Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2009 (09/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
(14) Interseccion de la Prolongacion MORDAZA con el Jr. Glorieta. (15) Interseccion del Jr. MORDAZA con el MORDAZA San Sebastian. (16) Interseccion del Jr. MORDAZA con el Jr. MORDAZA Pizarro. (17) Interseccion de la Av: Mariscal MORDAZA con el Jr. Malecon Paris. (18) Interseccion del Jr. Malecon MORDAZA con el Jr. Munive. (19) Interseccion del Jr. MORDAZA con el Pasaje Ica. (20) Interseccion de la Av. MORDAZA Alto el MORDAZA Alameda Valdelirios. (21) Interseccion del Jr. MORDAZA Seco con el Jr. 28 de Julio. (22) Interseccion del Jr. 28 de MORDAZA con el Jr. Chorro. (23) Interseccion del Jr. Chorro con el Jr. Libertad. (24) Interseccion del Jr. San MORDAZA con el Jr. Libertad. (25) Interseccion del Jr. Los Andes con el Jr. San Martin. (26) Interseccion del Jr. Sucre con la Vereda-6A. (27) Interseccion del Jr. Sucre con el Jr. Lima. (28) Interseccion del Jr. Sucre con el Jr. Bellido. (29) Interseccion del Jr. Sucre con el Av. Mariscal Caceres. Cerrando la poligonal en el vertice (1) Interseccion del Jr. Manco Capac con el Jr. Sucre.

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de diciembre de 2009

Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Transportes de la Municipalidad Provincial de Huamanga el cumplimiento de la presente Ordenanza, con el apoyo de la Policia Nacional del Peru, Fiscalia de Prevencion del Delito, Defensoria del Pueblo y demas organos estructurados de la Municipalidad el cumplimiento estricto de la presente ordenanza, bajo responsabilidad. Articulo Tercero.- ESTABLECER que la presente Ordenanza Municipal, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y sera publicado en el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huamanga (www.munihuamanga.gob.pe) en la misma fecha. Articulo Sexto.-ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General, Sub Gerencia de Sistemas e Imagen Institucional de la Municipalidad Provincial de Huamanga la difusion de la presente ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA S. MARTINELLI CHUCHON MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huamanga

432402-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Establecen Regimen Tributarios de Incentivos

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2009-MPH Huaral, 27 de noviembre del 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA; VISTO: En Sesion Extraordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que establece el Regimen de Incentivos Tributarios; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - D.S. Nº 135-99-EF,

establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modificar, suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; estipulando su Articulo 41º que: "Excepcionalmente, los gobiernos locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administre. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo". Que, la Ley General de Transporte y de MORDAZA Terrestre - Ley Nº 27181 en su Articulo 11º establece que las Municipalidades Provinciales estan facultadas para emitir normas complementarias para la aplicacion de los reglamentos nacionales en materia de transporte, asimismo el Articulo 17º de la citada MORDAZA les otorga la facultad de recaudar y administrar los recursos provenientes del pago de multas por infracciones de MORDAZA contenidas en el Reglamento Nacional de MORDAZA, Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC. Que, el Articulo 288º del Reglamento Nacional de MORDAZA aprobado mediante D.S. Nº 033-2001-MTC, se considera infracciones al MORDAZA a las acciones u omisiones que contravengan las disposiciones contenidas en el aludido texto legal las sanciones segun corresponda, dentro de las sanciones administrativas encontradas a las multas que implican la cancelacion de una sancion pecuniaria al cual puede ser reducida o dejada sin efecto a criterio de la municipalidad competente en virtud a la autonomia politica, economica, y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomia que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico esto de conformidad al Articulo II Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades. Que, la Municipalidad Provincial de Huaral tiene pendiente de cobro, una importante cartera por concepto de deudas tributarias y no tributarias; en ese sentido, las Municipalidades pueden establecer beneficios y facilidades de pago a sus administrados con la finalidad de regularizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de las sanciones administrativas teniendo en cuenta la capacidad contributiva y la mejora en la calidad de MORDAZA de los vecinos de Huaral. Que, con Informe Tecnico Nº 030-2009-GAT/MPH, la Gerencia de Administracion Tributaria indica que la accion de la Administracion Tributaria para determinar la obligacion tributaria, asi como la accion para exigir su pago y aplicar sanciones prescribe a los cuatro anos, y a los 6 anos para quienes no hayan presentado la declaracion respectiva y que las Cuentas por Cobrar de caracter No Exigible asciende a la suma de S/. 4'333,172.20 Nuevos Soles constituyendose en Cuentas de Cobranza Dudosa; manifestando que se hace necesario establecer el Regimen de Incentivos que contribuyan a que el administrado, en forma voluntaria, honre sus compromisos. Que, mediante Informe Nº 036-2009-MPH/GTTSV, la Gerencia de Transporte, MORDAZA y Seguridad Vial informa que existen papeletas de infraccion que se encuentran en calidad de incobrables durante muchos anos y en algunos casos se encuentran en la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva, por lo que es conveniente que se genere una politica municipal de facilidades de pago; senalando que se hace necesario establecer el Regimen de Incentivos que permita al administrado honrar de forma voluntaria las deudas adquiridas con la Municipalidad Provincial de Huaral. Que, a traves del Informe Nº 536-2009-MPH-GDU, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA manifiesta que se debe realizar una estrategia que logre un incremento de la regularizacion o acogimiento al cumplimiento de las normas municipales, como es el procedimiento de Licencia de Edificaciones, Pago de Multas Administrativas; considerando conveniente que se proponga al Concejo Municipal el otorgamiento de beneficios para aquellos que se acojan al cumplimiento de las normas municipales. Que, estando al Informe Nº 230-A-2009/MPH/GSP de la Gerencia de Servicios Publicos, Informe Nº 425-2009MPH-OAJ/CECCH de la Oficina de Asesoria Juridica, Informe Nº 289-2009-MPH/OPPRSCI de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto, Racionalizacion, Sistemas y Cooperacion Internacional, Informe Nº 280-2009-MPHGM de la Gerencia Municipal y Dictamen Nº 005-2009MPH-CAEP de la Comision de Administracion, Economia y Planeamiento; y, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 9º, Numeral 8) y Numeral 16) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el MORDAZA mayoritario del Concejo Municipal y con la dispensa de aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente:

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