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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de agosto de 2009 400561 Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Loreto, para que adopte las medidas administrativas para la atención de la carga procesal de la Fiscalía antes mencionada, y la proveniente de la Sala Penal Transitoria de Loreto. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta de Fiscales Supremos, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Loreto, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, Gerencia General, Gerencia de Registros Fiscales y las Fiscalías mencionadas, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 380778-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. la apertura de agencia en el distrito y provincia de Arequipa RESOLUCIÓN SBS Nº 9811-2009 Lima, 24 de julio del 2009 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. para que se le autorice la apertura de una Agencia ubicada en el distrito, provincia y departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la citada Agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B” mediante el Informe de Programación Anual de Ofi cinas correspondiente al año 2009 Nº 196-2009-DSM “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1096- 2005 y 8203-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. la apertura de una Agencia ubicada en la Calle La Merced Nº 113-119, distrito, provincia y departamento de Arequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca y Microfi nanzas (a.i.). 380362-1 Autorizan viaje de funcionarios a los EE.UU. y Panamá para realizar visitas de inspección a sucursales de entidad bancaria RESOLUCIÓN SBS N° 9888-2009 6 de agosto de 2009 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTAS: Las comunicaciones cursadas por la Ofi cina de Regulación Financiera del Departamento de Banca del Estado de Florida, la Superintendencia de Bancos de la República de Panamá y la Autoridad Monetaria de las Islas Caimán a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), a través de las cuales otorgan su no objeción a la realización de las Visitas de Inspección al Banco de Crédito del Perú, Sucursal Miami, al Banco de Crédito del Perú, Sucursal Panamá y al Atlantic Security Bank, Sucursal Panamá, las mismas que se llevarán a cabo en la ciudad de Miami – Florida, Estados Unidos de América y en la ciudad de Panamá, República de Panamá, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, en virtud del numeral 13 del artículo 132º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante Ley General, el cual establece que la supervisión consolidada de los conglomerados fi nancieros o mixtos constituye una forma de atenuar los riesgos para el ahorrista, se viene realizando una supervisión consolidada al Banco de Crédito del Perú; Que, en tal sentido, en el marco del Programa de Fortalecimiento de la Supervisión y Regulación Bancaria que viene realizando la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, se han realizado las coordinaciones necesarias con la Ofi cina de Regulación Financiera del Departamento de Banca del Estado de Florida, a fi n de que representantes de esta entidad supervisora realicen una visita de inspección al Banco de Crédito del Perú, Sucursal Miami, la misma que contará con la participación de funcionarios de la citada entidad y se llevará a cabo del 10 al 14 de agosto de 2009 en la ciudad de Miami – Florida, Estados Unidos de América; Que, de igual forma, y de conformidad con el convenio denominado “Acuerdo para la Supervisión Consolidada celebrado entre esta Superintendencia y la Superintendencia de Bancos de la República de Panamá”, se han realizado coordinaciones con la citada entidad, así como con la Autoridad Monetaria de las Islas Caimán, a fi n de que representantes de esta entidad supervisora realicen una visita de inspección al Banco de Crédito del Perú, Sucursal Panamá y al Atlantic Security Bank, Sucursal Panamá, las mismas que contarán con la participación de funcionarios de las citadas entidades y se llevarán a cabo del 17 al 21 de agosto de 2009 en la ciudad de Panamá, República de Panamá; Que, el principal objetivo de las citadas visitas de inspección, estará centrado en la evaluación de la gestión de los riesgos crediticios, de mercado y liquidez, del sistema de prevención de lavado de activos, aspectos de control interno; así como, en la revisión del grado de implementación de las recomendaciones efectuadas por esta Superintendencia en las visitas realizadas a las indicadas entidades en el año 2008; Que, en cumplimiento de las funciones y responsabilidades de supervisión de las áreas técnicas de la institución, se ha considerado conveniente designar a la señora Yvonne Cuba Buitrón, Supervisor Principal de Inspecciones del Departamento de Inspecciones, la señorita Ana Teresa Neira Arellano, Inspector de Banca del Departamento de Supervisión Bancaria “A” de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas y el señor Jorge Liendo O’Connor, Analista del Departamento de Supervisión de Riesgos de