Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2009 (09/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 9 de agosto de 2009

en la presente Ordenanza y otras normas ambientales municipales como el Plan de Accion Ambiental local de MORDAZA Anita. Articulo 23.- Evaluacion Ambiental de Proyectos de inversion. Todo plan, programa, proyecto o actividad de inversion o investigacion, no comprendido en el ambito de competencias de los organos sectoriales del Gobierno central, como restaurantes, comercios o instituciones de prestacion de servicios. El otorgamiento de permiso de construccion y la licencia de funcionamiento del proyecto de inversion estara condicionado al cumplimiento de las pautas de proteccion ambiental que determine. ANEXO : 2 CREACION DE LA COMISION AMBIENTAL MUNICIPAL (CAM- MORDAZA Anita) Articulo 1.- CREASE la Comision Ambiental del distrito de MORDAZA MORDAZA (CAM ­ MORDAZA Anita) como organo consultivo, encargado de coordinar y concertar la politica y gestion ambiental local, asi como el diseno y planteamiento de instrumentos de gestion ambiental, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los sectores publicos, privados y la sociedad civil dirigidos a mejorar la calidad de MORDAZA de los vecinos de MORDAZA Anita. Articulo 2.- La Comision Ambiental Municipal del distrito de MORDAZA MORDAZA, estara integrada por los siguientes representantes: 1.- Un representante de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA quien lo presidira. 2.- Un representante del sector salud (hospitales y centros de salud del distrito) 3.- Un representante del sector educacion (de las instituciones educativas). 4.- Un representante de la Junta de Riego ( del MORDAZA del Rio Surco). 5.- Un representante de las organizaciones vecinales reconocidas del distrito. 6.- Un representante de los Comites Civicos de Parques del distrito. 7.- Un representante del sector empresarial y comercial del distrito. 8.- Un representante de la Policia Nacional del Peru (Area: Ecologia y Turismo) 9.- Un representante de la compania de Bomberos del Peru (sede MORDAZA Anita) 10.- Un representante de la Iglesia. 11.- Un representante de Defensa Civil. 12.- Un representante del transporte publico y menor del distrito. Los representantes de las instituciones publicas y privadas mencionadas deberan ser elegidos en sus respectivas instituciones y acreditadas como representantes ante el CAM- MORDAZA Anita. Articulo 3.- La Comision Ambiental Municipal de MORDAZA MORDAZA ( CAM ­ MORDAZA MORDAZA ) es un organo consultivo siendo la instancia de brindar apoyo al ente rector del Sistema local del Gestion Ambiental ( SLGA) sobre las gestiones de coordinacion y concertacion de la politica ambiental en el distrito de MORDAZA Anita; promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los actores locales , tiene como funciones lo siguiente: Ser la instancia de concertacion de la Politica y sistema ambiental local en coordinacion con la Comision Ambiental Metropolitana de Lima. Elaborar participativamente el Plan de Accion Ambiental y la Agenda Ambiental local que seran Aprobados por la comuna mediante Ordenanza Municipal. Elaborar propuestas , velar por su aplicacion y evaluacion , mejora continua de los instrumentos de Gestion ambiental y la ejecucion de politicas ambientales. Lograr compromisos con las instituciones y sectores integrantes en base a una vision compartida. Velar por la efectiva participacion del sector educativo, salud y medios de comunicacion para la Difusion y ejecucion de politicas ambientales locales. Promover la educacion y la conciencia ambiental en el distrito.

Articulo 4.- La Comision Ambiental Municipal del distrito de MORDAZA MORDAZA, representa a la sociedad civil organizada a las instituciones publicas y privadas con responsabilidad, competencias e interes en calidad y problematica ambiental del distrito. Articulo 5.- Las instituciones que forman parte del CAM- MORDAZA MORDAZA deberan designar un representante titular y alterno mediante comunicacion por escrito, la misma que debera ser suscrita por su directivo al mas alto nivel. Articulo 6.- La aprobacion de los instrumentos de la gestion ambiental distrital deben contar con la opinion favorable de la Comision Ambiental Municipal; sin perjuicio de la intervencion de las instituciones publicas, privadas y sectores involucrados de la sociedad civil. Los instrumentos de gestion ambiental distrital (Diagnostico Ambiental local, Politica Ambiental local, Plan de Accion Ambiental local y Agenda Ambiental local y otros) deben guardar concordancia con los aprobados por el ambito Metropolitano y Nacional de conformidad con el Articulo 26 de la ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental Ley Nº 28245 y su reglamento Decreto Supremo Nº 008 ­ 2005 /PCM. Articulo 7.- Encargar a la Comision Ambiental Municipal del distrito de MORDAZA MORDAZA (CAM ­ MORDAZA Anita), para que a partir de la publicacion de la presente Ordenanza , tiene un plazo de 45 dias habiles para que elabore la propuesta del reglamento interno de funcionamiento de dicha Comision, asimismo debiendo presentar un Plan de Actividades.

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Aprueban Ordenanza que establece Regimen de Proteccion contra el Consumo de Tabaco en el distrito de MORDAZA MORDAZA
ORDENANZA Nº 00041/MDSA MORDAZA MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2009 VISTO: en sesion ordinaria de la fecha que se indica, el proyecto de Ordenanza de regimen de proteccion contra el consumo del tabaco en el distrito de MORDAZA MORDAZA, emitido por la Gerencia de Servicios Publicos y Desarrollo Social. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades distritales son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para desarrollar y regular actividades y/ o servicios en materia de salud, conforme a ley, segun lo establecen los articulos 194 y 195, numeral 8), de la Constitucion Politica del Peru; Que, de conformidad con los numeros 3.2) y 3.4 ) del articulo 80 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, son funciones especificas exclusivas de las Municipalidades distritales, regular y controlar la salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, escuelas y otros lugares publicos, asi como, fiscalizar y realizar labores de control respecto a la emision de humos y demas contaminantes del ambiente; Que, mediante la Ley General para la prevencion y control de los riesgos del consumo del tabaco, Ley Nº 28705 y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2008 -SA, se ha establecido el MORDAZA normativo para la prevencion y control de los riesgos del consumo del tabaco, a fin de proteger la salud de la persona, la familia y la comunidad de MORDAZA MORDAZA contra las consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y economicas del consumo de tabaco y de la exposicion al humo del tabaco y/o cigarrillos; Que, de acuerdo al Articulo 84º numeral 2.9 ) de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 dice: "que los Gobiernos locales como parte integrante del estado peruano, tienen la responsabilidad de velar por el MORDAZA y adolescente, procurando en materia de programas sociales, el desarrollo integral de la juventud para el logro de caracter fisico, psicologico, social, moral y espiritual"; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 la Ley Organica de Municipalidades, en sus Articulos 9

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