Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2009 (09/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES
29 de Enero 2010 13 de Febrero 2010 27 de Febrero 2010 15 de Marzo 2010 31 de Marzo 2010
D) Multas Administrativas Ordenanza Nº 006-2009-MPH por

407549
60% 55% 50% 45% 40%
incumplimiento:

ORDENANZA QUE ESTABLECE EL REGIMEN DE INCENTIVOS TRIBUTARIOS CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 1º.- OBJETO DE LA NORMA. Establezcase el Regimen de Incentivos a favor de los Contribuyentes de la Municipalidad Provincial de Huaral, cuyo objeto es: "Reducir los niveles de morosidad, aplicables a los contribuyentes deudores por sus obligaciones tributarias y administrativas, contraidas y/o por contraer con la Municipalidad Provincial de Huaral. Articulo 2º.- VIGENCIA. El periodo de vigencia de la presente Ordenanza sera a partir del dia siguiente de su publicacion hasta el 31 de marzo del 2010. CAPITULO II GERENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Articulo 3º.- ALCANCE DEL REGIMEN DE INCENTIVOS. El regimen de incentivos dispuesto en el Articulo 1º comprende: Las deudas pendientes o las que se generen en las via ordinaria y coactiva: por Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular; Multas Tributarias por omision a la MORDAZA de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial y/o Impuesto Vehicular; Multas Tributarias por Subvaluacion y Multas Administrativas generadas por el incumplimiento de la Ordenanza Nº 006-2005-MPH. Articulo 4º.- DE LAS DEUDAS PENDIENTES. A las deudas senaladas en el Articulo 3º se les condonara los intereses moratorios, factor de reajuste, de acuerdo a los criterios siguientes: A) Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular y Arbitrios

1) Condonacion del 100 % de intereses moratorios. 2) Condonacion del adeudo de la obligacion principal, de acuerdo a los criterios siguientes:

HASTA El 15 de Diciembre 2009 El 30 de Diciembre 2009 15 de Enero 2010 29 de Enero 2010 13 de Febrero 2010 27 de Febrero 2010 15 de Marzo 2010 31 de Marzo 2010

CONDONACION 80% 70% 65% 60% 57% 55% 53% 50%

El pago de la Sancion Tributaria y/o Administrativa no exime al administrado de cumplir con la obligacion pendiente. No podran acogerse a la presente Ordenanza, las Multas que se encuentren en MORDAZA de reclamacion judicial y/o administrativo, salvo que presenten el escrito de desistimiento. Articulo 5º.- REQUISITO PARA ACOGERSE. Para acogerse al beneficio descrito en el articulo anterior, bastara estar al dia en el pago de las obligaciones tributarias correspondiente a los periodos 2008 y 2009 o previamente cancelar sus adeudos en la MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaral con los beneficios establecidos en el Regimen de Incentivos. Excepcionalmente la Gerencia de Administracion Tributaria podra otorgar fraccionamiento. Articulo 6º.- DE LOS FRACCIONAMIENTOS VIGENTES. Aquellos contribuyentes que hayan realizado fraccionamientos MORDAZA de la vigencia de la presente Ordenanza, podran presentar desistimiento del mismo, permitiendosele el acogimiento a la misma; para lo cual debera pagar al contado el insoluto de las cuotas pendientes de pago. Articulo 7º.- DE LOS PAGOS EFECTUADOS CON ANTERIORIDAD. Los montos pagados con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza, no seran materia de devolucion o compensacion alguna. Articulo 8º.- REGLAS PARA EL FRACCIONAMIENTO. La cuota inicial minima es del veinticinco por ciento del total de la deuda. El numero MORDAZA de cuotas aplicables es de 12 cuotas de acuerdo a los tramos senalados: Monto Total Insoluto de la Deuda De De De De De S/. S/. S/. S/. S/. 0 hasta 501 hasta 1,001 hasta 2,001 hasta 3,501 hasta S/. S/. S/. S/. S/. 500 1,000 2,000 3,500 6,000 Nº de Cuotas 04 06 08 10 12

HASTA El 15 de Diciembre 2009 El 30 de Diciembre 2009 15 de Enero 2010 29 de Enero 2010 13 de Febrero 2010 27 de Febrero 2010 15 de Marzo 2010 31 de Marzo 2010

CONDONACION 100% 90% 80% 70% 65% 60% 55% 50%

B) Multas Tributarias por omision a la MORDAZA de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial y/o Vehicular. 1) Condonacion del 100% de intereses moratorios. 2) Condonacion de la obligacion principal, de acuerdo a los criterios siguientes:

HASTA El 15 de Diciembre 2009 El 30 de Diciembre 2009 15 de Enero 2010 29 de Enero 2010 13 de Febrero 2010 27 de Febrero 2010 15 de Marzo 2010 31 de Marzo 2010

CONDONACION 97% 95% 92% 90% 88% 85% 80% 75%

C) Multas Tributarias por Subvaluacion en la Declaracion Jurada del Impuesto Predial. 1) Condonacion del 100% de intereses moratorios. 2) Condonacion de la obligacion principal, de acuerdo a los criterios siguientes:

HASTA El 15 de Diciembre 2009 El 30 de Diciembre 2009 15 de Enero 2010

CONDONACION 90% 80% 70%

El Gerente de Administracion Tributaria excepcionalmente podra autorizar el otorgamiento de un mayor numero de cuotas o la modificacion del monto de la cuota inicial. Articulo 9º.DESISTIMIENTO DE RECLAMACIONES. El acogimiento a la presente Ordenanza por los contribuyentes que cuenten con expedientes en reclamo o impugnacion pendientes de Resolucion, genera presuncion para la Administracion Municipal, sin admitir prueba en contrario, del desistimiento de los mismos, enviandose dichos expedientes a su archivamiento definitivo. Articulo 10º.- FACULTAD DISCRECIONAL. El incumplimiento en el pago de dos cuotas seguidas o alternadas (entendiendose por incumplimiento, el pago parcial de una de las cuotas o la falta de pago de la MORDAZA cuota del fraccionamiento) da lugar a la perdida del Regimen de Incentivos; en aplicacion al Reglamento de Fraccionamiento, vigente.

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