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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de diciembre de 2009 407274 de dichos aeropuertos y/o aeródromos, se encuentren comprendidas en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, así como en sus respectivas Especifi caciones de Operación. Artículo 9º.- El presente Permiso de Operación será revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolución; o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, o su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certifi cado de Explotador y Especifi caciones Técnicas de Operación. Artículo 10º.- Si la Administración verifi case la existencia de fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Dirección General de Aeronáutica Civil, procederá conforme a lo señalado en el Artículo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 11º.- La compañía AERO ANDINO S.A.C. deberá respetar la riqueza cultural, histórica y turística que sustenta la buena imagen del país. Artículo 12º.- El presente Permiso de Operación queda sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil, Ley Nº 27261, el Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; así como a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO LOPEZ MAREOVICH Director General de Aeronáutica Civil 414100-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA Aprueban propuesta de Marco Circundante de Protección de la Glorieta de la Plaza de Armas de Chancay RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1780/INC Lima, 23 de noviembre de 2009 Visto: el Expediente Nº 006607/2009; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Ofi cio Nº 013-2009-PP/PDPCVCHH (Expediente del visto de fecha 12 de marzo de 2009), presentado por Antonio Bazán Velásquez, presidente del Patronato de Defensa del Patrimonio Cultural de los Valles de Chancay y Huaral, se solicita la delimitación del área intangible de la Glorieta de la Plaza de Armas de Chancay, ubicada en distrito de Chancay, provincia de Huaral y departamento de Lima; Que, se trata de un Monumento declarado por Resolución Directoral Nacional Nº 126/INC de fecha 10 de febrero de 2000; Que, con el Informe Nº 053-2009-SCCC-SDR-DPHCR/ INC de fecha 01 de junio de 2009 de la Sub Dirección de Registro de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano, se evaluó la documentación presentada; Que, mediante el Acuerdo Nº 05 de fecha 07 de julio de 2009, la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urbanismo encargó a la Sub Dirección de Registro precisar la dependencia del Marco Circundante de Protección con referencia al monumento; Que, con el Informe Nº 103-2009-SCCC-SDR- DPHCR/INC de fecha 28 de agosto de 2009 y plano Nº MCP 002 de código INC-DPHCR-SDR-MCP-002-2009 la Sub Dirección de Registro de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano, propone la delimitación del marco circundante de protección solicitado por la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urbanismo; Que, de la evaluación del expediente administrativo, la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urbanismo emitió el Acuerdo Nº 04 de fecha 02 de octubre de 2009, considerando que: el inmueble corresponde a la Glorieta central de la Plaza de Armas del distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de Lima, construida a inicios del siglo XX por el carpintero Leopoldo Risco y donada por el Sr. Luis Felipe del Solar, dueño de la hacienda San Galiano, siendo inaugurada en el año 1914 por las autoridades del lugar; Que, la glorieta es de estilo neoclásico y se encuentra ubicada al centro de la plaza sobreelevada del nivel del piso, por lo que el acceso se realiza a través de graderías, su estructura es de madera (caoba) ensamblada y está compuesta por: cuerpo de forma octogonal delimitado por 16 pilastras gemelas de sección cuadrada con remate de fi na decoración morisca, techo a ocho aguas con linterna y chapitel, estructura de viguetería y paneles de madera; la baranda que se apoya sobre la base y está compuesta por balaustres rectos horizontales y verticales con fi guras geométricas, la base de concreto presenta aplicaciones de enchape de canto rodado así como su piso inmediato, el piso de la glorieta es de cemento pulido y coloreado con formas geométricas; Que, la Plaza de Armas de Chancay de forma octogonal, presenta piso cerámico tipo grafi to, mobiliario urbano tales como: bancas de madera, postes de luz, 03 monumentos de factura moderna y áreas de jardinería; uno de los monumentos corresponde a la imagen de bronce del Teniente de Granaderos de los Andes Pascual Pringles ofrendado por la Nación de Argentina en 1974 en el sesquicentenario de las batallas de Junín y Ayacucho, el mismo que en la actualidad ha sido pintado sin ninguna técnica de conservación compatible con el bronce, en los alrededores conserva el piso de canto rodado de época colonial que fue recientemente restaurado por la Municipalidad Distrital de Chancay con aprobación previa del INC. Asimismo existen en los alrededores fi cus de principios del siglo XX que ameritan su conservación como parte integrante del paisaje circundante de la plaza y glorieta. La glorieta se encuentra delimitada por las siguientes calles: Por el Norte : con calle Luis Felipe del Solar Por el Sur : con calle Sáenz Peña Por el Este : con calle Simón Bolívar Por el Oeste : con calle López de Zúñiga El valor cultural de la plaza se halla en su función intrínseca de espacio público, el mismo que se ha convertido en el referente urbano del núcleo fundacional de su población, a partir del cual se fue desarrollando el distrito de Chancay, adquiriendo de esta manera un valor histórico y urbanístico. Las múltiples intervenciones que ha sufrido la plaza a lo largo del tiempo han eliminado las evidencias físicas de su tratamiento original, así como de las edifi caciones de arquitectura civil y pública que la componían ya que a la fecha en su mayoría son de factura moderna y varían de 02 a 04 pisos de altura, sin embargo también se encuentra ubicada la Iglesia matriz de estilo neoclásico, por lo que aún persisten algunos elementos de gran valor cultural, histórico y tecnológico como las vías, que determinan el espacio público dependiente de la plaza y su glorieta, debiendo protegerse ante futuras intervenciones que puedan alterar su estructura, su dominio espacial y su signifi cación cultural; Que, respecto al estado de conservación de la Glorieta, ésta se encuentra en buen estado ya que en ella se han ejecutado recientemente trabajos de conservación y mantenimiento; Que, por los considerandos antes expuestos, la Comisión aludida acordó aprobar la delimitación de marco circundante de protección de la Glorieta de la Plaza de Armas de Chancay, distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de Lima, de acuerdo al Plano Nº