Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2009 (21/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, martes 21 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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participacion de un Notario Publico. En caso de no contar con un Notario Publico en la localidad, la recepcion de propuestas y el otorgamiento de la buena pro podran efectuarse con la participacion del Juez de Paz correspondiente. 6.7 De existir una unica Empresa Privada que exprese su interes en la ejecucion del Proyecto, una vez realizada la evaluacion y verificacion de que la Empresa Privada cumple con los requisitos legales, tecnicos y economicos establecidos en las bases del MORDAZA de seleccion, el Comite Especial procedera al otorgamiento de la buena pro. 6.8 De existir dos o mas Empresas Privadas que expresen su interes en la ejecucion del Proyecto, dentro del plazo a que se refiere el numeral 6.2 precedente, se procedera a otorgar la buena pro a la propuesta que obtenga el puntaje mas alto, de acuerdo al sistema de evaluacion que se establezca en las bases del MORDAZA de seleccion. El puntaje de cada propuesta se obtendra de sumar los puntajes de la propuesta tecnica y economica de cada Empresa Privada, las cuales tendran una ponderacion minima de 60% para la propuesta tecnica y MORDAZA de 40% para la propuesta economica. 6.9 Los costos del MORDAZA de seleccion se financiaran con cargo al presupuesto institucional de los Gobiernos Regionales y/o Locales respectivos." "Articulo 9°.- Del Monto de Inversion referencial y elaboracion de los Expedientes Tecnicos 9.1 El monto de inversion referencial sera el determinado en el estudio de preinversion con el que se declaro la viabilidad del Proyecto a ejecutar, el cual sera recogido en la convocatoria y en las bases del MORDAZA de seleccion y debera reflejar adecuadamente los requerimientos tecnicos solicitados para la ejecucion del Proyecto. El monto indicado en el estudio de preinversion se expresa a precios de MORDAZA, conforme a las disposiciones del Sistema Nacional de Inversion Publica. El referido precio de MORDAZA incluye los impuestos de Ley. En todos los casos los estudios definitivos o expedientes tecnicos deberan guardar plena coherencia con los objetivos, alcances y parametros que sustentaron la viabilidad del proyecto de inversion publica. Corresponde al GR o GL, segun sea el caso, asegurarse que los estudios de preinversion mantienen su vigencia segun las normas del Sistema Nacional de Inversion Publica. Asimismo, las variaciones o modificaciones que tenga el proyecto durante su ejecucion se sujetan a las disposiciones del Sistema Nacional de Inversion Publica. 9.2 La elaboracion de los Expedientes Tecnicos o Estudios Definitivos, cuyo costo forma parte del monto de inversion referencial, sera de responsabilidad de la misma Empresa Privada que financie la ejecucion del Proyecto, seleccionada con arreglo a lo dispuesto por la Ley y el presente Reglamento. El GR o GL, segun corresponda, debera supervisar la elaboracion del Expediente Tecnico y dar su aprobacion al mismo una vez culminado." "Articulo 14°.- De las Condiciones para la emision de los CIPRL 14.1 La entidad privada supervisora a que se refiere el articulo 9° de la Ley debera dar la conformidad de la calidad del Proyecto dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la culminacion del mismo o a la culminacion de cada una de las etapas del Proyecto, de ser el caso. 14.2 Luego de recibida la conformidad de la entidad privada supervisora, los GR y/o GL deberan otorgar la conformidad de recepcion del Proyecto o de cada una de las etapas del Proyecto ejecutadas por la empresa privada de acuerdo a los terminos del Convenio, dentro de un plazo no mayor de diez (10) dias habiles. La conformidad de recepcion sera una condicion necesaria para la emision de los respectivos CIPRL. 14.3 Luego de otorgada la conformidad de la recepcion del Proyecto o de cada una de las etapas del

Proyecto ejecutadas a que se refiere el numeral 14.2, el GR o GL debera solicitar a la DNTP la emision de los CIPRL, dentro de un plazo no mayor de tres (3) dias habiles. Al momento de efectuar dicha solicitud, el Presidente Regional y/o MORDAZA debera indicar los datos senalados en los literales a) y b) del Articulo 13° del presente Reglamento, verificando el cumplimiento del Articulo 11° y la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley." "Articulo 24º. Caracteristicas y Procedimiento para la Contratacion de la Entidad Privada Supervisora La contratacion de la Entidad Privada Supervisora estara a cargo del GR o GL respectivo, y se regira por lo senalado en el Capitulo II del presente Reglamento, en lo que fuera aplicable, con excepcion de los aspectos relacionados a la solicitud de expresiones de interes. El procedimiento para la contratacion de la entidad privada supervisora se llevara a cabo de manera paralela al MORDAZA de seleccion de la empresa privada que suscribira el Convenio, y podra ser realizado por PROINVERSION en caso de encargo conforme a lo previsto en el articulo 25° del presente Reglamento. " Articulo 3°.- De la Empresa Privada Para efectos de lo dispuesto en el Reglamento de la Ley Nº 29230, toda referencia a empresa privada ejecutora del Proyecto debera entenderse hecha a la Empresa Privada que financia el Proyecto, de acuerdo a lo definido en el articulo 3° de dicho Reglamento. Articulo 4°.- Aprobacion del Formato del Convenio de Cooperacion Apruebese el Formato de Convenio de Cooperacion al que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 29230, cuyo texto consta en el Anexo del presente Decreto Supremo. Dicho Anexo sera publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas: http://www.mef. gob.pe. Articulo 5°.- Derogacion Derogase el articulo 2° del Decreto Supremo Nº 1472008-EF y el Anexo del Reglamento de la Ley Nº 29230, aprobado por el Decreto Supremo Nº 147-2008-EF. Articulo 6°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 338484-2

Autoriza Transferencia de Partidas del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para Financiar Proyecto de Inversion del Programa Integral de Mejoramiento de MORDAZA y Pueblos
DECRETO SUPREMO Nº 091-2009-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es

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