Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2009 (21/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
CAPITULO III

El Peruano MORDAZA, martes 21 de MORDAZA de 2009

j) Certificado de Inexistencia de Restos Arqueologicos, emitido por el Instituto Nacional de Cultura. La citada entidad debera emitir dicho certificado dentro de un plazo MORDAZA de noventa (90) dias. k) Propuesta para lograr la interconexion del Proyecto FETAB con las Infraestructuras del Ferrocarril del Centro y del Puerto del Callao, la misma que debera respetar el MORDAZA regulatorio establecido por el OSITRAN los contratos de concesion suscritos por el Estado Peruano y las leyes vigentes en el pais. Para tal efecto, se debera contar con la opinion tecnica de OSITRAN, la cual sera emitida en un plazo que no excedera de diez (10) dias calendario. 18.2 En caso de existir observaciones a los estudios tecnicos preparados por el inversionista, las mismas deberan ser subsanadas en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendarios, quedando en suspenso la aprobacion de los estudios, hasta el levantamiento de las observaciones realizadas. El inversionista podra solicitar la ampliacion del plazo para levantar las observaciones, por motivos debidamente justificados. La ampliacion del plazo sera por un MORDAZA de treinta (30) dias calendarios. 18.3 Los estudios tecnicos deberan respetar los lineamientos tecnicos descritos en el Articulo 11 del presente reglamento. Articulo 19º.- Aprobacion de los Estudios Tecnicos El Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobara los estudios tecnicos elaborados por los inversionistas. Articulo 20º.- Evaluacion de los Estudios Tecnicos 20.1 En caso de concurrencia de dos (02) o mas inversionistas que hubieran obtenido una concesion temporal y la aprobacion de sus estudios tecnicos, conforme a lo previsto en el articulo precedente, PROINVERSION debera evaluar los estudios tecnicos preparados con la finalidad de escoger cual de ellos sera desarrollado en la concesion definitiva, en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias calendarios. 20.2 Para dicha evaluacion, PROINVERSION debera tomar en consideracion los siguientes factores de evaluacion: a) Mejores niveles de calidad del servicio publico. b) Mejores niveles tecnicos para el desarrollo del Proyecto FETAB c) Menor plazo de la concesion. d) Mayor monto de inversion. e) Mayor rentabilidad social. f) Mayor retribucion al Estado. 20.3 Los criterios referidos no se encuentran mencionados en orden de prelacion o importancia. No obstante, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones debera jerarquizarlos al momento de aprobar los lineamientos tecnicos para el otorgamiento de la concesion temporal. Articulo 21º.- De los Gastos para la Ejecucion de los Estudios Tecnicos. Los gastos para la ejecucion de los estudios tecnicos son asumidos integramente por el inversionista, sin que exista obligacion del Estado de reconocer ningun monto por dicho concepto, a favor del inversionista. Articulo 22º.- Cesion de los Derechos de Explotacion de los Estudios Tecnicos El inversionista que MORDAZA elaborado los estudios tecnicos del Proyecto FETAB, que resulten seleccionados por PROINVERSION para la ejecucion del proyecto, cedera de manera gratuita, definitiva y por tiempo indeterminado los derechos de explotacion de los estudios efectuados, a favor del Estado Peruano.

DE LA CONCESION DEFINITIVA DEL PROYECTO FETAB Subcapitulo I Concesion al inversionista que desarrollo los estudios tecnicos en aplicacion de su Derecho Exclusivo Articulo 23º.- Procedimiento de Adjudicacion de la Concesion Definitiva 23.1 Cuando exista un unico inversionista que MORDAZA obtenido la aprobacion de sus estudios tecnicos, dicho inversionista podra adjudicarse la concesion definitiva del Proyecto FETAB, de manera directa, segun las normas contenidas en el presente subcapitulo. 23.2 PROINVERSION tendra un plazo MORDAZA de veinte (20) dias, contados desde la fecha de aprobacion de los Estudios Tecnicos elaborados por el inversionista, para elaborar el proyecto de contrato, a ser remitido a las entidades competentes de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 25 del presente Reglamento. Articulo 24º.- Contenido Minimo del Contrato de Concesion 24.1 Para la elaboracion del Contrato de Concesion, PROINVERSION debera tener en consideracion los Lineamientos Tecnicos preparados para la convocatoria de la concesion temporal, asi como lo establecido en los estudios tecnicos seleccionados para la ejecucion definitiva del Proyecto FETAB y cualquier otro aspecto necesario para su incorporacion. 24.2 El Contrato de Concesion debera contener como minimo las siguientes clausulas: a) Objeto b) El plazo de la concesion y el cronograma de ejecucion del proyecto. c) La retribucion economica a favor del Estado y su forma de pago. d) Derechos y obligaciones de las partes. e) Obligaciones en materia de interconexion de la infraestructura ferroviaria. f) Garantias. g) Solucion de Controversias. h) Causales de resolucion contractual. Articulo 25º.- Aprobacion del Contrato 25.1 Preparado el proyecto de contrato, PROINVERSION lo remitira al Ministerio de Transportes y Comunicaciones y al OSITRAN para que emitan opinion favorable. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el OSITRAN tendran un plazo MORDAZA de quince (15) dias habiles para efectuar la revision y emitir su opinion. 25.2 En caso de existir observaciones al proyecto final de contrato, estas deberan ser comunicadas a PROINVERSION, para su analisis e inclusion en el texto final del contrato en un plazo MORDAZA de diez (10) dias naturales. 25.3 Consensuado el contrato de concesion entre PROINVERSION, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el OSITRAN, el mismo debera ser enviado por PROINVERSION al inversionista, a efectos que este ultimo lo apruebe o presente sus observaciones, en un plazo MORDAZA de diez (10) dias naturales. 25.4 PROINVERSION aprobara el proyecto de contrato en un plazo MORDAZA de cinco (05) dias naturales, contados desde la respuesta del inversionista. Articulo 26º.- Adjudicacion de la Concesion Definitiva 26.1 Aprobado el proyecto de contrato, el inversionista podra hacer uso de su derecho exclusivo a continuar con el tramite de solicitud de la concesion definitiva para la

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