Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2009 (28/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

401612

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de agosto de 2009

solicitud de incremento de flota para la construccion de una embarcacion de MORDAZA MORDAZA a denominarse "ANDES 53" de 570 m3 de capacidad de bodega con sistema de preservacion a bordo RSW, via sustitucion de la capacidad de bodega de las embarcaciones "WAIKIKI" de matricula CE-2822-PM (95.76 m3), "HUALLAGA 5" de matricula CE4032-PM (195.56 m3), "SIMY 6" de matricula CE-1742-PM (280.09 m3) y el saldo de 53.63 m3, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con tamano minimo de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38 mm), respectivamente, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco millas de la costa; Que, mediante los escritos ingresados con los Registros del visto, adjuntos 1 y 2 de cada expediente, la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., solicita la asociacion o incorporacion definitiva del PMCE de la embarcacion pesquera "SIMY 6" de matricula CE-1742-PM y el PMCE del saldo de bodega reconocido por la Resolucion Directoral N°645-2008-PRODUCE/DGEPP, proveniente de la embarcacion "LOURDES" con matricula CE-4989CM, a la embarcacion pesquera "ANDES 52" de matricula CE-29039-PM, en virtud a la autorizacion de incremento de flota otorgado por Resolucion Directoral N° 237-2009PRODUCE/DGEPP y de acuerdo al procedimiento N° 131 del MORDAZA ­ PRODUCE; Que, el articulo 16º del Reglamento de la Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, establece para el caso de una embarcacion siniestrada con perdida total que sirvio de base para el calculo de un PMCE, asi como, para el caso de los saldos de bodega reconocidos y reservados por PRODUCE, que el armador solicite la autorizacion de incremento de flota conforme a la normatividad vigente. En el presente caso, la administrada ha solicitado la autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion de MORDAZA MORDAZA a denominarse ANDES 53 de 570 m3 de capacidad de bodega, via sustitucion de la capacidad de bodega de las embarcaciones "WAIKIKI" de matricula CE-2822-PM (97.76 m3), "HUALLAGA 5" de matricula CE-4032-PM (195.56 m3), "SIMY 6" de matricula CE-1742-PM (280.09 m3) y el saldo de 53.63 m3, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto, aprobada mediante Resolucion Directoral N° 237-2009-PRODUCE/DGEPP de fecha 02 de MORDAZA de 2009; Que, asimismo, el citado articulo establece que, el PMCE que corresponde a dicha solicitud de incremento de flota podra ser asociado o incorporado a otra u otras embarcaciones del mismo armador de manera definitiva. Al respecto, cabe mencionar que, las embarcaciones pesqueras "ANDES 52" de matricula CE-29039-PM y "LOURDES" de matricula CE-4989-CM, corresponden a CFG INVESTMENT S.A.C., en calidad de armador, mientras que, respecto de la embarcacion pesquera siniestrada "SIMY 6" de matricula CE-1742-PM, la empresa solicitante ha acreditado tener la calidad de propietaria por haber ejercido la opcion de compra de la citada embarcacion, conforme consulta efectuada en la pagina web de la SUNARP, por lo que, esta facultada para solicitar la asociacion o incorporacion del PMCE de dicha embarcacion; Que, a efectos de materializar la asociacion e incorporacion definitiva solicitada, debe suspenderse la autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion de MORDAZA MORDAZA a denominarse "ANDES 53" de 570 m3 de capacidad de bodega, aprobada mediante Resolucion Directoral N° 237-2009-PRODUCE/ DGEPP de fecha 02 de MORDAZA de 2009, de conformidad con los articulos 17° y 20° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1084 - Ley sobre Maximos de Captura por Embarcacion; Que, por lo expuesto, y atendiendo a que CFG INVESTMENT S.A.C. ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 131 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, corresponde aprobar la asociacion o incorporacion definitiva del PMCE de la embarcacion pesquera siniestrada "SIMY 6" de matricula CE-1742-PM y el PMCE del saldo de bodega reconocido por la Resolucion Directoral Nº 645-2008-PRODUCE/

DGEPP, proveniente de la embarcacion pesquera "LOURDES" de matricula CE-4989-CM, a la embarcacion pesquera "ANDES 52" de matricula CE-29039-PM con permiso de pesca vigente otorgado por Resolucion Directoral Nº 701-2008-PRODUCE/DGEPP de fecha 14 de noviembre de 2008; Que, finalmente, cabe mencionar que mediante Resolucion Directoral N° 237-2009-PRODUCE/DGEPPDchi se otorgo autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion de MORDAZA MORDAZA a denominarse "ANDES 53" de 570 m3 de capacidad de bodega, via sustitucion de la capacidad de bodega de la embarcacion siniestrada "SIMY 6" de matricula CE-1742-PM, entre otras embarcaciones, por lo que es necesario cancelar el permiso de pesca de dicha embarcacion pesquera, de conformidad con el numeral 18.3 del articulo 18° del Reglamento de la Ley General de Pesca; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe N° 6512009-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, sus modificatorias y ampliatorias; el Decreto Legislativo N° 1084 ­ Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion y su Reglamento y modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del articulo 53° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Suspender la autorizacion de incremento de flota para la construccion de una embarcacion de MORDAZA MORDAZA a denominarse "ANDES 53" de 570 m3 de capacidad de bodega, otorgada a favor de la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. mediante Resolucion Directoral N° 237-2009-PRODUCE-DGEPP de fecha 02 de MORDAZA de 2009, de conformidad con los articulos 17° y 20° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1084 ­ Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo N° 0212008-PRODUCE. Articulo 2°.- Aprobar a favor de la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. la asociacion o incorporacion definitiva del PMCE de la embarcacion pesquera siniestrada "SIMY 6" de matricula CE-1742-PM y el PMCE del saldo de bodega reconocido por la Resolucion Directoral N° 645-2008-PRODUCE/DGEPP, proveniente de la embarcacion pesquera "LOURDES" de matricula CE-4989-CM, a la embarcacion pesquera "ANDES 52" de matricula CE-29039-PM con permiso de pesca vigente otorgado por Resolucion Directoral N° 701-2008PRODUCE/DGEPP de fecha 14 de noviembre de 2008. Articulo 3°.- Cancelar el permiso de pesca de la embarcacion "SIMY 6" de matricula CE-1742-PM otorgado por Resolucion Ministerial N° 612-95-PE, modificada por Resolucion Directoral N° 030-2002PE/DNEPP y por Resolucion Directoral N° 249-2005PRODUCE/DNEPP. Articulo 4°.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 389356-1

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