Norma Legal Oficial del día 28 de agosto del año 2009 (28/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de agosto de 2009

del 2009 y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Ley Nº 26920 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 00398-PE y demas normas modificatorias, asi como el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE y demas normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la senora MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, el cambio de titular del permiso de pesca, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA "CARLOS EDUARDO" de matricula Nº PT-19981-CM, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 078-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR. Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, debera ser ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la embarcacion pesquera para debera contar a bordo con hielo en MORDAZA, como medio de preservacion, cuya implementacion es obligatoria. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a favor del armador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a traves de la Resolucion Directoral Nº 078-2000-CTAR PIURA/ DIREPE-DR, para operar la embarcacion pesquera denominada "CARLOS EDUARDO" de matricula Nº PT-19981-CM. Articulo 4º.- Incorporar a la senora MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "CARLOS EDUARDO" de matricula Nº PT-19981-CM, asimismo, consignar la presente Resolucion en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 389356-6

Otorgan permiso de pesca a ELVAYKA S.A. para operar embarcacion pesquera de bandera ecuatoriana
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 603-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 12 de agosto de 2009 Visto los escritos con Registro Nº 00049926-2009 y Nº 00049926-2009-1, del 23 de junio y 15 de MORDAZA del 2009, presentado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con domicilio legal en la MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nº 513, Urbanizacion Corpac, Distrito de San MORDAZA, Provincia de MORDAZA, Departamento de MORDAZA, en representacion de la empresa ELVAYKA S.A.

Que el inciso c), del Articulo 43° del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el Articulo 47° de dicha MORDAZA establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, se efectuara sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiologicos por la flota existente en el MORDAZA, sujetandose a los terminos y condiciones establecidos en la legislacion interna sobre preservacion y explotacion de los recursos hidrobiologicos y sobre los procedimientos de inspeccion y control, para lo cual los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais; Que los Articulos 44° y 45° del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho especifico que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los derechos correspondientes; Que el inciso c) del Articulo 48° de la referida Ley dispone que la pesca en aguas jurisdiccionales peruanas podra llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera, para la extraccion de recursos de oportunidad o altamente migratorios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de la Produccion, mediante el pago de derechos por permiso de pesca; Que mediante Decreto Supremo N° 032-2003PRODUCE del 04 de noviembre del 2003, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, estableciendose en su numeral 7.3 del Articulo 7º el monto de los derechos de pesca para las embarcaciones pesqueras atuneras de bandera extranjera en US$ 50.00 (cincuenta dolares de los Estados Unidos de America) por cada tonelada de Arqueo Neto, por un periodo de tres (3) meses; Que mediante los escritos del visto, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la empresa ELVAYKA S.A., solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "ALEJANDRA", de bandera ecuatoriana, en la extraccion del recurso hidrobiologico atun, dentro de aguas jurisdiccionales peruanas con destino al consumo humano directo, por el periodo de tres (03) meses; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, la recurrente acredita que la embarcacion pesquera "ALEJANDRA" cumple con los requisitos sustantivos exigidos en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun aprobado por Decreto Supremo N° 032-2003-PRODUCE, asi como los requisitos exigidos en el Procedimiento Nº 9 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082009-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion mediante Informe Nº 418-2009-PRODUCE/DGEPP-Dch, y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE; el Procedimiento Nº 9 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y demas normas complementarias; y, En uso de las atribuciones conferidas en el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el literal d) del Articulo 53º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a la empresa ELVAYKA S.A., representada en el MORDAZA por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de bandera ecuatoriana, la cual

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