TEXTO PAGINA: 88
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de agosto de 2009 400438 LEGAL Nº 007-2009-SMA, remitido por el Asesor Legal Externo de esta municipalidad; y, el Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo del día 13 de julio de 2009. Sobre la Ejecución de la Obra: ““MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA Nº 10061-NIVEL PRIMARIA Y SECUNDARIA COLAYA, DISTRITO DE SALAS – LAMBAYEQUE – LAMBAYEQUE”, con Código SNIP 86163. Que, para la ejecución de la obra, se aprobó el perfi l del Proyecto de Inversión MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA Nº 10061-NIVEL PRIMARIA Y SECUNDARIA COLAYA, DISTRITO DE SALAS – LAMBAYEQUE – LAMBAYEQUE”, con Código SNIP 86163, lo que garantiza que se cuenta con los recursos técnicos necesarios para su implementación; Asimismo, luego de denodados esfuerzos y coordinaciones ante las instituciones gubernamentales correspondientes, se ha logrado obtener los recursos económicos necesarios para su implementación, el que se ha concretizado mediante Decreto Supremo Nº 131-2009-EF, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, de fecha 09 de Junio del 2009; Que en atribución del Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972: SE RESUELVE: Primero.- DECLARAR EN DESABASTECIMIENTO INMINENTE Y EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA; 1)._ la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA Nº 10061-NIVEL PRIMARIA Y SECUNDARIA COLAYA, DISTRITO DE SALAS – LAMBAYEQUE – LAMBAYEQUE”, por un valor referencial de S/. 3, 346,115.00 nuevos soles 2)._ La contratación de los servicios de consultoría para la elaboración del expediente Técnico por un valor referencial de S/.95,106.00 nuevo soles 3)._ la supervisión de la referida obra. Por un valor referencial de S/.158,507.00 Segundo.- EXONERAR del proceso de selección por causal de desabastecimiento inminente y situación de Emergencia: 1)._ la ejecución de la obra “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA Nº 10061- NIVEL PRIMARIA Y SECUNDARIA COLAYA, DISTRITO DE SALAS – LAMBAYEQUE – LAMBAYEQUE”, por un valor referencial de S/. 3, 346,115.00 nuevos soles 2)._ La contratación de los servicios de consultoría para la elaboración del expediente Técnico por un valor referencial de S/.95,106.00 nuevo soles 3)._ la supervisión de la referida obra. Por un valor referencial de S/.158,507.00 Tercero.- Encargar a la Señora Alcaldesa Sra. MEDALITH ROJAS MANALLAY, la ejecución del proceso de exoneración en el marco de la normatividad del Decreto Legislativo Nº 1017, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Contrataciones con el Estado y su respectivo Reglamento, debiendo seleccionarse a un proveedor que cumpla con los requerimientos y las Bases que, como anexo, son parte del presente Acuerdo de Concejo. Cuarto.- Autorizar a la Señora Alcaldesa Sra. MEDALITH ROJAS MANALLAY, la suscripción y fi rma del Contrato correspondiente y demás documentos que se requieren para dar cumplimiento al presente acuerdo. Quinto.- DISPONER la publicación del presente acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez días hábiles a su emisión así como también su publicación en el SEACE ,debiendo remitirse copia del presente y los informes técnicos y legales que lo sustentan a la Contraloría General de la República y a OSCE dentro de los 10 días siguientes para dar cumplimiento a los dispositivos en el Art. 20 de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones de estado ,estableciendo que la ejecución del presente acuerdo se realice mediante acciones inmediatas y que estarán a cargo del Área de abastecimiento de la Municipalidad distrital de Salas y deberá sujetarse a lo que dispone el Art. 148 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado ,aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. MEDALITH ROJAS MANALLAY Alcalde 379427-1 PROYECTO CONGRESO DE LA REPUBLICA Proyecto de Ley de reforma constitucional que establece la democracia directa como régimen de gobierno, las causales de vacancia presidencial, las revocatorias del Presidente, Vicepresidentes y Congresistas; y otros principios del Estado Peruano Conforme con lo establecido por el artículo 11º de la Ley Nº 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos cumple con publicar la siguiente Iniciativa Legislativa Proyecto de Ley Nº 3342/2008-IC “PROYECTO DE LEY DE REFORMA CONSTITUCIONAL QUE ESTABLECE LA DEMOCRACIA DIRECTA COMO RÉGIMEN DE GOBIERNO, LAS CAUSALES DE VACANCIA PRESIDENCIAL, LAS REVOCATORIAS DEL PRESIDENTE, VICEPRESIDENTES Y CONGRESISTAS; Y OTROS PRINCIPIOS DEL ESTADO PERUANO CONSIDERANDO: Que el artículo 45º de la Constitución señala que el Poder del Estado emana del Pueblo. Quienes lo ejercen lo hacen con las limitaciones y responsabilidades que la Constitución y las Leyes establecen. Que, el artículo 43º de la Constitución señala que la República del Perú es democrática, social, independiente y soberana. El Estado es uno e indivisible y que su Gobierno es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el Principio de la separación de Poderes. Que, el artículo 38º de la Constitución señala que todos los peruanos tienen el deber de honrar al Perú y de proteger los intereses nacionales, así como de respetar, cumplir y defender la Constitución y el ordenamiento jurídico de la Nación. Que, en los últimos gobiernos se ha evidenciado que las presiones e interferencias del Poder Ejecutivo (Presidente de la República) y de algunos miembros del Poder Legislativo (Congresistas) en los organismos jurisdiccionales (Tribunal Constitucional) y en el Jurado Nacional de Elecciones, han obstaculizado el normal funcionamiento de estas instituciones, atentando contra la democracia en el Perú. Que el artículo 206º de la Constitución señala que un número de ciudadanos equivalente al cero punto tres por ciento (0.3) de la Población Electoral con fi rmas comprobadas por la autoridad electoral puedan presentar la Iniciativa de Reforma Constitucional. En consecuencia, el Congreso de la República en ejercicio de las atribuciones que la Constitución Política