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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 21 de abril de 2009 394677 Artículo 6º.- Información La Municipalidad Distrital de San Miguel, de la provincia y departamento de Lima, informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el avance físico y fi nanciero de la ejecución del proyecto de inversión a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en el respectivo Convenio Específi co. Artículo 7º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de abril del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 338484-3 ENERGIA Y MINAS Modifican Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 061-2008-EM DECRETO SUPREMO Nº 042-2009-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 061-2008-EM se declaró de necesidad pública la inversión privada en la construcción y operación de una Planta de Procesamiento de Gas Natural que procesará el gas natural extraído del Lote Z-1 y se autorizó a la empresa BPZ Exploración & Producción S.R.L. adquirir un predio ubicado dentro de los cincuenta kilómetros (50 km) en la zona de frontera con el Ecuador, en la parte alta del Centro Poblado Nueva Esperanza, distrito de Zorritos, provincia de Contralmirante Villar y departamento de Tumbes; Que, mediante comunicaciones BPZ-EN-GG-258-2009 de fecha 16 de febrero de 2009 y BPZ-EN-GG-296-2009 de fecha 2 de marzo de 2009, la empresa BPZ Exploración & Producción S.R.L. ha solicitado la modifi cación del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 061-2008-EM, para actualizar la titularidad del predio a ser adquirido, y corregir el error material incurrido en el dato de la Partida Electrónica Nº 11007307, debido al requerimiento del Gobierno Regional de Tumbes efectuado mediante Ofi cio Nº 196-2009/GOB.REG.TUMBES- GRPPAT de fecha 26 de febrero de 2009; Que, según el asiento C00003 de la Partida Electrónica Nº 11007307, presentado por la empresa BPZ Exploración & Producción S.R.L. con su escrito de fecha 2 de marzo de 2009, el inmueble inscrito fue transferido a favor del Estado representado por el Gobierno Regional de Tumbes en mérito del Acta de Transferencia de funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales del año 2004, suscrita por el titular del pliego sectorial del Ministerio de Economía y Finanzas y la Titular del Pliego Regional, en concordancia con la Quinta Disposición Transitoria de la Ley de Bases de Descentralización y el artículo 62º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; razón por la cual corresponde a dicha autoridad regional y no a la Superintendencia de Bienes Nacionales (ahora Superintendencia Nacional de Bienes Estatales) transferir dicho inmueble en representación del Estado; Que, asimismo se advierte que con relación al número de Partida Electrónica señalado en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 061-2008-EM se ha incurrido en un error material pues se consignó la Partida Electrónica Nº 1100737, debiendo decir Partida Electrónica Nº 11007307; Que, de acuerdo a lo señalado en los considerandos precedentes es necesario modifi car el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 061-2008-EM; Que, en uso de las atribuciones previstas en el numeral 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Modifi cación del Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 061-2008-EM Modifi car el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 061- 2008-EM, en los siguientes términos: “Artículo 2º.- Autorización de adquisición de terreno en zona de frontera Autorizar a BPZ Exploración & Producción S.R.L., para adquirir el terreno ubicado dentro del área de los cincuenta kilómetros (50 km) en la zona de frontera con Ecuador, en la parte alta del Centro Poblado Nueva Esperanza, distrito de Zorritos, provincia de Contralmirante Villar en el departamento de Tumbes, que cuenta con una extensión de 94 809,76 m2, inscrito a favor del Estado, representado por el Gobierno Regional de Tumbes en mérito del Acta de transferencia de funciones sectoriales a los Gobiernos Regionales del año 2004, suscrita por el titular del pliego sectorial del Ministerio de Economía y Finanzas y al Titular del Pliego Regional, en concordancia con la Quinta Disposición Transitoria de la Ley de Bases de Descentralización y el artículo 62º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11007307 y delimitado por las siguientes coordenadas UTM, Zona 17, Datum PSDA56, señaladas en el plano perimétrico y Memoria Descriptiva: (...)” Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Energía y Minas y el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de abril del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República YEHUDE SIMON MUNARO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas ANTERO FLORES-ARÁOZ ESPARZA Ministro de Defensa 338484-4 JUSTICIA Conceden gracia de conmutación de pena a internos sentenciados de diferentes establecimientos penitenciarios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 087-2009-JUS Lima, 20 de abril de 2009 Vista las solicitudes presentadas por internos de diversos Establecimientos Penitenciarios del país, con