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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de abril de 2009 394540 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Aprueban Directiva que establece los Lineamientos de Proceso de Selección para la Incorporación de Gerentes Públicos Año 2009 RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 009-2009-ANSC-PE Lima, 16 de abril de 2009 Visto; el Informe N° 004-2009/ANSC-GDCGP, de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en adelante la Autoridad, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, estableciéndose entre sus funciones, la de normar y gestionar el Cuerpo de Gerentes Públicos; Que, de otro lado, el artículo 14° del Decreto Legislativo N° 1024, establece que la Autoridad se encuentra facultada para normar y gestionar el Cuerpo de Gerentes Públicos, asumiendo la responsabilidad de diseñar, organizar y ejecutar los concursos de selección de Gerentes Públicos; Que, en el marco de las competencias indicadas contenidas en el literal b) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad, aprobado mediante Decreto Supremo N° 062-2008-PCM, la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos ha elaborado el documento de la referencia, en virtud del cual se propone la aprobación de los lineamientos del proceso de selección para la incorporación al Cuerpo de Gerentes Públicos durante el año 2009; Que, sobre el particular, en aplicación de los literales j) y m) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad, el Consejo Directivo en la sesión N° 18, de fecha 16 de abril de 2009, ha aprobado, con el Acuerdo N° 027-2009-ANSC-CD, los Lineamientos del Proceso de Selección para la Incorporación de Gerentes Públicos Año 2009; encargando a la Presidenta Ejecutiva, emitir la Resolución correspondiente; De conformidad con el literal o) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 002-2009- ANSC/GDCGP que establece los Lineamientos de Proceso de Selección para la Incorporación de Gerentes Públicos Año 2009, contenido en el documento de visto, el mismo que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Publicar la Directiva aprobada en el artículo precedente en el portal institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. NURIA ESPARCH FERNANDEZ Presidenta Ejecutiva 337047-1 COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Disponen exclusión de los “Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Sudamericano S.A. - Décima Emisión” del Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE EMISORES Nº 020-2009-EF/94.06.3 Lima, 8 de abril de 2009 VISTOS: El expediente Nº 2009009516 y el Informe Interno Nº 219-2009-EF/94.06.3 del 08 de abril 2009, de la Dirección de Emisores; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Gerencial Nº 31-2002-EF/94.45 del 20 de noviembre de 2002, se dispuso la inscripción de los valores correspondientes a la emisión denominada “Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Sudamericano S.A. – Décima Emisión” del Banco Sudamericano S.A. hasta por un monto de US$ 30 000 000,00 (Treinta Millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) y el registro del prospecto informativo correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, en el marco de la emisión denominada “Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Sudamericano S.A. – Décima Emisión”, se colocó una serie denominada “Serie A” por un monto ascendente a US$ 7 840 000,00 (Siete Millones Ochocientos Cuarenta Mil y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América); Que, como consecuencia del proceso de reorganización simple llevado a cabo en el año 2006, la totalidad de activos y pasivos del Banco Sudamericano S.A. fueron aportados al Banco Wiese Sudameris S.A.A. (hoy, Scotiabank Perú S.A.A.); Que, Scotiabank Perú S.A.A. solicitó a la Bolsa de Valores de Lima S.A. el deslistado de los valores denominados “Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Sudamericano S.A. – Décima Emisión” del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, así como su exclusión del Registro Público del Mercado de Valores; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 132, inciso a), del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, la Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a CONASEV su decisión de deslistar los valores antes referidos y elevó el expediente a CONASEV para los fi nes correspondientes; Que, el artículo 37, inciso b), del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, en concordancia con el artículo 27, inciso b), del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, establece como causal para la exclusión de un valor la extinción de los derechos sobre el valor, por amortización, rescate total u otra causa; Que, asimismo, el artículo 38 del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, en concordancia con el artículo 32 del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, establece que la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores genera la obligación de efectuar una Oferta Pública de Compra; Que, no obstante lo señalado en el considerando precedente, la exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de los valores denominados “Bonos de Arrendamiento Financiero del Banco Sudamericano S.A. – Décima Emisión”, se encuentra dentro de la causal de excepción a la realización de una Oferta Pública de Compra contemplada por el artículo 37, inciso a), del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión; Que, el artículo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas