Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2009 (16/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

394425

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO, el documento con Registro Nº 15563-I1-2009 presentado por el Instituto de Formacion Bancaria ­ IFB mediante el cual senala la disposicion de concretar un donativo pecuniario a favor de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, ascendente a S/. 50,000.00 (Cincuenta mil y 00/100 Nuevos Soles) con la finalidad de ser utilizado en el mejoramiento del MORDAZA Peatonal ubicado en la Cuadra 1 de la Avenida Proceres de la Independencia, altura del Pasaje Quipucamayoc, y el MORDAZA Peatonal ubicado en la Avenida 9 de Octubre, altura MORDAZA Huascar, del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; y, el Proyecto de Convenio de Cooperacion Interinstitucional que regula el procedimiento, condiciones y terminos para la donacion en referencia; CONSIDERANDO: Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 9º, numeral 26), de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala que es atribucion del concejo municipal aprobar la celebracion de convenios de cooperacion nacional e internacional y convenios interinstitucionales; Que, corresponde al Concejo Municipal la atribucion de aceptar donaciones, conforme lo dispone el numeral 20) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante Registro Administrativo Nº 15563-I1-2009 el Instituto de Formacion Bancaria senala la disposicion de concretar un donativo pecuniario a favor de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, ascendente a S/. 50,000.00 nuevos soles a ser utilizado para mejoramiento del MORDAZA Peatonal ubicado en la Cuadra 1 de la Avenida Proceres de la Independencia, altura del Pasaje Quipucamayoc, y el MORDAZA Peatonal ubicado en la Avenida 9 de Octubre, altura MORDAZA Huascar, del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, el Instituto de Formacion Bancaria precisa que el donativo dinerario ascendente a la suma de S/. 50,000.00 nuevos soles, seran entregados previa aprobacion del Acuerdo de Concejo que establezca la aceptacion de la referida donacion. Asimismo, dicho donativo se formalizara a traves de la suscripcion de un Convenio de Cooperacion Interinstitucional en el que se establecen de manera conjunta las condiciones y terminos del aporte dinerario, ejecucion y supervision del proyecto a financiarse; Que, mediante Informe Nº 156-2009-GAJ/MDSJL de fecha 03/04/2009 la Gerencia de Asesoria Juridica luego del analisis pertinente senala que resulta procedente legalmente y beneficioso para la Entidad asi como para la poblacion en general la suscripcion del Convenio materia de analisis asi como tambien la aceptacion de la donacion pecuniaria anteriormente senalada, no obstante a ello senala que previamente la Gerencia de Planificacion debera emitir el informe pertinente respecto a la existencia de la disponibilidad presupuestal que pueda permitir a la Corporacion Municipal cumplir con las obligaciones que esta asumiria; Que, la Gerencia de Planificacion mediante Informe Nº 0050-2009-GP/MSJL de fecha 03/04/2009 senala que en el Presupuesto Institucional de Apertura, en el que se detallan los proyectos de inversion a ser ejecutados en el ano fiscal 2009, las obras solicitadas no cuentan con disponibilidad presupuestaria para el presente ejercicio, por lo que se requeriria de la elaboracion de una nota de modificacion presupuestaria a cargo de la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto que permita dotar de los recursos suficientes que MORDAZA viable su ejecucion, por otro lado manifiesta que es de apreciar que en el Aplicativo Informatico del SNIP el citado proyecto no se encuentra registrado por lo que la Unidad Formuladora correspondiente debera proceder a realizar el perfil del proyecto y tramitar el certificado de viabilidad correspondiente ante la OPI, con ello se podra incluir en el Presupuesto Institucional de la Corporacion Municipal;

Estando a lo expuesto, a lo establecido en el Art. 9º numeral 20) y 26) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA MAYORITARIO del Pleno del Concejo Municipal, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar la celebracion de un Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho y el Instituto de Formacion Bancaria, IFB, segun lo expuesto en la parte considerativa del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- Aceptar la donacion pecuniaria ascendente a S/. 50,000.00 (Cincuenta mil y 00/100 Nuevos Soles) a favor de la Municipalidad de San MORDAZA de Lurigancho por parte del Instituto de Formacion Bancaria, la cual sera utilizada en el mejoramiento del MORDAZA Peatonal ubicado en la Cuadra 1 de la Av. Proceres de la Independencia, altura del Pasaje Quipucamayoc y en el MORDAZA Peatonal ubicado en la Av. 9 de Octubre, altura del MORDAZA Huascar del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a los lineamientos establecidos en las clausulas del convenio referido en el articulo precedente, expresando el agradecimiento del Concejo Municipal por la donacion efectuada. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Planificacion y Gerencia de Administracion y Finanzas el cumplimiento del presente acuerdo, debiendo adoptar las acciones pertinentes conducentes a la suscripcion e implementacion del respectivo convenio. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 336075-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Ratifican la Ordenanza Nº 001-2009MDLP/ALC, que establece tasa por estacionamiento vehicular en el distrito
ACUERDO Nº 000078 Callao, 31 de marzo de 2009 El Concejo Municipal Provincial del Callao, visto en Sesion Ordinaria celebrada el dia 31 de marzo de 2009, con el MORDAZA en MAYORIA del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y Reglamento de Organizacion Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004-MPC; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en el articulo 40, establece que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para su vigencia; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000033 del 26 de octubre de 2005, se aprueba el procedimiento que regula la ratificacion de las ordenanzas que aprueben las

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