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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (05/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 60

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de diciembre de 2009 407374 Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, la cual radica en la facultad de ejercer actos de Gobierno y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Art. 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, mediante Ordenanza Nº 1099-MML, publicada el 12 de diciembre de 2007, se aprobó el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Suelo de los Distritos de Ate, Chaclacayo y Lurigancho – Chosica, que forman parte de las áreas de tratamiento normativo I, II y IV de Lima Metropolitana. Que, en la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 1099-MML se indica que se suspenden los cambios específi cos de zonifi cación, salvo que excepcionalmente se presenten iniciativas de inversión que califi quen de interés local por el Concejo Municipal Distrital respectivo o de interés Metropolitano por la Municipalidad Metropolitana de Lima, para lo cual, la Municipalidad Distrital, evaluando el comportamiento de la zonifi cación en el área urbana y tomando en cuenta la opinión de los vecinos directamente afectados (ubicados en ambos frentes de la vía en donde se localiza la zona materia de cambio y opcionalmente en el predio posterior y en las manzanas circundantes), estudiará la factibilidad del Cambio Específi co de Zonifi cación, emitiendo el Informe Técnico correspondiente. Que, la Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro, ha remitido el Informe Nº 060-2009-PLZM y el Informe Nº 895-2009/MDA-GDU-SGPUC luego de haber evaluado técnicamente los requerimientos formulados para el nuevo reajuste de la zonifi cación, conforme la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 1099-MML, cumpliendo con los procedimientos y normativas vigentes; indicando además, que debido al proceso dinámico del crecimiento urbano y desarrollo inmobiliario en el distrito, se han formulado nuevos requerimientos y modifi caciones de zonifi cación que han sido considerados de interés local por cuanto éstos promueven la inversión pública y privada en el Distrito de Ate, los mismos que han sido contemplados en el Plano Nº 002-2009-RZ-SGPUC-GDU/MDA. Que, mediante Informe Nº 1124-2009-MDA/OGAJ la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, sostiene que de conformidad a lo establecido en la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Nº 1099-MML, legalmente es factible el cambio Específi co de Zonifi cación propuesto, por cuanto éstos promueven la inversión pública y privada en el Distrito de Ate, encontrándose debidamente sustentada mediante el Informe Técnico de la Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro de la Gerencia de Desarrollo Urbano, recomendando que mediante Acuerdo de Concejo, se declare de Interés Local el Cambio Específi co de Zonifi cación propuesto, elevándose los actuados a la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la prosecución del trámite correspondiente conforme a su competencia. Que, mediante Dictamen Nº 039-2009-MDA/CDUyOP la Comisión de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, recomienda aprobar el Acuerdo de Concejo que Declara de Interés Local la propuesta de Cambio Específi co de Zonifi cación contenida en el Plano Nº 002-2009-RZ- SGPUC-GDU/MDA, por cuanto éstos coadyuvan con la inversión pública y privada en el Distrito de Ate. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y contando con el voto por mayoría de los señores regidores asistentes a la sesion de concejo de la fecha y con la dispensa del trámite de lectura y aprobacion de actas; SE ACUERDA: Artículo 1º.- APROBAR el Dictamen Nº 039-2009-MDA/ CDUyOP de la Comisión de Desarrollo Urbano y Obras Públicas; sobre Declarar de Interés Local, la propuesta de Cambio Específi co de Zonifi cación contenida en el Plano Nº 002-2009-RZ-SGPUC-GDU/MDA, el mismo que forma parte integrante del presente Acuerdo de Concejo. Artículo 2º.- DISPONER la Transcripción y Publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y poner en conocimiento del mismo a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Planifi cación Urbana y Catastro, para los fi nes convenientes. Artículo 3º.- DISPONER que a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano, se remitan los actuados a la Municipalidad Metropolitana de Lima para la continuación del trámite correspondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN ENRIQUE DUPUY GARCÍA Alcalde 431371-1 MUNICIPALIDAD DE COMAS Disponen el embanderamiento general del distrito DECRETO DE ALCALDÍA N° 012-2009-A/MC Comas, 30 de noviembre de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS. CONSIDERANDO: Que, el 12 de Diciembre próximo se celebra el 48° Aniversario de la Creación Política de Distrito de Comas, Provincia de Lima y Departamento de Lima; Que, ante este importante acontecimiento, es deber del Gobierno Local promover la Participación Ciudadana, estimulando la afi rmación de valores como la cooperación, reciprocidad, solidaridad e identidad, así como revalorando el esfuerzo permanente y las más importantes gestas de nuestro pueblo para avanzar por la ruta del progreso, vencer la pobreza y mejorar sus condiciones de vida, construyendo las vías y los medios para la realización de las legítimas aspiraciones personales y colectivas; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades que le confi ere el Artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- DISPONER, el EMBANDERAMIENTO GENERAL, de todos los inmuebles del Distrito de Comas, desde el día 05 hasta el 13 de diciembre de 2009, con ocasión de conmemorarse el 48° Aniversario de la Creación Política del Distrito de Comas, Provincia y Departamento de Lima. Artículo 2º.- ESTABLECER que el incumplimiento de este dispositivo dará lugar a las sanciones de Ley. Artículo 3º.- ENCARGAR, a la Gerencia de Participación Vecinal y a la Gerencia de Fiscalización y Seguridad Ciudadana, la implementación y difusión del presente Decreto, para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 431266-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Establecen disposiciones para la elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital DECRETO DE ALCALDÍA Nº 019-2009-MDJM Jesús María, 2 de diciembre del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESUS MARIA;