Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2009 (06/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

400435

Cambio de Uso y Sin Obras y por los articulos 25 y 29 del Reglamento de la Ley Nº 29090, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3 del articulo 79 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, asi como al inciso n) del articulo 38 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de Miraflores, aprobado por Ordenanza Nº 303-MM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR, la Subdivision de Lote sin Cambio de Uso y sin Obras, del terreno de 1.088.95 m2 (Mil ochenta y ocho metros cuadrados noventa y cinco centimetros cuadrados), ubicado en MORDAZA General Mendiburu Nº 1004-1020-1024-1028 esquina con Av. MORDAZA Unanue Nº 207-213-219-225-231, de la Urbanizacion MORDAZA MORDAZA, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. La Subdivision del predio de 1,088.95 m2, que se autoriza queda conformada de la siguiente manera:
PREDIO MATRIZ Ubicacion Area Zonificacion Inscripcion LINDEROS Por el Frente Por la Derecha Por la Izquierda Por el Fondo SUB LOTE A Area Zonificacion LINDEROS Por el Frente : MORDAZA General Mendiburu, con 13.07ml. Por la Derecha : Linea quebrada de dos tramos que partiendo del frente miden 32.09 ml y voltea a la izquierda con 12.66 colindando con el Sublote B y la Avenida MORDAZA Unanue. Por la Izquierda : Propiedad de terceros, con 41.00 ml. Por el Fondo : Propiedad de terceros, con 6.00 ml. SUB LOTE B Area Zonificacion LINDEROS Por el Frente : MORDAZA General Mendiburu, con 34.00 ml. Por la Derecha : Avenida MORDAZA Unanue, con 44.80 ml. Por la Izquierda : Sublote A, con 32.09 ml. : 544.50 m² (Quinientos cuarenta y cuatro metros cuadrados cincuenta centimetros cuadrados) : CV ­ Comercio Vecinal : 544.45 m² (Quinientos cuarenta y cuatro metros cuadrados cuarenta y cinco centimetros cuadrados) : CV ­ Comercio Vecinal : : : : MORDAZA General Mendiburu, con 47.07 ml. Avenida MORDAZA Unanue, con 57.46 ml. Propiedad de terceros, con 41.00 ml. Propiedad de terceros, con 6.00 ml. : MORDAZA General Mendiburu Nº 1004-1020-1024-1028 esquina Avenida MORDAZA Unanue Nº 207-213-219-225231. : 1,088.95 m² (Mil ochenta y ocho metros cuadrados noventa y cinco centimetros cuadrados) : CV ­ Comercio Vecinal : Partida Electronica Nº 47724384.

Articulo Quinto.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, la misma que se realizara por cuenta y cargo de los interesados, debiendo efectuarse en un plazo MORDAZA de 30 dias calendario, contados a partir de la fecha de notificacion de la presente. Articulo Sexto.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion a la Subgerencia de Rentas para conocimiento y fines que correspondan. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sub Gerente de Catastro 379242-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Suspenden actividades o eventos programados en lugares publicos y privados hasta el 31 de agosto para prevenir contagio de la Influenza AH1N1
ORDENANZA Nº 026-2009-MPC Canete, 4 de agosto de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE CANETE VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 4 de agosto de 2009, el Acta del Comite Provincial de Defensa Civil de Canete del 03 de agosto de los corrientes, donde se acuerda entre otros puntos la adopcion de acciones que disminuyan los indices de riesgo en la salud de los ciudadanos de nuestra jurisdiccion, a consecuencia de la Influenza AH1N1, en eventos publicos con gran concentracion de personas, y su remision a este Pleno Concejal, para las atenciones que correspondan, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 194 de la Constitucion Politica de Peru, las municipalidades como organos de gobierno local tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, resulta imprescindible senalar que el Articulo 1 de la Constitucion establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; por ello, este Concejo Provincial considera a la persona como un valor superior al cual el Estado en sus tres niveles de gobierno, en este caso municipal, esta obligado a protegerla, por que el cumplimiento de este valor supremo supone la vigencia irrestricta del derecho a la MORDAZA, el cual constituye el de mayor connotacion y se erige en el presupuesto para el goce de los demas derechos fundamentales;. Que, por ello el Articulo 7 de nuestra principal MORDAZA, instituye que todos tienen derecho a la proteccion de su

Articulo Segundo.- AUTORIZAR, la inscripcion del Sublote A y Sublote B, ante la Oficina Registral de MORDAZA y Callao. Articulo Tercero.- DISPONER, que los propietarios de los sublotes resultantes estan obligados a insertar en los Contratos de Venta que celebren sobre estos, una clausula que establezca la indivisibilidad de los mismos, sin contar con la autorizacion municipal correspondiente. Articulo Cuarto.- ESTABLECER, que los sublotes resultantes mantendran la zonificacion que correspondia al predio MORDAZA que se autorizara la subdivision.

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