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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 21 de abril de 2009 394676 función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento, así como ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, modifi cada por el artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 035-2009, establece que los recursos asignados en los presupuestos institucionales de los Pliegos del Gobierno Nacional, para la ejecución de proyectos de inversión en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales, se transfi eren bajo la modalidad de modifi cación presupuestaria a nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Sector correspondiente y por el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de Convenio; Que, conforme al artículo 7º del Decreto de Urgencia Nº 035-2009, las transferencias de recursos a que hace referencia el literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se sujetan a lo establecido en la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 29289, modifi cada por el artículo 6º del citado Decreto de Urgencia Nº 035-2009; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 050-2009- VIVIENDA se crea el “Proyecto de Desarrollo Urbano y Ambiental del Litoral de Lima y Callao” como componente del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en su Presupuesto Institucional 2009, cuenta con recursos en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para el proyecto de inversión “Construcción de la Av. Costa Verde Tramo: Av. Universitaria - Av. Rafael Escardo, Distrito de San Miguel - Lima - Lima”, con código SNIP Nº 113207, a ejecutarse por la Municipalidad Distrital de San Miguel, de la provincia y departamento de Lima, en el marco del “Proyecto de Desarrollo Urbano y Ambiental del Litoral de Lima y Callao” del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos; Que, mediante el Memorándum Nº 675-2009/ VIVIENDA-VMVU-PIMBP el Director Ejecutivo del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, con el Informe técnico correspondiente, emite opinión técnica favorable para la transferencia de recursos por un monto de NUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 929 638,00) a favor de la Municipalidad Distrital de San Miguel, para la ejecución del proyecto de inversión “Construcción de la Av. Costa Verde Tramo: Av. Universitaria - Av. Rafael Escardo, Distrito de San Miguel - Lima - Lima”, con código SNIP Nº 113207, viable en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, con quien a su vez, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ha suscrito el Convenio Específi co correspondiente; Que, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con el Memorándum Nº 698-2009-VIVIENDA/ OGPP y el informe Nº 069-2009-VIVIENDA-OGPP-UPTO, informa sobre la disponibilidad de recursos para la transferencia de partidas a favor de la Municipalidad Distrital de San Miguel, hasta por la suma de NUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 929 638,00) para ser destinada a fi nanciar la ejecución del proyecto de Inversión “Construcción de la Av. Costa Verde Tramo: Av. Universitaria - Av. Rafael Escardo, Distrito de San Miguel - Lima - Lima”, con código SNIP Nº 113207; De conformidad con lo establecido por la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, modifi cada por el artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 035-2009; DECRETA: Artículo 1º.- Autoriza Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de NUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 929 638,00), de acuerdo al detalle siguiente: DE LA: (En Nuevos Soles) SECCION PRIMERA GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 001 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General. FUNCION 19 Vivienda y Desarrollo Urbano PROGRAMA FUNCIONAL 041 Desarrollo Urbano SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0090 Planeamiento y Desarrollo Urbano ACTIVIDAD 1.088270 Desarrollo Urbano y Ambiental del Litoral de Lima y Callao FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 4. Donaciones y Transferencias 9 929 638,00 ---------------------- TOTAL S/. 9 929 638,00 ============= A LA: SECCION SEGUNDA INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGO 150136 Municipalidad Distrital de San Miguel FUNCION 19 Vivienda y Desarrollo Urbano PROGRAMA FUNCIONAL 041 Desarrollo Urbano SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0090 Planeamiento y Desarrollo Urbano PROYECTO 2.089939 Construcción de la Av. Costa Verde Tramo: Av. Universitaria – Av. Rafael Escardo, Distrito de San Miguel – Lima - Lima FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 6. Adquisición de Activos no Financieros 9 929 638,00 ---------------------- TOTAL S/. 9 929 638,00 ============= Artículo 2º.- Codifi caciones La Ofi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces en el Pliego habilitado, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Proyectos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 3º.- Notas de Modifi cación Presupuestaria La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruye a las Unidades Ejecutoras o las que hagan sus veces, para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- Limitación al uso de los recursos La transferencia de recursos a que hace referencia el artículo 1º del presente Decreto Supremo no podrá ser destinada, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales fueron transferidos. Los saldos disponibles sólo podrán ser reasignados a otras prioridades defi nidas por el “Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos”. Artículo 5º.- Plazo para inicio de procesos de selección La Municipalidad Distrital de San Miguel de la provincia y departamento de Lima, iniciará en un plazo no mayor a diez (10) días calendario, a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, el proceso de selección que corresponda para la ejecución del proyecto de inversión objeto de la presente transferencia.