Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2009 (17/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

394551

Autorizan al Banco Internacional del Peru - Interbank la modificacion de direccion de agencia ubicada en el distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 2420-2009
MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Peru - Interbank para que se le autorice la rectificacion de la direccion de su agencia ubicada segun se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 12502-2008 de fecha 12 de diciembre del 2008, esta Superintendencia autorizo al Banco Interbank la apertura de la agencia denominada Tienda Clinica MORDAZA MORDAZA, con direccion en Av. MORDAZA MORDAZA Este Nº 1066, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, el citado Banco ha cumplido con presentar la documentacion pertinente; Estando a lo opinado por el Departamento de Evaluacion Bancaria "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolucion Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 10962005 y Resolucion SBS Nº 2361-2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Internacional del Peru - Interbank la modificacion de la direccion de su agencia denominada Tienda Clinica MORDAZA MORDAZA, siendo esta Av. MORDAZA MORDAZA Este Nº 1080-1088, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas (a.i.)

Que, mediante Resolucion SBS Nº 1039-2008 de fecha 14 de MORDAZA de 2008 se aprobo la estructura organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, Nº SBS-ROF-SBS-010-10; Que, la Superintendencia, para mantener y continuar impulsando el fortalecimiento y consolidacion de los sistemas financiero, de seguros y privado de pensiones del Peru, bajo una adecuada regulacion y supervision prudencial, viene desarrollando una serie de acciones orientadas a promover la estabilidad y solvencia de las empresas bajo su supervision como soporte para la proteccion de los intereses del publico usuario. Entre dichas acciones, se encuentra la permanente adecuacion de su estructura, funciones, metodos de trabajo y la mejora de procesos internos, mediante la incorporacion de las mejores practicas internacionales en aspectos de regulacion y supervision; Que, el Decreto Legislativo Nº 1051 dispone que las Asociaciones de Fondos Contra Accidentes de MORDAZA (AFOCAT), seran reguladas, supervisadas, fiscalizadas y controladas por la Superintendencia de conformidad con las atribuciones establecidas en el articulo 345º y siguientes de la Ley General y en el Reglamento de Requerimiento Patrimoniales de las empresas de seguros y reaseguros aprobado por Resolucion SBS Nº 11242006, siempre que no contravenga la naturaleza juridica de las mismas y faculta a la Superintendencia a ejercer la potestad sancionadora para garantizar que las AFOCAT cumplan con pagar las indemnizaciones en forma oportuna y condiciones establecidas en la Ley Nº 27181 y en su Reglamento asi como para establecer la tipificacion de las infracciones y sanciones correspondientes y su gradualidad de ser el caso; Que, en concordancia con las consideraciones MORDAZA descritas, teniendo en cuenta los requerimientos de las diferentes areas de la Superintendencia, asi como la propuesta y sustentos del Informe Nº 005-2009-GPO "Informe Tecnico Sustentatorio", la Alta Direccion considera necesaria la modificacion de la estructura organica de la Superintendencia y la actualizacion del Reglamento de Organizacion y Funciones; En uso de las facultades conferidas en los incisos 1 y 2 del articulo 367º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Nº 26702 y sus modificatorias; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la estructura organica de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, de acuerdo al detalle que se describe a continuacion: I. Alta Direccion · Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (Despacho). II. Organos de Linea · Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas Departamento de Inspecciones Departamento de Administracion de Cartera y Empresas en Liquidacion. Intendencia General de Banca Cuatro (04) Departamentos de Supervision Bancaria: A, B, C, D. Intendencia General de Microfinanzas Tres (03) Departamentos de Supervision Microfinanciera A, B, C. Departamento de Supervision de Empresas de Servicios Complementarios y Cooperativas de Ahorro y Credito. · Superintendencia Adjunta de Seguros Intendencia General de Seguros Departamento de Supervision del Sistema de Seguros: A.

336475-1

Aprueban estructura organica y Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
RESOLUCION SBS Nº 2675-2009
16 de MORDAZA de 2009 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: VISTO: El Informe Nº 005-2009-GPO, de fecha 09 de marzo de 2009 "Informe Tecnico Sustentatorio" elaborado por la Gerencia de Planeamiento y Organizacion, relacionado con la propuesta de modificacion parcial de la estructura organica y la actualizacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en adelante Superintendencia;

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