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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (17/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de abril de 2009 394556 Universidad participe en el Seminario Taller: “El papel de los Procesos de Internacionalización en la Educación Superior en América Latina y el Caribe”, evento internacional organizado por la Unión de Universidades de América Latina y el Caribe (UDUAL); del 15 al 17 de abril del presente año, en la ciudad de La Habana - Cuba; asimismo, realice una visita institucional al Centro Universitario de Guantánamo del 20 al 23 de abril del presente año; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27619, de fecha 05.01.2002, “Ley que regula la autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos”, en su artículo primero, regula la autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y que irroguen gasto al Tesoro Público, señalando que los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos del Congreso de la República, (...), las Universidades Públicas, se autorizan mediante Resolución de la más alta autoridad de la respectiva Entidad, asimismo, el artículo 4º del referido cuerpo normativo, señala la “Escala de Viáticos”, e indica que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por países que será aprobado por Decreto Supremo; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 06.06.2002, respecto a la escala de viáticos, establece que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográfi cas, siendo para el Caribe $ 240 (Doscientos cuarenta con 00/100 Dólares Americanos); Que, la participación del Vicerrector Académico en referido Seminario Taller, así como la visita institucional al Centro Universitario de Guantánamo, son de suma importancia y redundarán en beneficio de esta Casa Superior de Estudios, por lo que es necesario autorizar dicho viaje y otorgar los pasajes y viáticos correspondientes; En mérito a las opiniones favorables de las Ofi cinas Centrales de Planifi cación contenida en Ofi cio Nº 783-2009- OCPL-UNFV, de fecha 07.04.2009, Económico Financiera, contenida en Ofi cio Nº 1085-2009-OCEF-UNFV de fecha 08.04.2009; y estando a lo dispuesto por el señor Rector en Proveído Nº 01651-2009-R-UNFV de fecha 08.04.2009; y, De conformidad con la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad, el inciso d) del artículo 40º, del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Federico Villarreal (ROF) y la Resolución R. Nº 2443-2006- UNFV de fecha 30.05.2006; y con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario en su próxima Sesión; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Dr. HERNAN HUMBERTO ALVAREZ SOTOMAYOR, Vicerrector Académico de esta Casa Superior de Estudios, a partir del 14 al 24 de abril del presente año, para que en representación de esta Universidad, participe en el Seminario - Taller “El papel de los Procesos de Internacionalización en la Educación Superior en América Latina y el Caribe”, evento internacional organizado por la Unión de Universidades de América Latina y el Caribe (UDUAL), en La Habana - Cuba; asimismo, realice la visita institucional al Centro Universitario de Guantánamo, otorgándose la licencia con goce de haber correspondiente. Artículo Segundo.- Otorgar al señor Vicerrector Académico de esta Casa Superior de Estudios, Dr. HERNAN HUMBERTO ALVAREZ SOTOMAYOR, el monto ascendente a S/. 10,192.00 (Diez mil ciento noventa y dos con 00/100 nuevos soles), por concepto de viáticos, pasaje y tarifa única por uso de aeropuerto, conforme se detalla a continuación: Gastos Costo Unitario $ Costo $ Total S/. Traslado Aéreo: Lima - La Habana - Lima 900.00 900.00 3,150.00 Traslado Aéreo: La Habana - Guantánamo - La Habana 300.00 300.00 1,050.00 Impuesto Aeropuerto 32.00 32.00 112.00 Viáticos (7 días) 240.00 1,680.00 5,880.00 TOTAL 10,192.00 Artículo Tercero.- Encargar el Despacho del Vicerrectorado Académico al Dr. LUIS ALBERTO LEON ESPINOZA, Vicerrector Administrativo de esta Casa Superior de Estudios, a partir del 14 al 24 de abril del presente año. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectores Académico y Administrativo, así como los Jefes de las Ofi cinas Centrales de Planifi cación y Económico Financiera, dictarán las medidas correspondientes para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN NESTOR ESCUDERO ROMAN Rector PATRICIA VELASCO VALDERAS Secretaria General 336646-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de marzo de 2009 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 017-2009-DRSEM/G.R.TACNA 6 de abril del 2009 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 179-2006- MEM-DM, Nº 550-2006-MEM-DM y Nº 121-2008-MEM/DM publicadas el 06 de abril del 2006, el 18 de noviembre del 2006 y el 10 de marzo del año 2008 en el Diario Ofi cial El Peruano respectivamente, se declaró que el Gobierno Regional de Tacna, concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esas fechas para el ejercicio de la misma. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 135- 2007-PR/G.R.TACNA de fecha 23 de abril del 2007, el Gobierno Regional de Tacna dispone delegar a la Dirección Regional de Energía y Minas de Tacna las funciones señaladas en la Resolución Ministerial Nº 179- 2006-MEM-DM y Resolución Ministerial Nº 550-2006- MEM-DM. Que, por Ordenanza Regional Nº 024-2007-CR/GOB. REG.TACNA de fecha 31 de diciembre del 2007, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna aprueba los Documentos de Gestión de esta Dirección Regional de Energía y Minas de Tacna, dentro de los cuales se encuentra su Reglamento de Organización y Funciones (ROF). Que, el Gobierno Regional de Tacna a través de esta Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas, ha iniciado el otorgamiento de títulos de concesión minera para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance regional, conforme lo indicado en el párrafo anterior. Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por D.S. 014-92-EM; y, el Artículo 24º del D.S. 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de marzo del 2009 por esta Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del D.S. 014-92-EM; y, 24º del D.S. 018-92-EM; siendo las referidas las siguientes: