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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (05/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de diciembre de 2009 407363 UNIVERSIDADES Aprueban la Tercera Convocatoria a Concurso Público Ordinario para Nombramiento de Profesores en la Universidad Nacional de San Martín - Tarapoto 2009 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN-TARAPOTO CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN Nº 442-2009-UNSM/CU-R Tarapoto, 20 de noviembre de 2009 Visto el Expediente Nº 4504-2009/SG, que contiene la Carta Nº 832-2009-UNSM/VR.ACAD, sobre Tercera Convocatoria a Concurso Público Ordinario para Nombramiento de Profesores en la UNSM-T 2009; CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de San Martín – Tarapoto es una institución descentralizada, autónoma con personería jurídica de derecho público interno; se rige por la Constitución Política del Estado, la legislación universitaria vigente, el presente Estatuto y su Reglamento General que es una comunidad de profesores, estudiantes y graduados, dedicada al estudio, investigación, educación, difusión del saber y la cultura, a la extensión y proyección social, formando profesionales humanistas, científi cos, con excelencia académica competitiva, para los cambios del desarrollo de la región y del país; Que, por intermedio de la Carta Nº 832-2009-UNSM/ VR.ACAD el Vicerrector Administrativo de la UNSM-T hace de conocimiento al Señor Rector de la UNSM-T, la solicitud de Reconsideración de Docentes Contratados al Concurso Público Ordinario para Nombramiento de Profesores en la UNSM-T 2009, por no encontrar sus plazas en la publicación de la Segunda Convocatoria de los Docentes Contratados mediante Resolución Nº439- 2009-UNSM/CU-R de fecha 05 de Noviembre del 2009, para ser analizada en Consejo Universitario de la UNSM- T; Que, con Resolución Nº439-2009-UNSM/CU- R de fecha de 05 Noviembre del 2009, se aprueba la Convocatoria a Concurso Público Ordinario para Nombramiento de Profesores en la Universidad Nacional de San Martín-Tarapoto 2009 a nivel Nacional; Que, la Universidad Nacional de San Martín-Tarapoto en ejercicio de su autonomía universitaria, tiene la facultad a través del Consejo Universitario y la Ley Universitaria, nombrar a su personal profesional docente en sus diferentes carreras profesionales (artículo 6º inciso “c” y artículo 23º inciso “m” del Estatuto de la UNSM-T) y el nombramiento para el ingreso a la carrera docente en la UNSM-T se realizará mediante concurso público de méritos y prueba de capacidad docente, convocado a nivel nacional, en concordancia con la Ley Nº 23733, el presente Estatuto y el Reglamento de Ingreso a la docencia Universitaria en Condición de Nombrado- 2009 (artículo 159º del Estatuto de la UNSM-T y artículos 42º al 52º Ley Universitaria Nº23733) y la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 Ley Nº 29289 artículo 8º ; Que, para la Tercera Convocatoria a Concurso Público Ordinario para Nombramiento de Profesores en la UNSM-T 2009, se realizará a nivel nacional publicándose en un diario de circulación nacional, a nivel regional en un diario de mayor circulación local, así como también en la Página Web de la UNSM-T, con una anticipación no menor de 30 días (Artículo 159º y 160º del estatuto de la UNSM-T); Que, en la publicación de la Tercera Convocatoria a Concurso Público Ordinario para Nombramiento de Profesores en la UNSM-T 2009, se consignará las plazas que serán ofertadas para el nombramiento, el Que, en tanto los temas a tratar en el citado evento serán de utilidad y aplicación directa para la mejora y fortalecimiento del marco de regulación, supervisión y procesos internos de la SBS, toda vez que por su contenido y alcance posibilitarán una mejor y más cabal identifi cación y comprensión de los conocimientos, experiencias y mejores prácticas en temas propios del sistema fi nanciero, se ha designado en esta oportunidad, al señor Demetrio Castro Zárate, Intendente General de Microfi nanzas de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas de la SBS para que asista al indicado Seminario, quien asimismo, en el marco de la agenda prevista, participará como Panelista en la sesión: “Regulación Financiera, Desarrollo de la Agricultura Familiar y Microfi nanzas Agrícolas y Rurales”; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-12, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2009, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el indicado evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos serán cubiertos por el Foro Latinoamericano y del Caribe de Finanzas Rurales – FOROLACFR, debiendo asumir esta Superintendencia, los costos por concepto de viáticos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2009; En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros” y la Resolución SBS Nº 15193 – 2009, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2009, Nº SBS-DIR-ADM- 085-12; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Demetrio Castro Zárate, Intendente General de Microfi nanzas de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas de la SBS, a la ciudad de Fortaleza, República Federativa de Brasil, del 05 al 10 de diciembre de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo serán cubiertos por el Foro Latinoamericano y del Caribe de Finanzas Rurales - FOROLACFR, debiendo asumir esta Superintendencia, los costos por concepto de viáticos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2009, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 800,00 Tarifa CORPAC US$ 31,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODONICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 432096-1