Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2009 (08/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

400567

denominado Chipe Pedregal, del distrito de Locumba, provincia MORDAZA Basadre y region Tacna, se encontraria libre de inscripcion registral; Que, mediante inspeccion tecnica realizada el 30 de Octubre del 2007, se verifico que el terreno de 2.0195 ha, es de naturaleza eriaza, presenta forma regular con una topografia plana y comprende un suelo MORDAZA arenoso; Que, mediante Certificado de Busqueda Catastral, de fecha 16 de MORDAZA del 2008, expedido por la Oficina Registral Tacna, sobre la base del Informe Tecnico Nº 0599-2008/ Z.R.NºXIII-AC, del area de 2.0195 ha, concluye que la totalidad del predio solicitado, se encuentra sobre ambito no inventariado en el catastro de la Oficina Registral Tacna; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de Particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN; y en las zonas en que se MORDAZA efectuado transferencia de competencias, a los gobiernos regionales; Que, el Articulo 38º del Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA, dispone que la primera inscripcion de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, sera sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias; Que, en consecuencia, corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 2.0195 ha, de conformidad con el Articulo 23º de la Ley Nº 29151, del articulo 38º del Reglamento de la Ley 29151 aprobado por D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA y la directiva Nº 003-2004/SBN aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que mediante Acta de entrega y recepcion de funciones sectoriales y recursos asociados del Sector Economia y Finanzas ­ Superintendencia de Bienes Nacionales, de fecha tres de noviembre de 2005, se realiza la transferencia de competencias en materia de administracion y adjudicacion de terrenos urbanos y eriazos de propiedad del estado, a favor del Gobierno Regional Tacna; comunicandose la fecha de suscripcion del acta en el diario oficial El Peruano con fecha 26 MORDAZA del 2006, mediante Resolucion Ministerial Nº 429-2006EF/10; Que, el articulo 20º, de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece: "La Presidencia Regional es el organo ejecutivo del Gobierno Regional, siendo el Presidente Regional, la MORDAZA autoridad de su jurisdiccion, representante legal y titular del Pliego Presupuestal del Gobierno Regional". Asi mismo, el articulo 62º del mismo cuerpo legal, en el inciso b), establece que son funciones especificas que ejercen los Gobiernos Regionales en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del estado, realizar los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal; Que, mediante Credencial emitida por el MORDAZA Nacional de Elecciones con fecha 18-12-2007 se acredita que don MORDAZA Ordonez MORDAZA, ha sido elegido y proclamado Presidente del Gobierno Regional Tacna, para el periodo 2007­2010; De conformidad con los considerandos expuestos y estando a lo establecido en la Ley Bases de Descentralizacion, Ley Nº 27783 y sus modificatorias las Leyes Nº 27950 y 28139; la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada y complementada por Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley 28926, Ley 28968 y Ley Nº 29053; y en uso de las atribuciones conferidas por el Acta de entrega y recepcion de funciones sectoriales y recursos asociados del Sector Economia y Finanzas ­ Superintendencia de Bienes Nacionales, de fecha tres de noviembre del 2005; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 2.0195 hectareas,

ubicado en el sector denominado Chipe Pedregal, del distrito de Locumba, provincia MORDAZA Basadre y region Tacna, segun plano y memoria descriptiva que sustenta la presente resolucion. Articulo Segundo.- La MORDAZA Registral Nº XIII-Sede Tacna, de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 380761-4

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Aprueban reduccion del costo por concepto de resolucion de aprobacion de seccion y modulos viales a favor de asentamientos humanos, pueblos jovenes y MORDAZA marginales que se encuentren en condiciones de pobreza y extrema pobreza
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 176-A/MDC Carabayllo, 24 de MORDAZA del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL, EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha el Dictamen Nº0022009-CDURT/CEPP-MDC, presentado por la Comision de Desarrollo MORDAZA, Rural y Transporte; y, la Comision de Economia, Planeamiento y Presupuesto, en relacion a la Rebaja del Costo por Concepto de Resolucion de Aprobacion de Seccion y Modulos Viales; CONSIDERANDO: Que, estando las peticiones de los pobladores de los diversos Asentamientos Humanos, Pueblos Jovenes y MORDAZA Marginales, respecto a la Exoneracion del costo por concepto de Resolucion de Aprobacion de Seccion y Modulos Viales, para los tramites de electrificacion ante EDELNOR; al respecto de dicha peticion; es politica de esta Administracion Municipal, desarrollar una serie de acciones que mejoren las condiciones de MORDAZA de los pobladores de este distrito y, mas aun si, en realidad, el nivel socio economico de los vecinos es escaso, toda vez que los mismos, en un porcentaje significativo son personas que se encuentran en condicion de extrema pobreza; Que, el costo por concepto de RESOLUCION DE APROBACION DE SECCION Y MODULOS VIALES asciende a la suma de S/. 250.00 (Doscientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) monto que se encuentra comprendido dentro del derecho de Visacion de Plano de Habilitacion MORDAZA establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos- MORDAZA, publicado el 28 de

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