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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (06/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 82

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de agosto de 2009 400432 Artículo 10º.- Estación de Preguntas: Concluida la exposición se dará un receso de 10 minutos, para dar paso a la estación de preguntas, que podrá constar hasta de dos (02) rondas de intervenciones como máximo. a) Durante el receso el moderador anotará, por orden de pedido, a los ciudadanos que deseen opinar y hacer preguntas, quienes deberán indicar nombres y apellidos, documento de identidad y organización a la que representa, de ser el caso. Cada ciudadano podrá intervenir hasta un máximo de dos (02) oportunidades siendo el tiempo de duración de la primera de dos (02) minutos, en la primera ronda de intervenciones, y de la segunda un (01) minuto, en caso de abrirse una segunda de participación. b) El moderador indicará el inicio y el fi n de cada intervención. En este último caso avisará con una anticipación de quince (15) segundos para que concluya la participación del ciudadano. Asimismo, el moderador podrá solicitar al participante que no se salga del tema de la convocatoria o que no repita algo ya planteado, teniendo la potestad de dar por concluida la participación antes de tiempo si es que ésta no se corrige. c) El Alcalde contestará cada una de las preguntas haciendo uso de un tiempo máximo de tres (03) minutos por cada una de ellas. De estimar necesario, podrá ceder el uso de la palabra al funcionario involucrado en el tema, con la fi nalidad de que la respuesta sea precisa y objetiva. d) No estará permitido faltar el respeto a ninguno de los participantes del Cabildo Abierto. Ante cualquier desorden que se produzca durante su desarrollo, el Alcalde solicitará al o a los causantes de estas actitudes irrespetuosas, el retiro de sus expresiones y, en caso de no hacerlo, ordenará el retiro de los ciudadanos causantes del desorden, para lo cual podrá recurrir a la ayuda de la fuerza pública. Si persistiera el desorden, el Alcalde podrá dar por concluido el Cabildo Abierto, dándolo por ejecutado. Artículo 11º.- Resumen de Propuesta y Redacción del Acta: Concluida la estación de preguntas, el Secretario General de la Municipalidad de Barranco será responsable de la redacción del Acta, debiendo redactarla durante el desarrollo del Cabildo Abierto, en forma clara y precisa, con la fi nalidad de que terminado el evento y luego de la lectura correspondiente, los participantes procedan a la suscripción de la misma, para luego el Alcalde de por fi nalizado el Cabildo Abierto. El Alcalde publicará a través de un (01) medio de comunicación, como mínimo un resumen de las propuestas adoptados en el Cabildo Abierto. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- El Gobierno Local deberá garantizar la presencia de los representantes de las Instituciones Públicas que tengan competencia y atribuciones de supervisión y fi scalización, con la fi nalidad que el evento tenga las garantías de neutralidad, transparencia y veracidad. Para ello se solicitará la asistencia de representantes del Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo y la Contraloría General de la República. Asimismo, se solicitará la presencia de un Notario Público del Distrito, para que de fé del acto público y podrá invitarse a otras organizaciones de procesos democráticos. Segunda.- Encárguese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas necesarias para el mejor cumplimiento de la presente norma, siempre ajustadas a derecho. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 379328-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Incorporan servicios de la Subgerencia de Sanidad en el Cuadro Tarifario de Servicios de la Municipalidad ORDENANZA Nº 242-MDL Lince, 26 de junio del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: VISTOS, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen de la Comisión de Economía y Administración, de fecha 24 de Junio del 2009, con el voto UNANIME de los señores Regidores, y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Incorporar en el Cuadro Tarifario de Servicios de la Municipalidad Distrital de Lince, aprobado mediante Ordenanza Nº 210-MDL, dos (02) servicios de la Subgerencia de Sanidad, conforme se detalla a continuación: TARIFARIO DE SERVICIOS Nº DE ORDEN DENOMINACION DEL SERVICIO REQUISITOS PRECIO AL PUBLICO (en Nuevos Soles) SUB GERENCIA DE SANIDAD Preventorio Municipal Altura cuadra 8 Av Joaquín Bernal - Lince 5.121 CONSULTA ONCOLOGICA 1.- Pago del servicio correspondiente Cada uno 5.00 . ATENCION MEDICA . EXAMEN Y EVALUACION MEDICA . ORIENTACION Y CONSEJERIA . CONTROL DE FUNCIONES VITALES . NUTRICION 5.122 PRUEBA DE PAPANICOLAU 1.- Pago del servicio correspondiente Cada uno 5.00 . TOMA DE MUESTRA . LECTURA DE RESULTADO Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Social y la Subgerencia de Sanidad. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTÍN PRINCIPE LAINES Alcalde 379962-1