 092-2009-TR Lima, 3 de abril de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 989-2009-MTPE/3/11.2 del 25 de marzo de 2009, del Director Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 033-2009- TR del 2 de febrero de 2009, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Red Cil PROEmpleo, que prescribe como objetivo del Programa, facilitar la colocación de personas que buscan un empleo digno y productivo, con énfasis en los grupos sociales vulnerables, vinculándolas con los requerimientos de personal del sector público y privado, mejorando su empleabilidad a través de los servicios e instrumentos de asesoría e información dependiente administrativa y funcionalmente de la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del Viceministerio de Promoción del Empleo; Que, el acápite 2.3.2 del numeral 2.3 del Capítulo II del citado Manual de Operaciones establece que la Coordinación del Programa Red Cil PROEmpleo, es la instancia responsable de la conducción técnica administrativa y supervisión de las actividades del Programa en concordancia con sus objetivos y metas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 15-2009-TR del 26 de enero de 2009, se encargó a la abogada MARIA DEL ROSARIO VILLAFUERTE BRAVO, las funciones de Coordinadora Nacional del Programa Red Cil PROEmpleo, adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en mérito al documento de visto y por convenir al servicio, resulta procedente dar por concluida la encargatura referida en el considerando precedente y designar al funcionario que desempeñará las funciones de Coordinador Nacional del Programa Red Cil PROEmpleo; Con la visación del Viceministro de Promoción del Empleo, y del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 25° de la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el literal d) del artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Resolución Ministerial N° 173-2002-TR y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la encargatura de la abogada MARIA DEL ROSARIO VILLAFUERTE BRAVO, Directora (e) de Promoción del Empleo de la Dirección Nacional de Empleo y Formación Profesional, las funciones de Coordinadora Nacional del Programa Red Cil PROEmpleo, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al señor LUIS EDGARDO VÁSQUEZ SÁNCHEZ, como Coordinador Nacional del Programa RED CIL PROEmpleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 332671-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Especialista de Operaciones de la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación para participar en curso que se llevará a cabo en los EE.UU. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 012-2009-MTC Lima, 3 de abril de 2009 VISTO: El Informe Nº 003-2009-MTC/01.01 de fecha 5 de marzo de 2009 y el Informe Nº 005-2009-MTC/01.01 de fecha 16 de marzo de 2009, de la Presidencia de la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación, mediante los cuales se solicita autorizar el viaje del señor Enrique Astete Rieckhof, para asistir al Curso “Aircraft Accident Investigation”, que se desarrollará del 13 al 24 de abril de 2009, en la ciudad de Ashburn, Virginia, Estados Unidos de América; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto excepciones las cuales serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, en su artículo 154º, establece que todo accidente de aviación será investigado por la Comisión de Investigación de Accidentes de Aviación, a fi n de determinar sus causas y establecer medidas tendientes a evitar que se repitan. Asimismo, puntualiza que la comisión realiza sus funciones de investigación de acuerdo a criterios técnicos y que depende del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Circular OACI 298-AN/172 - Guía de Instrucción para Investigadores de Accidentes de Aviación de la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, en su Capítulo 2, indica que la investigación de accidentes de aviación es una tarea especializada que debería ser realizada únicamente por investigadores debidamente