Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (08/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de agosto de 2009 400570 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Prorrogan amnistía tributaria y administrativa con ocasión del 60º Aniversario del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2009-MDS Surquillo, 31 de julio de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO VISTO el Informe Nº 066-2009/GR-MDS de fecha 31 de julio de 2009 de la Gerencia de Rentas, relativo a la prórroga de la fecha de vencimiento de la Amnistía Tributaria y Administrativa con ocasión del 60° Aniversario del Distrito; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 218-MDS se estableció una Amnistía Tributaria y Administrativa para los contribuyentes del distrito de Surquillo con ocasión del Sexagésimo Aniversario de Surquillo aplicable a los contribuyentes deudores de obligaciones tributarias y administrativas generadas hasta la vigencia de la presente Ordenanza, estableciéndose como fecha de término de la misma el 20 de julio de 2009, la cual fuera prorrogada hasta el 31 de julio de 2009 por virtud del Decreto de Alcaldía Nº 006-2009-MDS; Que, la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza citada permite al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, prorrogue los plazos de aplicación de los benefi cios de la amnistía tributaria y administrativa; Que, en atención al Informe de Vistos, resulta conveniente seguir brindando las facilidades expuestas en la precitada Ordenanza a los contribuyentes y vecinos de Surquillo para el pago de sus obligaciones tributarias y administrativas, disponiéndose la prórroga de la Amnistía, en uso de la atribución conferida por la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 218-MDS; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: PRÓRROGA DE AMNISTIA TRIBUTARIA Y ADMINISTRATIVA CON OCASIÓN DEL 60° ANIVERSARIO DEL DISTRITO Artículo Único.- Objeto de la norma: PRORRÓGUESE hasta el 15 de agosto de 2009 la fecha de vencimiento de la Amnistía Tributaria y Administrativa con ocasión del 60° Aniversario del Distrito aprobada por Ordenanza Nº 218-MDS. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 380476-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Amplían vigencia del D.A. Nº 010- 2007/MVMT DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010- 2009/MVMT Villa María del Triunfo, 21 de julio de 2009 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTOS: El informe Nro. 181-2009-SGTTSV/GSGA/ MVMT de la Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, el Memorando Nro. 861-2009-GSCGA/ MVMT y el Memorando Nro. 657-2009-GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 010-2007/ MVMT se declara saturado las cinco (05) zonas de trabajo para el tornamiento de autorizaciones, suspendiendo hasta 180 días la inscripciones de unidades y nuevas empresas y/o asociaciones dedicadas al brindar el servicio de transporte menor en el distrito de Villa María del Triunfo; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 002-2008- MVMT se prorrogó hasta el 31 de de Diciembre del 2008, los efectos de la norma señalada precedentemente; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 003-2009- MVMT se amplía la vigencia del Decreto de Alcaldía N° 010-2007/MVMT por 180 días calendario, y se dispone la suspensión por 180 días de la inscripción de unidades y de nuevas empresas o asociaciones dedicadas a dicho servicio; Que, mediante el Memorando Nro. 861-2009-GSCGA/ MVMT la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental remite el Informe Nro. 181-2009-SGTTSV/ GSGA/MVMT de la Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, donde concluye que en vista de la saturación de las (05) cinco zonas de trabajo (Nueva Esperanza, Tablada de Lurín, Cercado, José Carlos Mariátegui, e Inca Pachacutec) de la Jurisdicción de Villa María del Triunfo, se amplíe por 180 días calendario el Decreto de Alcaldía N° 010-2007/MVMT con sus respectivas modifi caciones inscritas en el Decreto de Alcaldía N° 003-2009/MVMT, asimismo sugiere la suspensión por 90 días calendario, de los retiros de unidades vehiculares de las empresas y/o asociaciones debidamente autorizados en la Municipalidad de Villa María del Triunfo; a fi n de resguardar la seguridad del trabajo del mototaxis y del usuario, así como la calidad de servicio especial de vehículos menores; Que, mediante el Memorando Nro. 657.2009/GAJ- MVMT la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que de acuerdo a los informes emitidos por la subgerencia correspondiente se dé la ampliación por 180 calendario más el Decreto de Alcaldía N° 010-2007/MVMT, así como se adicione un artículo donde se indique que se suspende los trámites de retiro y/o conductores por un plazo de 90 días; De conformidad con el numeral 20.6 al Artículos 20° y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Primero.- AMPLIAR por ciento ochenta (180) días calendario la vigencia del Decreto de Alcaldía 010-2007/ MVMT prolongado con los Decretos de Alcaldía N° 002- 2008/MVMT y N° 003-2009/MVMT. Segundo.- MANTENER vigente las precisiones realizadas en el artículo segundo del Decreto de Alcaldía N° 003-2009/MVMT. Tercero.- SUSPENDER por noventa (90) días los trámites de retiro de unidades y/o conductores, presentados por las empresas y/o asociaciones vehiculares debidamente autorizados en la Municipalidad de Villa María del Triunfo; a fi n de resguardar la seguridad del trabajo del mototaxis y del usuario, así como la calidad de servicio especial de vehículos menores. Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, a través de la Sub Gerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN JOSÉ CASTILLO ÁNGELES Alcalde 381508-1