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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (28/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de agosto de 2009 401626 Que, además, en el expediente obra el Certifi cado de Avance de Construcción del 50% Nº DI-08010630- 03-01 de fecha 15 de diciembre de 2008, expedido por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, emitido con fecha anterior a la celebración del contrato de transferencia. Consecuentemente, la transferencia del casco de la embarcación pesquera de madera en construcción autorizada por Resolución Directoral Nº 088- 2008-PRODUCE/DGEPP, ha sido realizada con avance de obra signifi cativo de por lo menos el 50% y dentro del plazo de vigencia de la autorización de incremento de fl ota. Que de la evaluación efectuada a los documentos presentados por la empresa solicitante, se ha determinado que procede la acumulación de las solicitudes de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación NEPTUNO de matrícula Nº PL-1509-CM y de cambio de titular de la autorización de incremento de fl ota que fuera otorgado por Resolución Directoral Nº 088-2008-PRODUCE/DGEPP, en virtud a lo establecido en el artículo 149º de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asimismo, se concluye que la empresa solicitante ha cumplido con presentar los requisitos sustantivos y procesales establecidos en el Procedimiento Nº 7 y 14 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, por lo que corresponde otorgar lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto mediante los Informes Nº 812 y 830- 2009-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y el literal d) del artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acumular las solicitudes presentadas por la empresa PESQUERA JUFRAN SB S.A.C. referidas al cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera NEPTUNO de matrícula Nº PL-1509-CM y al cambio de titular de la autorización de incremento de fl ota que fuera otorgado por Resolución Directoral Nº 088- 2008-PRODUCE/DGEPP, por guardar conexión. Artículo 2º.- Otorgar a la empresa PESQUERA JUFRAN SB S.A.C. sucesión procesal en el procedimiento administrativo de cambio de titular de la embarcación pesquera NEPTUNO de matrícula Nº PL-1509-CM, así como, en el procedimiento administrativo de cambio de titular de la autorización de incremento de fl ota otorgada mediante Resolución Directoral Nº 088-2008-PRODUCE/ DGEPP, iniciado por los señores JOSE SANTISTEBAN FIESTAS, JUAN FRANCISCO SANTISTEBAN FIESTAS, GUADALUPA SANTISTEBAN FIESTAS, LUIS HUMBERTO SANTISTEBAN FIESTAS, CARMELA SANTISTEBAN DE QUEREVALU y MERIS SANTISTEBAN FIESTAS. Artículo 3º.- Aprobar a favor de la empresa PESQUERA JUFRAN SB S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolución Directoral Nº 035- 2003-PRE/P-LL, modifi cado por Resolución Directoral Nº 494-2007-PRODUCE/DGEPP y por Resolución Directoral Nº 088-2008-PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcación pesquera NEPTUNO de matrícula PL- 1509-CM, en la extracción de los recursos anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto y sardina con destino al consumo humano directo. Artículo 4º.- El permiso de pesca a que se refi ere la presente Resolución deberá ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002- PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifi quen o sustituyan; y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcación deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservación a bordo RSW o CSW, o en su defecto bodegas aisladas térmicamente y cajas de hielo, cuyo funcionamiento es obligatorio. Artículo 5º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de los señores JUAN FRANCISCO SANTISTEBAN BANCES, MERIS SANTISTEBAN FIESTAS, JOSE SANTISTEBAN FIESTAS, GUADALUPA SANTISTEBAN FIESTAS, JUAN FRANCISCO SANTISTEBAN FIESTAS, CARMELA SANTISTEBAN FIESTAS y LUIS HUMBERTO SANTISTEBAN FIESTAS otorgado a través de la Resolución Directoral Nº 088-2008-PRODUCE/DGEPP, de fecha 8 de febrero del 2008, para operar la embarcación pesquera NEPTUNO de matrícula Nº PL-1509-CM. Artículo 6º.- Incorporar a la empresa PESQUERA JUFRAN SB S.A.C., como nuevo titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera NEPTUNO de matrícula Nº PL-1509-CM, así como, la presente Resolución al Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE; excluyendo a los señores JUAN FRANCISCO SANTISTEBAN BANCES, MERIS SANTISTEBAN FIESTAS, JOSE SANTISTEBAN FIESTAS, GUADALUPA SANTISTEBAN FIESTAS, JUAN FRANCISCO SANTISTEBAN FIESTAS, CARMELA SANTISTEBAN FIESTAS y LUIS HUMBERTO SANTISTEBAN FIESTAS de dicho anexo. Artículo 7º.- Modifi car el artículo 3º de la Resolución Directoral Nº 088-2008-PRODUCE/DGEPP de fecha 8 de febrero del 2008, únicamente en el extremo referido a los titulares de la autorización de incremento de fl ota, entendiéndose que, el nuevo titular es la empresa PESQUERA JUFRAN SB S.A.C., manteniéndose los demás términos y condiciones de la indicada autorización. Artículo 8º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral, y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 389356-11 Otorgan autorización a Pesquera C.H. S.A.C. para la instalación de establecimiento industrial pesquero en el departamento de Piura RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 617-2009-PRODUCE/DGEPP Lima, 14 de agosto del 2009 Visto los escritos con Registro N° 00054061-2009 de fechas 9 de julio y 11 de agosto del 2009, presentados por la empresa PESQUERA C.H. S.A.C. CONSIDERANDO: Que el artículo 49° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001- PE, establece que las personas naturales o jurídicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiológicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requerirán de autorización para la instalación o aumento de la capacidad de operación del establecimiento industrial y de licencia para la operación de cada planta de procesamiento; Que el numeral 52.1 del artículo 52° del Reglamento de la Ley General de Pesca, señala que la autorización de instalación se otorga con vigencia no mayor de un (01) año, la cual podrá renovarse por una sola vez y por igual periodo, siempre que se acredite haber realizado una inversión sustantiva superior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aprobado dentro del período inicialmente autorizado; Que mediante la Resolución Directoral N° 016-2007- PRODUCE/DGEPP del 11 de enero del 2007, se otorgó a