TEXTO PAGINA: 14
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de agosto de 2009 401616 y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, deberá implementar un sistema de control del proceso que garantice la óptima calidad del producto fi nal, debiendo poner en operación los equipos y/o sistemas de mitigación y prevención de impactos ambientales negativos contemplados en sus Programas de Adecuación y Manejo Ambiental califi cados favorablemente por la Dirección del Medio Ambiente como son los Ofi cios Nº 586-95-PE/DIREMA, Nº 701- 95-PE/DIREMA y Nº 325-96-PE/DIREMA, del 10 y 31 de agosto de 1995, 10 de abril de 1996 y la Constancia de Verifi cación Nº 002-99-PE/DIREMA del 10 de diciembre de 1999. Artículo 5º.- El incumplimiento de lo señalado en el Artículo precedente, así como el incremento de la capacidad instalada de la planta de procesamiento materia del presente cambio de titular sin la autorización debida, serán causales de caducidad del derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, según corresponda. Artículo 6º.- Incorporar a AUSTRAL GROUP S.A.A. como titular de las licencias de operación de las plantas de enlatado, harina de pescado convencional y harina de pescado de alto contenido proteínico, ubicadas en los respectivos establecimientos industriales pesqueros citados en el primer Artículo de la presente Resolución, a los Anexos I, IV-A y IV-B de la Resolución Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE según corresponda, excluyendo a AUSTRAL GROUP S.A. de dichos anexos. Artículo 7º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección Regional de la Producción de Ancash, Lima e Ica y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: w.w.w.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 389356-3 Aprueban cambio de titular de permiso de pesca a favor de personas naturales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 600-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 12 de agosto del 2009 Visto el escrito de Registro Nº 00019084 de fecha 11 de marzo del 2009, presentado por los señores JOSE DE LOS SANTOS SUCLUPE SANTISTEBAN y MARTHA URCIA DE SUCLUPE. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 015- 2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron; Que, mediante Resolución Directoral Nº 023-2003- GOB.REG-PIURA/DIREPE-DR de fecha 23 de enero de 2003, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado a los armadores pesqueros FELIX DAVID FIESTAS MORALES, MANUEL RUBEN FIESTAS MORALES y ROSA MORALES GARCIA, para operar la embarcación pesquera de madera denominada “ZACARIAS” de matrícula PT-5246-CM, de arqueo neto 7.67 y de 33.28 m3 de capacidad de bodega, para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel, caballa para destinarlos al consumo humano directo, utilizando redes de cerco como tamaño mínimo de malla de ½ pulgada (13 mm) y de 1½ pulgadas (38 mm) según corresponda en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa, para el caso de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina; y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para los recursos jurel y caballa; Que, mediante Resolución Directoral Nº 494-2007- PRODUCE/DGEPP de fecha 14 de noviembre de 2007, se caducó el permiso de pesca entre otros a la embarcación pesquera denominada “ZACARIAS” de matrícula PT-5246- CM, únicamente en el extremo referido a la extracción de los recursos jurel y caballa para el consumo humano directo e indirecto; Que, la embarcación pesquera “ZACARIAS” de matrícula PT-5246-CM de 33.28 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE, con estado de permiso de pesca vigente con especies autorizadas para consumo humano indirecto vigente para anchoveta y para consumo humano directo siendo anchoveta vigente y suspendida para sardina; Que, mediante el escrito del visto, los señores JOSE DE LOS SANTOS SUCLUPE SANTISTEBAN y MARTHA URCIA DE SUCLUPE, solicitaron cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “ZACARIAS” de matrícula PT-5246-CM, cumpliendo con presentar los requisitos previstos en el procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009- PRODUCE; Que, de la evaluación efectuada al expediente de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “ZACARIAS” de matrícula PT-5246-CM presentado por los señores JOSE DE LOS SANTOS SUCLUPE SANTISTEBAN y MARTHA URCIA DE SUCLUPE, se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción para el cambio de titular del permiso de pesca de embarcación de bandera nacional de mayor escala del ámbito, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; por lo que resulta procedente la aprobación del cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 831-2009- PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de los señores JOSE DE LOS SANTOS SUCLUPE SANTISTEBAN y MARTHA URCIA DE SUCLUPE, el cambio de titular del Permiso de Pesca de la embarcación pesquera “ZACARIAS” de matrícula PT-5246-CM; solo en la extracción de anchoveta y sardina; en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Directoral Nº 494-2007-PRODUCE/DGEPP, en los mismos términos y condiciones que fue otorgado. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera “ZACARIAS” de matrícula PT-5246-CM otorgado a los armadores pesqueros FELIX DAVID FIESTAS MORALES, MANUEL RUBEN FIESTAS MORALES y ROSA MORALES GARCIA consignado en la Resolución Directoral Nº 023- 2003-GOB.REG-PIURA/DIREPE-DR. Artículo 3º.- Incorporar a los señores JOSE DE LOS SANTOS SUCLUPE SANTISTEBAN y MARTHA URCIA DE SUCLUPE, como el nuevo titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera “ZACARIAS” de matrícula PT-5246-CM, así como la presente Resolución en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007- PRODUCE excluyendo a los armadores pesqueros FELIX