Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2009 (08/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de agosto de 2009

PROYECTO

400575

materiales, dano ambiental o perdida de produccion. Por los danos a la salud, los accidentes se clasifican en: leve, grave o fatal. Accidente leve.- Es aquel que luego de la evaluacion medica, el accidentado debe volver a sus labores habituales MORDAZA al dia siguiente de ocurrido el accidente. Accidente grave.- Es aquel que luego de la evaluacion medica, se define que no es leve y se determina que se continue el tratamiento al dia siguiente de ocurrido el accidente. Los accidentes graves incluyen a los incapacitantes. Cuando el accidente involucre a mas de un trabajador se considera accidente grave multiple. Accidente fatal.- Es aquel donde el trabajador fallece, sin tomar en cuenta el tiempo transcurrido entre la fecha del accidente y de la muerte. Cuando el accidente involucre a mas de un trabajador se considera accidente fatal multiple. Dano ambiental.- Es todo menoscabo material que sufre el ambiente y/o alguno de sus componentes, que puede ser causado contraviniendo o no disposicion juridica y que genera efectos negativos actuales o potenciales. Desastre.- MORDAZA de tal severidad y magnitud que resulta en muerte de personas, danos graves a la propiedad y/ o al medio ambiente. Emergencia.- Situacion generada por el riesgo inminente u ocurrencia subita y significativa de danos materiales, a las personas y/o medio ambiente. Una emergencia puede ser causada por: accidentes o desastres. Incidente.- Son accidentes que no han ocasionado lesiones a las personas, ni danos a los equipos, instalaciones o al medio ambiente. Su investigacion permitira identificar situaciones de riesgo desconocidas o infravaloradas hasta ese momento e implementar medidas correctivas para su control. Articulo 4º.- Obligacion de presentar reportes de emergencias en las actividades mineras. Las empresas supervisadas estan obligadas a reportar ante la Gerencia de Fiscalizacion Minera del OSINERGMIN, las siguientes emergencias: En seguridad minera: Accidentes fatales. Accidentes graves multiples. Desastres o inminencia de desastres. En medio ambiente: Accidentes ambientales. Desastres o inminencia de desastres. Articulo 5º.emergencias. Procedimiento de reporte de

(10) dias calendario de ocurridos los hechos, el Informe de investigacion, segun corresponda, utilizando los siguientes formatos: Formato Nº 4: Informe de investigacion del accidente fatal Formato Nº 5: Informe de investigacion de accidente ambiental o desastre 5.5. Los informes de investigacion deben ser llenados en su totalidad y suscritos por el representante legal de la empresa supervisada, asi como por el Jefe o el Supervisor responsable del area de seguridad o medio ambiente, segun el caso, el cual debe ser ingeniero colegiado y habilitado. 5.6 Cuando una emergencia de accidente ambiental o desastre genere a su vez un accidente fatal o un accidente grave multiple, la empresa supervisada debera presentar el aviso de accidente ambiental o desastre (Formato Nº 3) conjuntamente con los avisos de accidente fatal (Formato Nº 1) o accidente grave multiple (Formato Nº 2), segun sea el caso. Posteriormente, se remitira el Informe de Investigacion de accidente ambiental o desastre (Formato Nº 5), el cual se presentara conjuntamente con el Informe de investigacion del accidente fatal (Formato Nº 4), de ser el caso. 5.7 Las empresas supervisadas deben implementar y ejecutar las acciones preventivas y correctivas, senaladas en los Informes de Investigacion como parte de las acciones necesarias para evitar se repitan nuevas situaciones de emergencia. Articulo 6º.- Tipificacion de infracciones y sanciones. Las empresas supervisadas que no cumplan con las obligaciones establecidas en los articulos 4º y 5º del presente procedimiento incurriran en ilicito administrativo y seran sancionados conforme a las disposiciones vigentes. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- El presente procedimiento entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Lo dispuesto en el numeral 5.3 del articulo 5º, sobre remision de los avisos de emergencia por via electronica a traves del MORDAZA electronico del OSINERGMIN, entrara en vigencia a los 60 dias calendario siguientes a la publicacion. Segunda.- El presente procedimiento debera ser publicado en el MORDAZA del Estado Peruano y en el MORDAZA electronico del OSINERGMIN. FORMATO Nº 1 AVISO DE ACCIDENTE FATAL
SENOR GERENTE DE FISCALIZACION MINERA TITULAR:.......................................................................................... Unidad Minera y/o Concesion: ..............................., comunico a usted el accidente fatal: DATOS GENERALES DE LA VICTIMA: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. APELLIDOS Y NOMBRES: ........................................................... OCUPACION: ................................................................................ EDAD: ............................................................................................ TIEMPO DE SERVICIOS: .............................................................. FECHA Y HORA DEL ACCIDENTE:............................................... LUGAR DEL ACCIDENTE:............................................................. CLASIFICACION SEGUN EL TIPO1: ............................................. CLASIFICACION SEGUN EL ORIGEN2: ....................................... EMPRESA CONTRATISTA MINERA U OTRA CONTRATISTA: .... . ......................................................................................................

5.1. Ocurrido cualquier supuesto de emergencia detallado en el articulo anterior, la empresa supervisada debera remitir a OSINERGMIN el aviso de emergencia, utilizando los siguientes formatos, segun corresponda: Formato Nº 1: Aviso de accidente fatal Formato Nº 2: Aviso de accidente grave multiple Formato Nº 3: Aviso de accidente ambiental o desastre 5.2. Los avisos deberan remitirse a OSINERGMIN dentro de las 24 horas de ocurrido el hecho generador de la emergencia y podran presentarse via fax, mesa de partes o por via electronica. 5.3. La Gerencia de Fiscalizacion Minera asignara a cada empresa supervisada una contrasena, a fin de que esta puedan remitir los avisos de emergencia por via electronica, a traves del MORDAZA electronico del OSINERGMIN. 5.4 La empresa supervisada debera remitir a OSINERGMIN, via mesa de partes, dentro de los diez

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