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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de agosto de 2009 401596 SE DECRETA: Artículo 1º:- Aprobar el “Reglamento para los Procesos de Empadronamiento y Reempadronamiento de Benefi ciarios del Programa del Vaso de Leche”, el mismo que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, en mérito a las consideraciones antes expuestas. Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal, Ofi cina General de Planifi cación, Ofi cina de Racionalización y Estadística, Programa del Vaso de Leche y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 389246-1 MUNICIPALIDAD DE BREÑA Exoneran de proceso de selección la adquisición de suministro de combustible para la flota vehicular de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO N° 195-2009/MDB Breña, 18 de agosto del 2009 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 18 de agosto del 2009, Informe Nº 146-2009-SGLOG/ MDB, Informe Nº 145-2009-SGLOG-GAF/MDB e Informe Nº 147-2009-SGLOG-GAF/MDB, Informe Nº 091-2009-GPP/MDB, Informe Nº 060-2009-GAF/MDB, Informe Nº 780-2009-GAJ/MDB, Informe Nº 273- 2009-GM/MDB referido a DESABASTECIMIENTO INMINENTE DE ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LA FLOTA VEHICULAR DE LA MUNICIPALIDAD DE BREÑA. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, conforme a la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las delegadas conforme a Ley, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Corresponde al Concejo las funciones normativas y fi scalizadoras y a la Alcaldía las funciones ejecutivas; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 406- 2008- MDB de fecha 20 de diciembre de 2008, se aprobó el Presupuesto Institucional de la Municipalidad de Breña para el año fi scal 2009. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 040-2009- DA/MDB de fecha 15 de Enero del 2009 se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Breña para el ejercicio fi scal 2009 modifi cada por Resolución de Gerencia Municipal Nº 015-2009-GM/MDB, de fecha 27 de Febrero del 2009, Resolución de Gerencia Municipal Nº 044-2009-GM/ MDB de fecha 10 de Marzo del 2009, Resolución de Gerencia Municipal Nº 070-2009-GM/MDB de fecha 13 de Abril del 2009, Resolución de Gerencia Municipal Nº 131-2009-GM/MDB de fecha 13 de julio del 2009. Que mediante Informe Nº 146-2009-SGLOG/MDB la Subgerencia de Logística comunica a la Gerencia de Administración y Finanzas que habiéndose declarado desierto la Adjudicación Directa Selectiva N° 0002-2009- CE/MDB y La Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0026- 2009-CE/MDB para la Adquisición de Suministro de Combustible, motivo por el cual es de suma importancia declarar en Desabastecimiento Inminente con la fi nalidad de evitar que se vean afectados los servicios primordiales para la población del Distrito de Breña. Que mediante Informe Nº 060-2009-GAF/MDB de la Gerencia de Administración y Finanzas señala que se ha tomado conocimiento que encontrándonos próximos a quedar desabastecido de los siguiente combustibles: Petróleo – Diesel 2, Gasolina de 84 Octanos y Gasolina de 90 Octanos, para el normal desempeño de las unidades móviles de la Municipalidad, con la fi nalidad de garantizar el abastecimiento de este producto por el período de noventa (90) días calendario correspondiente a la atención de combustible del presente año en tanto se realice la segunda convocatoria del proceso defi nitivo. Asimismo la Subgerencia de Logística informa que el no abastecimiento de dicho producto afectaría directamente los diversos servicios básicos que brinda la Municipalidad a los pobladores del Distrito de Breña, pudiendo ocasionar un malestar de carácter social. Estando los requerimientos de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Servicios a la ciudad, Subgerencia de Comercialización donde manifi esta las cantidades a adquirir y estando el Informe procedente de la Sub Gerencia de Logística donde manifi esta el precio y el costo total del monto a contratar sería el siguiente: PRODUCTO CANTIDAD DE GALONES POR 90 DIAS CALENDARIO PRECIO UNITARIO POR GALON S/. MONTO TOTAL POR 90 DIAS CALERNDARIO PETROLEO DIESEL 2 1500.00 9.51 14265.00 GASOLINA 84 OCTANOS 1641.00 8.97 14719.77 GASOLINA 90 OCTANOS 717.00 9.67 6933.39 Total S/. 35,918.16 Ascendiendo el valor referencial de S/.35,918.16 (Treinta y Cinco Mil Novecientos Dieciocho y 16/100 Nuevos Soles) Incluido el IGV. Que mediante Memorando Nº 091-2009-GPP/MDB de la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto comunica a la Sub Gerencia de Logística que se otorga la disponibilidad presupuestal por el importe de S/. 35,918.16 para la realización de la convocatoria del proceso de selección, debido a que se ha previsto en el presente ejercicio fi scal 2009 la Adquisición de dicho producto para todo el año siendo afectado en las partidas presupuestales correspondiente. Que mediante Informe Nº 780-2009-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el inciso “c” del Artículo 20° del Decreto Legislativo de la Ley N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado. El Artículo 129º del Reglamento de la Ley 1017- Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo N° 184- 2008-EF, determina que la Situación de Desabastecimiento Inminente debe entenderse como la necesidad de los bienes, servicios u obras que debe ser de forma actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos. Que, el Artículo 22° del Decreto Legislativo de la Ley N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, establece que por Situación de Desabastecimiento Inminente se considera aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda. Que el Artículo 135° del Reglamento de la Ley N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, establece que la Entidad efectuará las