Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2009 (16/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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competencia e interes en la problematica ambiental de la region Puno. Articulo Quinto.- DISPONER que las instituciones miembros de la CAR, deberan designar un representante titular y un alterno, mediante comunicacion escrita, la misma que debera ser suscrito por el directivo del mas alto nivel de la entidad. Articulo Sexto.- DISPONER la aprobacion de instrumentos de gestion ambiental regional, debe contar con la opinion favorable de la Comision Ambiental Regional, sin perjuicio de la intervencion de las instituciones publicas, privadas y organos de base representativa de la sociedad civil. Los instrumentos de gestion ambiental regional, deben guardar estricta concordancia con la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental Ley N° 28245 y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2005-PCM. Articulo Setimo.- AUTORIZAR al ejecutivo del Gobierno Regional de MORDAZA, la implementacion de las acciones administrativas necesarias para la instalacion y funcionamiento de la Comision Ambiental Regional. Articulo Octavo.- ENCARGAR la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial El Peruano a la Gerencia Regional de Recursos Naturales, Medio Ambiente y Defensa Civil. POR TANTO: Comuniquese al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, para su promulgacion. En MORDAZA, a los treinta dias del mes de enero del dos mil nueve. MORDAZA ZELIO PONCE. Consejero Delegado del Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los trece dias del mes de febrero de dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA 335689-1

en los asuntos de su competencia; de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; y concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Organica de Municipalidades; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 192º de la Constitucion Politica del Estado, los Gobiernos Locales tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, asi como para crear, modificar y suprimir Contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos Municipales; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 128-A-MDC de fecha 21 de MORDAZA de 2007, se otorgo EL BENEFICIO TRIBUTARIO QUE ESTABLECE FACILIDADES DE PAGO PARA QUE LOS CONTRIBUYENTES PUEDAN CUMPLIR CON LA REGULARIZACION DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS SUSTANCIALES (IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES) ANTE LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA MUNICIPAL, y con la Ordenanza Municipal Nº 160-A/MDC de fecha 27 de setiembre de 2008, se Interpreto y Modifico los alcances de la Ordenanza Nº 128-A/MDC; por lo que es necesario otorgar mayores facilidades a los contribuyentes del Distrito, para que puedan cumplir con sus obligaciones; Estando a lo dispuesto por el MORDAZA Disposicion Final y Transitoria de la Ordenanza Municipal Nº 128-A-MDC y las facultades conferidas en el Art. 42º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de Marzo de 2009, la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 128A-MDC que aprueba los BENEFICIOS TRIBUTARIOS QUE ESTABLECEN FACILIDADES DE PAGO PARA QUE LOS CONTRIBUYENTES PUEDAN CUMPLIR CON LA REGULARIZACION DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS SUSTANCIALES (IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES), Y PRORROGAR LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 160-A/MDC, QUE INTERPRETA Y MODIFICA LOS ALCANCES DE LA ORDENANZA Nº 128-A/MDC EN LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE CARABAYLLO. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion y Finanzas y Subgerencia de Informatica. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 335648-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 128-A-MDC, sobre beneficios tributarios
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2009-A/MDC Carabayllo, 2 de marzo de 2009 VISTO: La Ordenanza Nº 128-A-MDC de fecha 21 de MORDAZA de 2007, asi como la Ordenanza Municipal Nº 160A/MDC de fecha 27 de setiembre de 2008 que establece Beneficios Tributarios dentro de la jurisdiccion del Distrito de Carabayllo; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa

Prorrogan plazo de vigencia de las Ordenanzas Nºs. 128-A-MDC y 160-A/ MDC referentes a diversos beneficios tributarios
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2009-A/MDC Carabayllo, 1 de MORDAZA de 2009 VISTO: La Ordenanza Nº 128-A-MDC de fecha 21 de MORDAZA de 2007, asi como la Ordenanza Municipal Nº 160A/MDC de fecha 27 de setiembre de 2008 que establece Beneficios Tributarios dentro de la jurisdiccion del Distrito de Carabayllo; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Ley de Reforma

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