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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (05/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de diciembre de 2009 407367 CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza Regional N° 007-2007-GOB.REG. TUMBES-CR, el Gobierno Regional declaró de Necesidad Pública e Interés Regional, la ejecución del Proyecto de Irrigación de las Márgenes Derecha e Izquierda del Río Tumbes; Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional N° 185- 2007/GOB.REG.TUMBES-CR-CD, el Consejo Regional aprobó transferir un fondo semilla del 50% del 20% del canon que corresponde al Gobierno Regional; Que, la Ley N° 29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2009, promulgada en noviembre del 2008 y publicada el 11 de diciembre del 2008, en el inciso c), de la Vigésima Sétima Disposición Final, autoriza la creación de la Unidad Ejecutora Proyecto Especial Irrigación de la Margen Derecha del Río Tumbes en el Pliego Gobierno Regional de Tumbes, con cargo a sus propios recursos; Que, al amparo de la Ley N° 29289 que autoriza la creación de la Unidad Ejecutora del Proyecto Especial Irrigación de la Margen Derecha del Río Tumbes en el Pliego Gobierno Regional de Tumbes, y normas regionales vigentes, corresponde aprobar la creación de la mencionada Unidad Ejecutora; Que, asimismo, para la transferencia presupuestaria y fi nanciera a favor de la Unidad Ejecutora del Proyecto Especial Irrigación de la Margen Derecha del Río Tumbes, se requiere previamente contar con los documentos de gestión, la estructura funcional, la designación del potencial humano, implementación con equipos e instalación del SIAF, para la administración propia de esta Unidad Ejecutora; Que, con fecha 13 de octubre del 2009, la Jefe de Asesoría Legal, con Informe N° 822-2009/GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES-GGR-ORAJ, emite opinión favorable para que se apruebe el Manual de Operaciones del Proyecto Especial “Irrigación de la Margen Derecha del Río Tumbes”. Que, en Sesión Extraordinaria del 29 de octubre del 2009, se realizaron una serie de observaciones al documento de gestión Manual de Operaciones del Proyecto Especial Irrigación de la Margen Derecha del Río Tumbes; Que, con Ofi cio N° 398-2009/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-PR-GGR, de fecha 05 de Noviembre del 2009, el Mg. John P. Dios Valladolid hace llegar al Consejo Regional el Informe N° 067-2009/GOBIERNO REGIONAL TUMBES- GGR-GRPPAT-SGDI-SG, mediante el cual la Mg. Maria del Pilar Ladines Romero, remite al Sub Gerente de Desarrollo Institucional, el levantamiento de observaciones realizadas por el Consejo Regional durante la Sesión Extraordinaria de Consejo realizada con fecha 29 de octubre del 2009, modifi cándose el artículo 8°, por el cual el Gerente General del Proyecto Especial Margen Derecha del Río Tumbes será designado por concurso público de méritos conforme a la normatividad vigente y el artículo 13° por el cual el Consejo Directivo estará conformado por 05 miembros (03 representantes del Gobierno Regional; 01 representante del Colegio de Ingenieros del Perú y 01 representante de la Junta de Usuarios de Riego; Que, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia así como aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con la Constitución Política del Estado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias Leyes Nºs. 27902, 28968 y 29053; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- CRÉASE la Unidad Ejecutora del Proyecto Especial Irrigación de la Margen Derecha del Río Tumbes. Artículo Segundo.- APRUÉBASE el documento de gestión Manual de Operaciones del Proyecto Especial “Irrigación de la Margen Derecha del Río Tumbes”, cuyo texto anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional, con las siguientes modifi caciones efectuadas: a) Artículo 13°: El Consejo Directivo estará conformado por 05 personas: Dos representantes del Gobierno Regional, un representante de la Universidad Nacional de Tumbes, un representante del Colegio de Ingenieros, un representante de la Junta de Usuarios de Riego. b) En los artículos pertinentes, deberá consignarse que el Gerente General, los Organos de Asesoramiento, Apoyo y de Línea, serán designados por concurso público de méritos, conforme a la normatividad vigente. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación conforme a lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el documento de gestión: Manual de Operaciones del Proyecto Especial “Irrigación de la Margen Derecha del Río Tumbes” será publicado por los funcionarios responsables de transparencia, en la página web: www.regiontumbes.gob.pe Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su Promulgación. En Tumbes a los 26 días del mes de noviembre del dos mil nueve. CARLOS W. CRUZ MORALES Consejero Delegado POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en el Gobierno Regional de Tumbes el WILMER FLORENTINO DIOS BENITES Presidente Regional 431718-1 Exoneran de proceso de selección la elaboración del Expediente Técnico del Proyecto: Construcción de Defensa Ribereña en el distrito de San Juan de la Virgen, así como otros proyectos ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 094-2009/GOB.REG.TUMBES-CR-CD Tumbes 30 de noviembre del 2009 VISTO: En Sesión Extraordinaria de Consejo Regional Nº 18- 2009, de fecha 28 de noviembre del 2009, el dictamen de la Comisión de Recursos Naturales, de fecha 27 de noviembre del 2009. CONSIDERANDO: Que, mediante documento de visto los consejeros: Carmen Barro Olaya, Paola Ramírez Medina y Ricardo Rosales Medina, integrantes de la Comisión de Recursos Naturales, ponen a consideración del Pleno del Consejo Regional la aprobación de exoneración de la elaboración de Expediente Técnico de la obra Construcción de Defensa Ribereña en el Distrito de San Juan de la Virgen, Provincia y Departamento de Tumbes, y de la ejecución de 13 obras de prevención por el Fenómeno del Niño; Que, el período de lluvias es un fenómeno recurrente, el cual no escapa a la historia de nuestro territorio desde tiempos inmemoriales, cuya característica fundamental es el aumento signifi cativo del recurso hídrico por encima de sus niveles habituales; situación que de no tomar las previsiones del caso, condicionan daños en los elementos expuestos, esto debido a sus condiciones intrínsecas de vulnerabilidad; Que, las fuertes lluvias e inundaciones ocurridas a través del tiempo y especialmente en los últimos años en el norte del Perú, han ocasionado serios daños en la infraestructura como en la parte socioeconómica de esta parte del país; Que, hay que tener en cuenta las predicciones climáticas realizadas por la Agencia Nacional y Atmosférica de Estados Unidos – NOAA, que confi rma el inicio del