Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2009 (08/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 8 de agosto de 2009

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones registrales a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA Puerto MORDAZA, distrito de MORDAZA Causana, provincia de Maynas, departamento de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 473-2009-JNAC/RENIEC MORDAZA, 5 de agosto de 2009 VISTO: el Informe Nº 000216-2009/SGIRC/GRC/ RENIEC de la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles y el Informe Nº 000057-2009-GRC/RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles. CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, el cual regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas, y acorde con ello el Articulo 11º de la misma MORDAZA, precisa que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procedimiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, encargandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, el Articulo 20º del Decreto Ley Nº 22175, establece que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber una Oficina de Registro de Estado Civil. Asimismo, en cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas, el Articulo 262º del Codigo Civil senala que este se tramita y celebra ante un Comite Especial, el que debe estar constituido por la autoridad educativa e integrado por los dos directivos de mayor jerarquia de la respectiva comunidad, el cual sera presidido por el directivo de mayor jerarquia; Que, la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, a traves del Informe de la referencia senala que la Comunidad MORDAZA Puerto MORDAZA no ha presentado Acta de Conformacion de Comite Especial, a que se refiere el considerando precedente; Que, la Oficina Registral que funciona en la Comunidad MORDAZA a que se refiere el informe del visto, ha formalizado expediente de regularizacion de Oficina Registral, el mismo que se encuentra debidamente visado por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, por lo que corresponde la aprobacion de la delegacion de funciones, que establezca la vinculacion funcional respectiva; Estando a lo opinado por la Gerencia de Registros Civiles y en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497, y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, i, l, m, n, o y q del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA Puerto MORDAZA, Distrito de MORDAZA Causana, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto. Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA mencionada en el articulo precedente, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente,

bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 3º.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, proporcionara los libros de nacimiento y defuncion, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA Puerto MORDAZA, cuya delegacion de facultades registrales se aprueba con la presente Resolucion; asi como tambien correspondera a dicha Sub Gerencia, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin que el procedimiento registral se realice en concordancia con las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Articulo 4º.- Asimismo, la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles proveera del respectivo libro de matrimonio, a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Comunidad MORDAZA Puerto MORDAZA, cuando esta cumpla con remitir MORDAZA del Acta de Asamblea Comunal, mediante el cual se ha conformado el Comite Especial, a que hace referencia el Articulo 262º del Codigo Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 381040-1

MINISTERIO PUBLICO
Convierten la Fiscalia Superior Penal Transitoria de MORDAZA en la Tercera Fiscalia Superior Mixta de MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1061-2009-MP-FN MORDAZA, 6 de agosto de 2009 VISTO Y CONSIDERANDO: Que por Resolucion de la Junta de Fiscales Supremos Nº 033-2006-MP-FN-JFS, de 08 de junio de 2006, se creo en el Distrito Judicial de MORDAZA, con caracter transitorio, la Fiscalia Superior Penal Transitoria de Loreto. Que mediante el informe Nº 010-2009-MP-PJFSLORETO, el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA, en merito al registro de carga procesal de la Fiscalia mencionada, y a efectos de cumplir a cabalidad las funciones jurisdiccionales en el Distrito Judicial de MORDAZA, solicita su conversion en Fiscalia Superior Mixta. Que con Oficio Nº 748-2009-MP-FN-GG-OCPLAP/02, de 10 de MORDAZA de 2009, el Gerente de la Gerencia Central de Planificacion y Presupuesto, emite opinion respecto a la solicitud formulada por el Presidente de la junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA, en el sentido que no existe ningun impedimento para la conversion de la Fiscalia Superior Penal Transitoria de MORDAZA en Fiscalia Superior Mixta, ya que no irrogaria presupuesto adicional para realizar dicha accion. Que la Fiscal de la Nacion como Titular del Ministerio Publico, es responsable de dirigir, orientar y formular la politica institucional, siendo uno de sus principales objetivos ofrecer a la sociedad un servicio fiscal eficiente y oportuno; y estando a lo opinado por el Gerente de la Gerencia Central de Planificacion y Presupuesto, en el sentido que no existe ningun impedimento para la conversion de la citada Fiscalia, ya que no irrogara presupuesto adicional para realizar dicha accion. Que estando a las atribuciones conferidas por el articulo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convertir la Fiscalia Superior Penal Transitoria de MORDAZA, creada con caracter transitorio mediante Resolucion de la Junta de Fiscales Supremos Nº 033-2006-MP-FN-JFS, en la Tercera Fiscalia Superior Mixta de Loreto.

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