Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2009 (06/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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PROYECTO

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de agosto de 2009

Estan prohibidas la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en cualquiera de sus formas. c. No hay prision por deudas. Este MORDAZA no limita el mandato judicial por incumplimiento de deberes alimentarios. d. Nadie sera procesado ni condenado por acto u omision que al tiempo de cometerse no este previamente calificado en la ley, de manera expresa e inequivoca, como infraccion punible; ni sancionado con pena no prevista en la ley. e. Toda persona es considerada MORDAZA mientras no se MORDAZA declarado judicialmente su responsabilidad. f. Nadie puede ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del juez o por las autoridades policiales en caso de flagrante delito. El detenido debe ser puesto a disposicion del juzgado correspondiente, dentro de las veinticuatro horas o en el termino de la distancia. Estos plazos no se aplican a los casos de terrorismo, espionaje y trafico ilicito de drogas. En tales casos, las autoridades policiales pueden efectuar la detencion preventiva de los presuntos implicados por un termino no mayor de quince dias naturales. Deben dar cuenta al Ministerio Publico y al juez, quien puede asumir jurisdiccion MORDAZA de vencido dicho termino. g. Nadie puede ser incomunicado sino en caso indispensable para el esclarecimiento de un delito, y en la forma y por el tiempo previstos por la ley. La autoridad esta obligada bajo responsabilidad a senalar, sin dilacion y por escrito, el lugar donde se halla la persona detenida. h. Nadie deber ser victima de violencia moral, psiquica o fisica, ni sometido a tortura o a tratos inhumanos o humillantes. Cualquiera puede pedir de inmediato el examen medico de la persona agraviada o de aquella imposibilitada de recurrir por si misma a la autoridad. Carecen de valor las declaraciones obtenidas por la violencia. Quien la emplea incurre en responsabilidad. i. Nadie puede permanecer detenido por orden judicial sin sentencia por mas de 12 meses. Dicho plazo no puede ser prorrogado. "Articulo 7º.- Todos los peruanos tienen derecho a la proteccion de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia fisica o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un regimen legal de proteccion, atencion, readaptacion y seguridad. El Estado garantiza la alimentacion, salud y subsistencia de los ninos, los adolescentes, las madres y los ancianos. El Estado brinda el servicio basico universal de salud de manera gratuita." "Articulo 11º.- El Estado garantiza el acceso universal a los servicios de salud a traves de entidades publicas o de propiedad de los trabajadores. Los regimenes de pensiones son administrados por entidades autonomas a cargo de los propios trabajadores, y supervisados por el Estado. Es nula toda MORDAZA que restrinja, elimine o impida derechos adquiridos para la percepcion de una pension digna." "Articulo 17º.- La educacion inicial, primaria y secundaria son obligatorias. En las instituciones del Estado, la educacion es gratuita. En las universidades publicas el Estado garantiza el derecho de los estudiantes a educarse gratuitamente. El Estado promueve la creacion de centros de educacion donde la poblacion los requiera. El Estado garantiza la erradicacion del analfabetismo. La educacion es bilingue e intercultural, donde las caracteristicas de cada MORDAZA lo requieren. Preserva las diversas manifestaciones culturales y linguisticas del pais. Promueve la integracion nacional."

"Articulo 18º.- La educacion superior tiene como fines la formacion profesional, la difusion cultural, la creacion intelectual y artistica y la investigacion cientifica y tecnologica. El sistema de educacion superior esta conformado por la educacion universitaria y la educacion no universitaria. Su relacion se determina por Ley. Las universidades son promovidas por entidades privadas o publicas. La ley fija las condiciones para autorizar su funcionamiento. La universidad es la comunidad de profesores, alumnos, trabajadores administrativos y tecnicos, y graduados. Participan en MORDAZA los representantes de los promotores, de acuerdo a ley. Para efectos electorales y asuntos de gobierno todos los universitarios son iguales. Todo acto o MORDAZA discriminatoria, es nula. Toda eleccion es universal y directa bajo el MORDAZA de "un universitario: un voto." Cada universidad es autonoma en su regimen normativo, de gobierno, academico, administrativo y economico; garantizan la MORDAZA de catedra y rechazan la intolerancia. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el MORDAZA de la Constitucion y de las leyes.". "Articulo 23º.- El Estado garantiza el acceso al trabajo y su adecuada proteccion. Protege especialmente a la MORDAZA, al menor de edad y al impedido que trabajan. Es politica del Estado la eliminacion del trabajo infantil mediante la garantia de la alimentacion, vivienda, vestido, salud y educacion del nino; sea mediante su familia o directamente por el propio Estado. El Estado promueve condiciones para el progreso social y economico, en especial mediante politicas de fomento del empleo productivo y de educacion para el trabajo. Ninguna MORDAZA y/o relacion laboral pueden limitar el ejercicio de los derechos constitucionales, ni desconocer o rebajar la dignidad del trabajador. Nadie esta obligado a prestar trabajo sin retribucion o sin su libre consentimiento. El Estado reprime la explotacion del trabajador. El Poder Ejecutivo cumple una funcion tuitiva sobre los derechos laborales y sindicales." "Articulo 32º.- Pueden ser sometidos a referendum: 1. La convocatoria a Asamblea Constituyente; 2. La reforma total o parcial de la Constitucion; 3. La aprobacion de normas con rango de ley; 4. Las ordenanzas regionales; 5. Las ordenanzas municipales; y 6. Las materias relativas al MORDAZA de descentralizacion; 7. Los tratados internacionales para que entren en vigor; 8. Los tratados internacionales lesivos a los intereses nacionales. No pueden someterse a referendum la supresion o la disminucion de los derechos fundamentales de la persona, ni los tratados internacionales en MORDAZA, salvo las excepciones establecidas en la presente Constitucion." "Articulo 41º.- Los funcionarios y servidores publicos que senala la ley o que administran o manejan fondos del Estados o de organismos sostenidos por este deben hacer declaracion jurada de bienes y rentas al tomar posesion de sus cargos, durante su ejercicio y al MORDAZA en los mismos. La respectiva publicacion se realiza en el diario oficial en la forma y condiciones que senala la ley. Cuando se presume enriquecimiento ilicito, o falsedad en la declaracion, el Fiscal de la Nacion, por denuncia de terceros o de oficio, formula cargos ante el Poder Judicial. La ley establece la responsabilidad de los funcionarios y servidores publicos, asi como el plazo de su inhabilitacion para la funcion publica.

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