TEXTO PAGINA: 33
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de diciembre de 2009 407543 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Aceptan transferencia financiera a favor de la Municipalidad de Atalaya para la construcción del mercado modelo de la ciudad de Villa Atalaya ACUERDO Nº 110-2009-GRU/CR Pucallpa, 26 de noviembre del 2009 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Ordinaria de fecha 25 de noviembre del 2009, con el voto Unánime del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: Primero.- ACEPTAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Atalaya de la suma de S/. 1’000,000.00 nuevos soles para cofi nanciar el Proyecto de Inversión Pública de Competencia Municipal y de Interés Regional “Construcción del Mercado Modelo de la Ciudad de Villa Atalaya, Distrito de Raimondi, Provincia de Atalaya - Ucayali”; con Código SNIP 90867, conforme lo dispone el artículo 75° de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, Ley Nº 28411 y modifi catorias. Segundo.- ENCARGUESE a la Ofi cina Regional de Administración la publicación del presente acuerdo regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en un diario de circulación regional y en el portal web del Gobierno Regional de Ucayali. (www.regionucayali.gob.pe) POR TANTO: Mando se publique y cumple. JOSÉ LUIS RÍOS RAMÍREZ Consejero Delegado Consejo Regional 432791-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Crean el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) en la Municipalidad ORDENANZA Nº 181 San Juan de Lurigancho, 2 de diciembre del 2009 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Visto en la Sesión Ordinaria de la fecha la Carta Nº 00005-2009-R-VDLC-P-CDS-MDSJL de fecha 20/11/2009 de la Comisión de Desarrollo Social a través de la cual remite el Dictamen Nº 0004 de la indicada comisión, el Ofi cio Nº 0414-2009-SG/MDSJL de fecha 19/10/2009 de la Secretaría General, el Informe Nº 463-2009-GAJ/MDSJL de fecha 15/10/2009 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 0171-09-GDS/MDSJL de fecha 21/09/2009 de la Gerencia de Desarrollo Social, el Informe Nº 0232- 09-S-GDH/GDS/MDSJL de fecha 18/09/2009 de la Sub Gerencia de Desarrollo Humano así como el Informe Nº 131-09-DEMUNA-SGDH/GDS/MDSJL de fecha 04/09/2009, en relación al proyecto de ordenanza que crea el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) en la Municipalidad de San Juan de Lurigancho; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo 194º establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo el Artículo 4º de nuestra Carta Magna precisa que la comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono, por otro lado el Artículo 7º señala que todos tienen derecho a la protección de la salud, del medio familiar y de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece en el Artículo 84º numeral 2.4. que son funciones específi cas, exclusivas de las Municipalidades Distritales, organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, de niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en situación de discriminación; Que, el Artículo 6º de la Ley Nº 28803, Ley de las Personas Adultas Mayores, establece que el órgano rector es la Dirección de Personas Adultas Mayores, órgano de Línea del Viceministerio de la Mujer, del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES), encargada de promover, coordinar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos sobre las personas adultas mayores; Que, el Artículo 8º de la precitada norma legal establece que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES) promueve a través de la Dirección de Personas Adultas Mayores, la creación de Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM) en las Municipalidades Provinciales y Distritales; Que, el Artículo 6º, tercer párrafo del Decreto Supremo Nº 013-2006-MIMDES, Reglamento de la Ley de las Personas Adultas Mayores, Ley Nº 28803, establece que las Municipalidades dispondrán las medidas administrativas necesarias y establecerán alianzas estratégicas para la implementación progresiva de los servicios que deben brindar los Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor (CIAM); Que, de conformidad con las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el VOTO UNÁNIME del pleno del Concejo Municipal y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del acta aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL CENTRO INTEGRAL DE ATENCION AL ADULTO MAYOR (CIAM) EN LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Primero.- La presente Ordenanza tiene como fi nalidad crear el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) en la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho como Unidad de Gestión adscrita a la Gerencia de Desarrollo Social, en concordancia con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 28803, Ley de las Personas Adultas Mayores y el artículo 6º del D.S. Nº013-2006-MIMDES. Artículo Segundo.- El Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) es el espacio Municipal de prestación, coordinación y articulación, intra e interinstitucional de servicios básicos integrales y multidisciplinarios, para el bienestar y promoción social de las personas Adultas Mayores del distrito de San Juan de Lurigancho. Artículo Tercero.- El Centro Integral del Adulto Mayor (CIAM) de San Juan de Lurigancho, articula a todas aquellas personas adultas mayores domiciliadas en el distrito, que voluntaria e individualmente decidan inscribirse y participar en los programas que organice y ejecute la Gerencia de Desarrollo Social. Artículo Cuarto.- Objetivos del CIAM - Asegurar espacios saludables e integrales de socialización en benefi cio de la población de dicho segmento social, garantizando la inclusión de las personas Adultas Mayores con alguna discapacidad, así como de las familias que tienen a su cargo Adultos Mayores con Dependencia. - Promover la participación activa, concertada y organizada de las personas Adultas Mayores y otros sectores de la Jurisdicción de San Juan de Lurigancho.