Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2009 (21/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 21 de MORDAZA de 2009

efectos de evitar el retraso en su ejecucion es prioritaria la elaboracion del estudio integral y analisis de vulnerabilidad estructural y no estructural del Hospital Regional de Ica; con la finalidad de que el mismo sea tomado en cuenta en el desarrollo del proyecto MORDAZA senalado; Que, con Informes Nº 033-2009-OL/MINSA y Nº 0342009-OL/MINSA, la Oficina de Logistica, en coordinacion con la Direccion General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, ha propuesto la contratacion directa de la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA de Ica, para lo cual ha solicitado la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion de los servicios de consultoria de la referida institucion, en aplicacion del literal a) del articulo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, en concordancia con el articulo 127º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. Que, la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, ha presentado una propuesta para la elaboracion del estudio integral y analisis de vulnerabilidad estructural y no estructural del Hospital Regional de Ica; ascendiente al monto de S/.160,650.00 (Ciento sesenta mil seiscientos cincuenta con 00/10 Nuevos Soles), con un plazo MORDAZA de ejecucion de hasta veinticinco (25) dias utiles; Que, el literal a) del articulo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado, el cual expresamente senala que: "Estan exoneradas de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen entre Entidades, siempre que en razon de costos de oportunidad resulten mas eficientes y tecnicamente viables para satisfacer la necesidad y no se contravenga lo senalado en el articulo 60 de la Constitucion Politica del Peru (...)"; Que, el articulo 127º del Reglamento de la Ley de Contrataciones establece que: "Esta exoneracion no resultara aplicable a las contrataciones en las que actue como proveedor una empresa del Estado organizada bajo la forma que establezca la legislacion vigente, ya sea de propiedad del Gobierno Central, Regional o Local, o Entidades del Estado que realizan actividades empresariales de manera habitual en el rubro de la contratacion"; Que, la DGIEM ha sustentado la necesidad de la contratacion inmediata del servicio y la Oficina de Logistica ha acreditado la conveniencia tecnica y economica de la contratacion de la Universidad Nacional San MORDAZA de MORDAZA de Ica, la cual ademas de ser una entidad con conocimiento de la materia, propone un plazo de ejecucion conveniente a las necesidades del Ministerio de Salud, tomando en consideracion que la cotizacion remitida por la referida Universidad, fue analizada por los organos tecnicos para la ejecucion de dicha consultoria. Asimismo, no se advierte trasgresion al articulo 60º de la Constitucion Politica del Peru, toda vez que la capacidad tecnica de la mencionada Universidad se encuentra respaldada por su condicion de Entidad Estatal que no realiza actividades empresariales de manera habitual en el rubro de la contratacion y se encuentra ubicada en la MORDAZA de ejecucion del proyecto a realizarse, por lo que la ventaja para el apersonamiento a las instalaciones y el conocimiento de las condiciones del terreno se encuentran sustentadas; Que, conforme al articulo 135º del Reglamento, mediante la aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion, la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico; Que, estando a lo informado por la Directora de la Direccion General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, el Director General de la Oficina General de Administracion a traves de la Directora de la Oficina de Logistica, y la Directora de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud mediante los documentos del visto; Con el visado de la Directora de la Direccion General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, del

Director General de la Oficina General de Administracion, la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud y el Viceministro de Salud; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificatoria, asi como el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Ministerio de Salud de la Adjudicacion Directa Publica para la contratacion de la consultoria para la elaboracion del estudio integral y analisis de vulnerabilidad estructural y no estructural del Hospital Regional de Ica; contratandose a la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga"; al MORDAZA de lo establecido en el literal a) del articulo 20º del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado; hasta por el monto de S/. 160,650.00 (Ciento sesenta mil seiscientos cincuenta con 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios. Articulo 2º.- Disponer que la Direccion Ejecutiva de Logistica de la Oficina General de Administracion se encargue de efectuar las contrataciones exoneradas que se aprueban mediante la presente Resolucion, de manera directa, conforme a lo previsto en el articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles posteriores a su emision, asi como en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE, encargandose a la Oficina General de Administracion, la remision de una MORDAZA de la resolucion y los informes tecnico y legal que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado-OSCE, dentro del plazo de diez (10) dias habiles posteriores a su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 338483-3

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban Reglamento de la Ley Nº 29207 - Ley que declara de necesidad publica y de interes nacional la construccion de la Ferrovia Transcontinental "Brasil - Peru" Atlantico - MORDAZA (FETAB)
DECRETO SUPREMO Nº 014-2009-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29207 se declaro de necesidad publica y de interes nacional la construccion de la Ferrovia Transcontinental "Brasil-Peru" Atlantico ­ MORDAZA (FETAB), la cual MORDAZA los departamentos de Ucayali, MORDAZA, Pasco, San MORDAZA, Amazonas, MORDAZA y MORDAZA en su recorrido por nuestro pais; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29207, la elaboracion de los estudios, la operacion y mantenimiento de la via ferrea; asi como, los gastos necesarios para la adquisicion y expropiacion de los

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