Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2009 (16/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de MORDAZA de 2009

instancias de gestion ambiental, de caracter multisectorial, encargadas de coordinar y concertar la politica ambiental regional, promueven el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico y privado; Que, la creacion de la Comision Ambiental Regional de MORDAZA, ha sido aprobada mediante Decreto del Consejo Directivo N° 003-2002-CD/CONAM, de fecha 3 de enero del 2002 emitido por el Consejo Nacional de Ambiente (CONAM), sin embargo, el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funcion del Ministerio del Ambiente, en su articulo 17° inciso 17.1, establece que los gobiernos regionales y locales aprueban la creacion, el ambito, la composicion y las funciones de las Comisiones Ambientales Regionales (CAR) y las Comisiones Ambientales Municipales (CAM) respectivamente. Por tanto, es necesario adecuar la CAR a la MORDAZA senalada, propiciando un adecuado funcionamiento bajo el liderazgo del Gobierno Regional de Puno; Que, la Comision Ambiental Regional (CAR), conformada por representantes de las organizaciones e instituciones mas representativas publicas y privadas de la region MORDAZA, ha dado inicio a un MORDAZA de concertacion para la gestion ambiental compartida, lo que ha permitido tener un espacio de discusion sobre la situacion ambiental. Actualmente, la Comision Ambiental Regional requiere tener un rol de mayor protagonismo en la concertacion y la coordinacion de politicas ambientales regionales, siendo necesaria su renovacion; Que, el Fund. 34. "Tal como en su momento fue desarrollado por la Corte Constitucional Colombiana, en criterio que es compartido por este Tribunal, la Constitucion Ecologica tiene una triple dimension: - Como MORDAZA que irradia todo el orden juridico puesto que es obligacion del Estado proteger las riquezas naturales de la Nacion. - Como derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano, derecho constitucional que es exigible por diversas vias judiciales. - Como conjunto de obligaciones impuestas a las autoridades y a los particulares, "en su calidad de contribuyentes sociales"; Que, en uso de las atribuciones conferidas por Ley N° 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatoria Ley N° 27902; ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR la adecuacion de la Comision Ambiental Regional (CAR) de la region MORDAZA al Decreto Legislativo N° 1013 Ley de Creacion, Organizacion y Funcion del Ministerio del Ambiente; constituyendose como la instancia de gestion ambiental, encargada de coordinar y concertar la politica ambiental regional, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico, privado y sociedad civil, articulando sus politicas ambientales con el Ministerio del Ambiente. Articulo Segundo.- CONFORMAR, la Comision Ambiental Regional (CAR) integrada por los siguientes miembros: a) Un representante del Gobierno Regional MORDAZA, quien la presidira. b) Un representante de los Colegios Profesionales. c) Un representante de las Universidades de la region. d) Un representante de las municipalidades provinciales de la region. e) Un representante de las organizaciones campesinas. f) Un representante de la Iglesia Catolica. g) Un representante de la Sociedad Nacional Mineria Energia y Petroleo en Puno. h) Dos representantes de ONGs con actividades ambientales. i) Un representante de la Direccion Regional de Energia y Minas. j) Un representante de la Direccion Regional de Produccion.

k) Un representante de la Direccion Regional de Agricultura. l) Un representante de la Direccion Regional de Salud. m) Un representante de la Direccion Regional de Educacion. n) Un representante de la Defensoria del Pueblo. o) Un representante del Ministerio Publico. p) Un representante de la Mesa Tematica de Medio Ambiente. q) Un representante del Proyecto Especial Lago Titicaca. r) Un representante de la Autoridad Autonoma del Lago Titicaca. s) Un representante del Ministerio del Ambiente. t) Un representante de la Reserva Nacional del Lago Titicaca. u) Un representante de empresas privadas de transformacion. v) Otros que MORDAZA invitados a la CAR en el MORDAZA de sus funciones y competencias. Articulo Tercero.- APROBAR las funciones generales y especificas de la Comision Ambiental Regional de la Region Puno: Funciones Generales. a. Ser la instancia de coordinacion y concertacion de la politica ambiental regional y actuar en coordinacion con el Gobierno Regional para la implementacion del Sistema Regional de Gestion Ambiental. b. Elaborar de manera participativa los instrumentos de gestion ambiental: diagnostico, plan y agenda ambiental regional, a traves de las comisiones tecnicas especializadas, para su aprobacion por el gobierno regional. c. Lograr compromisos concretos de las instituciones integrantes sobre la base de una vision compartida. d. Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicacion y evaluacion de los instrumentos de gestion ambiental y la ejecucion de politicas ambientales. e. Facilitar el tratamiento apropiado para la resolucion de conflictos ambientales. f. Contribuir al desarrollo de los sistemas locales de gestion ambiental. g. Tomar en cuenta las recomendaciones y normas emitidas por el Ministerio del Medio Ambiente y por el Gobierno Regional de MORDAZA, para orientar y facilitar el desenvolvimiento y la adecuada gestion ambiental de la region. Funciones Especificas. a. Promover y establecer mecanismos de apoyo, trabajo y participacion, coordinados con los integrantes de la CAR sobre la gestion ambiental de conformidad con el Plan de Accion Ambiental y la Agenda Ambiental. b. Conformar las comisiones tecnicas especializadas para la formulacion de instrumentos de gestion ambiental. c. Normar y aprobar la formulacion de los lineamientos de politica ambiental regional, asi como los objetivos de gestion ambiental, asi como proyectos de ordenanzas y otras normas regionales para aportar al desarrollo sostenible de la region MORDAZA, acordes con las politicas nacionales. d. Velar por el cumplimiento de las politicas, normas y demas obligaciones ambientales en el ambito de jurisdiccion de la region MORDAZA, principalmente a las referidas al acceso a la informacion y la participacion ciudadana en la gestion ambiental. e. Proponer criterios y lineamientos de politica que permita una asignacion en el presupuesto para las iniciativas de inversion en materia ambiental de acuerdo al Plan de Accion Ambiental Regional aprobadas. Articulo Cuarto.- APROBAR que la Comision Ambiental Regional (CAR), representa a las instituciones publicas y privadas con responsabilidad,

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