Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2009 (05/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de diciembre de 2009

setiembre de 2009 y el Acuerdo Nº 437-2009-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU de fecha 13 de octubre de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verificacion de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el articulo 3° Inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion N° 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, en el articulo 10º del referido Estatuto, se establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 07 de octubre de 2004, se aprueba el Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no Pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento); el mismo que regula el procedimiento y los requisitos que deben cumplir las Promotoras con la finalidad de Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional de los Proyectos de Universidades que promueven; Que, en el articulo 32º inciso a) del Reglamento, se establece que: "Las recomendaciones para el pronunciamiento del CONAFU, se ajustaran a cualquiera de las alternativas siguientes: a) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado por la Promotora"; Que, en el articulo 34º del Reglamento, se establece que: "El Pleno del CONAFU se pronunciara, en el termino de quince (15) dias calendarios a partir de la recepcion del Informe Final de la Comision de Evaluacion y Consolidacion, sobre el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado, aprobando, condicionando la aprobacion o desaprobando el Proyecto de Universidad o de Escuela de Postgrado Particular. Analizando los informes y el expediente podra adoptar cualquiera de las recomendaciones senaladas en el articulo 32º"; Que, mediante carta s/n recibida en fecha 25 de enero de 2008, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion legal de la Promotora Educacion y Desarrollo MORDAZA S.A.C., solicita la autorizacion de funcionamiento del Proyecto de la Universidad Global del MORDAZA, adjuntando la documentacion correspondiente para su evaluacion; Que, por Resolucion Nº 262-2008-CONAFU de fecha 10 de MORDAZA de 2008, se resuelve admitir a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Global del MORDAZA presentado el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion legal de la Promotora Educacion y Desarrollo MORDAZA S.A.C., con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria en Tecnologia de Informacion y Comunicacion, 2) Administracion de Negocios Globales, 3) Administracion de Negocios Turisticos; bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Que, por Resolucion Nº 269-2008-CONAFU de fecha 15 de MORDAZA de 2008, se resuelve conformar la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad Global del Cusco; la mima que se encuentra integrada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ascuna, Elser MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal respectivamente; Que, por Oficio Nº 1959-2008-CONAFU-P de fecha 27 de octubre de 2008, el Presidente del CONAFU remite al Proyecto de la Universidad Global del MORDAZA, el Informe Preliminar del de la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto universitario, otorgandole quince dias habiles para que cumpla con levantar las observaciones encontradas; Que, por Resolucion Nº 089-2009-CONAFU de fecha 18 de febrero de 2009, se resuelve: rectificar el error material contenido en el articulo MORDAZA de la Resolucion Nº 2692008-CONAFU de fecha quince de MORDAZA del dos mil ocho;

el cual debe decir: "ARTICULO SEGUNDO.- Prosigase con el tramite de la solicitud de Aprobacion del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Global del MORDAZA, bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo N° 882, de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 07 de Octubre de 2004 y toda la normatividad vigente del CONAFU". Que, por Oficio S/N COMCALF-R Nº 269-2008CONAFU-P recibido en fecha 19 de febrero del 2009, el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ascuna, en calidad de Presidente de la Comision Calificadora encargada de evaluar el proyecto universitario, presenta el informe final correspondiente realizado por la Comision, recomendando a la Promotora si lo cree conveniente, presentar un MORDAZA Proyecto de Desarrollo Institucional, que debe ser elaborado de acuerdo a lo establecido en la Resolucion Nº 196-2004CONAFU, y demas normas pertinentes; y sugiere al Pleno: No aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Global del Cusco; Que, por Resolucion Nº 130-2009-CONAFU de fecha 11 de marzo de 2009, se resuelve: No Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Global del MORDAZA presentado el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion legal de la Promotora Educacion y Desarrollo MORDAZA S.A.C., con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria en Tecnologia de Informacion y Comunicacion, 2) Administracion de Negocios Globales, 3) Administracion de Negocios Turisticos; bajo el Regimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Que, mediante Escrito recibido con fecha 16 de marzo de 2009, el senor MORDAZA Alcayahuaman MORDAZA, Presidente de la Asociacion de Abogados de la MORDAZA de la Union de la Provincia Dos de MORDAZA, Promotora del Proyecto de Universidad Global del MORDAZA, interpone Recurso de Reconsideracion al Acuerdo Nº 109-2009-CONAFU; el recurrente alega que en visita a la instalaciones del CONAFU, se dio por enterado del acuerdo tomado por el Pleno del CONAFU en la sesion realizada en fecha 09 y 10 de marzo de 2009, donde se acordo la no viabilidad de su proyecto, por motivo de no haber levantado las observaciones remitidas mediante el Oficio Nº 1959-2008-CONAFU-P, que fuera notificado y recepcionado por la senora de nombre MORDAZA Quispe; asi mismo alega que la referida senora no es parte de la promotora, ni es persona autorizada para recibir informacion de su Proyecto Universitario; Que, por Resolucion Nº 186-2009-CONAFU de fecha 15 de MORDAZA de 2009, se resuelve declarar la nulidad del acto de notificacion del Oficio Nº 1959-2008-CONAFU-P, que remite el Informe realizado por la Comision Calificadora encargada de evaluar el Proyecto de Universidad Global del MORDAZA, en consecuencia declarar la nulidad de todas las acciones administrativas practicadas con posterioridad a dicho acto; revocar la Resolucion Nº 130-2008-CONAFU de fecha 12 de marzo de 2009; y disponer notificar el informe realizado por la Comision Calificadora encargada de evaluar el referido Proyecto, a fin de subsanar las observaciones encontradas en el PDI, otorgandole para ello un plazo de quince dias habiles; Que, con escrito s/n recibido con fecha 25 de MORDAZA de 2009, el senor MORDAZA Alcayahuaman MORDAZA, Presidente de la Promotora de Educacion y Desarrollo MORDAZA S.A.C., del Proyecto de Universidad Global del MORDAZA, solicita un plazo adicional de cinco dias habiles para que cumpla con levantar las observaciones remitidas mediante Resolucion Nº 186-2009-CONAFU; Que, por Resolucion Nº 289-2009-CONAFU de fecha 05 de junio de 2009, se resuelve otorgar por unica vez, a la Promotora de Educacion y Desarrollo MORDAZA S.A.C., del Proyecto de Universidad Global del MORDAZA, un plazo adicional de cinco dias habiles - contados a partir del vencimiento inicial -; a efectos de que cumpla con presentar el levantamiento de observaciones remitidas mediante Resolucion Nº 186-2009-CONAFU-2009. Que, con Oficio N° 03.PP /2009 recibido con fecha 01 de junio de 2009, los senores MORDAZA MORDAZA Alccyhuaman G y MORDAZA Alcayhuaman A, responsable del Proyecto y Presidente de la Promotora, respectivamente, presentan el levantamiento de observaciones del Proyecto de la Universidad Global del Cusco; Que, por escrito s/n recibido con fecha 14 de setiembre de 2009, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ascuna,

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