Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2009 (16/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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el Cambio Especifico de Zonificacion que permita el cambio de la zonificacion calificada como CV (Comercio Vecinal) a CZ (Comercio Zonal del terreno ubicado en la manzana F lote 04 en la interseccion de la Av. Piramide MORDAZA Nº 810 con el Jr. Las MORDAZA de la Urbanizacion Azcarrunz Bajo, en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, con un area de 1,105.65.00 m2 y que se encuentra calificado como CZ (Comercio Zonal) y RDM (Residencial de Densidad Media). Que, mediante Informe Nº 099-2009-SGPUC/GDU/ MSJL de la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, se precisa que el terreno ubicado en la Manzana F lote 04 en la interseccion de la Av. Piramide MORDAZA Nº 810 con el Jr. Las MORDAZA de la Urbanizacion Azcarrunz Bajo, en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho se encuentra inscrito en la Partida Electronica Nº 43008439 de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, SUNARP. Que, como antecedentes registrales se debe acotar que el Propietario del terreno es el Instituto de Formacion Bancaria cuya inscripcion se encuentra en la Partida Electronica Nº43008439 de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos, presentando los siguientes linderos, medidas perimetricas y area: Por el frente; con la Av. Piramide MORDAZA con una linea recta de 34.00 ml.. Por la derecha, con el MORDAZA Las MORDAZA con una linea recta de 32.00 ml. Por la izquierda, con el lote 05 propiedad de terceros con una linea recta de 31.00 ml. Por el fondo; con el Lote 03 propiedad de terceros con una linea recta de 36.20 ml; Que, dicho requerimiento es sustentado mediante fundamentacion de caracter social, tecnico y legal, teniendo en cuenta que de acuerdo al proyecto que se describe en la Memoria Descriptiva y sus Anexos del Registro de vistos se desprende la iniciativa de inversion para la construccion de un Instituto de Formacion Bancaria dentro del area materia de I1-R4, existiendo influencia directa e indirectamente en la dinamica de la MORDAZA, por lo que se precisa, como factores positivos del cambio especifico de zonificacion requerido, lo siguiente: 1. Permitira la densificacion de la MORDAZA residencial, que se desarrolla en forma pujante y progresiva, creando un MORDAZA eje comercial de inversion (servicios concentrados en esta zona). 2. Promovera la inversion privada y con ello, la mejora de la infraestructura de servicios y el desarrollo del distrito, en una MORDAZA en MORDAZA de desarrollo urbanistico. 3. Permitira a toda la poblacion, jovenes egresados de secundaria y universidades, funcionarios estatales, regionales y municipales a los que brindaran capacitacion en materias financieras, siendo beneficioso tambien para los micro empresarios los cuales seran capacitados con los fundamentos basicos de la banca financiera, productos y servicios bancarios. 4. Permitira la obtencion de licencias, autorizaciones y contribuciones, generando trabajo con el empleo de mano de obra local, apoyando de esta manera a los pobladores de menos recursos y promoviendo el desarrollo de la zona. 5. Lograra el aumento del valor del suelo de las urbanizaciones colindantes, beneficiando en forma directa a los propietarios del distrito. 6. Permitira la habilitacion y mejora del ornato, seguridad y orden. 7. Permitira contribuir al desarrollo educativo del MORDAZA y especificamente en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, proponiendo un espacio arquitectonico que contribuya al desarrollo espiritual e intelectual brindando formacion tecnica Superior en el MORDAZA financiero; Que, mediante Memorandum Nº 053-2009SGPUC/GDU/MSJL del 14.01.2009 la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro de este Corporativo Municipal opina que se debe derivar el expediente a la Sub Gerencia de Participacion Vecinal de acuerdo al Articulo MORDAZA ­ Ambito de accion para consulta, Inciso 2.4. que a la letra dice: "La consulta vecinal a los propietarios de predios vecinos ubicados dentro del area inmediata se realizara a traves de la distribucion de los formatos de consulta vecinal por parte de la Municipalidad Distrital correspondiente para la Opinion Tecnica de cambio de zonificacion"; por lo que con miras a continuar con el MORDAZA se adjunta el formato y el plano de los lotes para la ejecucion de la respectiva encuesta, remitiendose los mismos a la Sub Gerencia de Participacion Vecinal para la prosecucion del procedimiento;

Que, mediante Informe Nº 013B-2008-SGPV-GDS/ MDSJL del 20.01.2009, la Sub Gerencia de Participacion Vecinal de este Corporativo Municipal remite los formatos de encuesta concluidos, con lo cual se determina que efectuada la consulta vecinal a los propietarios de predios vecinos del area materia de CV, que hacen un numero de 41 predios, se obtuvo los siguientes resultados: 39 contestaron estar de acuerdo con la Opinion Favorable para el Cambio de Zonificacion de Comercio Vecinal (CV) a Comercio Zonal (CZ); estando de acuerdo para el funcionamiento del Instituto de Formacion Bancaria. y, 02 con Opinion Desfavorable para el cambio de zonificacion; Que, mediante Informe Nº 099-2009-SGPUC/GDU/ MSJL del 01.04.2009 de la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro de este Corporativo Municipal, se precisa que la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 10812007-MML publicada con fecha 07.10.07 en el Diario Oficial "El Peruano" donde se aprueba el Reajuste Integral de la Zonificacion de los Usos del distrito de San MORDAZA de Lurigancho que forma parte del Area de Tratamiento Normativo I de MORDAZA Metropolitana,indica lo siguiente: "Garanticese la estabilidad y vigencia del Plano, Normas de Zonificacion e Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas del Distrito que se aprueba mediante la presente Ordenanza, disponiendose que los mismos, dentro de dos anos, MORDAZA evaluados conjuntamente por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho pudiendo ser reajustado en lo pertinente... Durante dicho periodo, se suspenden los Cambios Especificos de Zonificacion, salvo que excepcionalmente se presenten iniciativas de inversion que se califiquen de Interes Local por el Concejo Distrital respectivo o de Interes Metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para lo cual, se seguira el MORDAZA que se precisa en la MORDAZA Disposicion Final..."; Que, la MORDAZA Disposicion Final del referido dispositivo normativo municipal establece lo siguiente: "Establezcase un regimen excepcional de Cambios Especificos de Zonificacion que promueva la inversion publica o privada, debidamente sustentados y declarados de interes local por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, cuando corresponda, y de interes metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para lo cual debera cumplirse el siguiente proceso: 1º Los interesados presentaran sus iniciativas a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho. 2º La Municipalidad Distrital, evaluando tecnicamente el comportamiento de la Zonificacion en el area MORDAZA y tomando en cuenta la opinion de los vecinos directamente afectados (ubicados en ambos frentes de la via en donde se localiza la MORDAZA materia del cambio y, opcionalmente, en el predio posterior y en las manzanas circundantes), estudiara la factibilidad del Cambio Especifico de Zonificacion. El organo competente de las Municipalidades Distritales formulara el Informe Tecnico correspondiente. 3º La Municipalidad Distrital, mediante Acuerdo de Concejo declarara de Interes Local la propuesta de Cambio Especifico de Zonificacion, elevandolo a la Municipalidad Metropolitana de Lima. 4º La Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, evaluara la propuesta y emitira opinion tecnica a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, del Instituto Metropolitano de Planificacion y, de ser el caso, de otros organos especializados en la materia. 5º El Concejo Metropolitano de MORDAZA, de considerarlo conveniente, aprobara el Cambio Especifico de Zonificacion mediante Ordenanza. 6º En el caso de una propuesta de Cambio Especifico de Zonificacion de importancia metropolitana, que se caracterice por constituir un planteamiento que tenga efectos de orden vial, ambiental, operacional o de densidad residencial, que impacten a un sector MORDAZA mayor que el estrictamente vecinal, la Municipalidad Distrital emitira opinion sobre el pedido y lo elevara a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su decision"; Que, los Gobiernos Locales, conforme a la Ley Organica de Municipalidades, son los que promueven la prestacion de servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico en su circunscripcion, esto debido que se constituye como un MORDAZA inmediato para satisfacer necesidades basicas de la poblacion, en el MORDAZA de sus competencias. Asimismo constituye una de

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