Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2009 (16/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de diciembre de 2009

PROYECTO

407959

PROYECTO RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº -2009-OS/CD MORDAZA, VISTO: El Memorando Nº GFHL/ALHL- -2009 de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos, a traves del cual se somete a la aprobacion del Consejo Directivo la presente resolucion que establece el procedimiento para la tramitacion de Observaciones y Sugerencias a ser atendidas a traves del servicio de Defensoria del Administrado en Hidrocarburos Liquidos. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo y otras normas de caracter general; Que, segun lo dispuesto por el articulo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de OSINERGMIN a traves de resoluciones; Que, el mencionado reglamento establece la facultad que tiene OSINERGMIN de dictar de manera exclusiva y dentro de su ambito de competencias, reglamentos y normas de caracter general, aplicables a todas las entidades y usuarios que se encuentren en las mismas condiciones; en los cuales se normaran los derechos y obligaciones de las entidades y de estas con sus usuarios; Que, en el ejercicio de la funcion normativa, OSINERGMIN podra dictar disposiciones de caracter general sobre reglas a las que esten sujetos los procedimientos que se siguen ante cualquiera de sus organos, asi como de su organizacion interna, incluyendo o suprimiendo areas; Que, de la revision del MORDAZA legal en el que se desenvuelven las actividades de hidrocarburos liquidos, se ha evidenciado que resulta necesario implementar un mecanismo que permita canalizar y evaluar las Observaciones y Sugerencias que los administrados puedan plantear, a fin de dar soluciones eficientes frente a alguna afectacion de sus derechos; Que, en este orden de ideas, resultaba necesario implementar el servicio de Defensoria del Administrado en Hidrocarburos Liquidos cuyo objetivo primordial consiste en el resguardo de los derechos del administrado en hidrocarburos liquidos a traves de la canalizacion y evaluacion de sus Observaciones y Sugerencias, a fin de lograr un mejoramiento continuo que permita brindar servicios de optima calidad y propiciar un ambiente de atencion con mejores condiciones, garantizando celeridad en el trabajo y minimizando problemas o conflictos objeto de Observacion; Que, en este sentido, en el MORDAZA de las facultades MORDAZA mencionadas, corresponde aprobar el procedimiento para la formulacion de Observaciones y Sugerencias para un mejor tramite de las mismas por parte del servicio de Defensoria del Administrado en Hidrocarburos Liquidos; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, OSINERGMIN prepublico el de de 2009 en el Diario Oficial El Peruano, el proyecto del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Apoyo al Inversionista de OSINERGMIN; Que, de conformidad con lo dispuesto en el literal c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos y en los articulos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM;

Con la opinion favorable de la Gerencia General, la Gerencia Legal y la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el procedimiento para la tramitacion de Observaciones y Sugerencias a ser atendidas a traves del servicio de Defensoria del Administrado en Hidrocarburos Liquidos, que como Anexo Nº 1 forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Autorizar a la Gerencia General a dictar las disposiciones tecnico-operativas y medidas complementarias que MORDAZA necesarias para la aplicacion de la presente resolucion. Articulo 3º.- Publicar la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) y en la pagina web de OSINERGMIN (www. osinerg.gob.pe).

ANEXO Nº 1 PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACION DE OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS A SER ATENDIDAS TRAVES DEL SERVICIO DE DEFENSORIA DEL ADMINISTRADO EN HIDROCARBUROS LIQUIDOS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto La presente resolucion tiene por objeto regular el procedimiento aplicable para la formulacion y atencion de Observaciones y/o Sugerencias senaladas en los articulos siguientes, a traves del servicio de Defensoria del Administrado en Hidrocarburos Liquidos, asi como las actividades inherentes a dicho servicio. El procedimiento establecido en la presente resolucion no es de aplicacion a las Observaciones reguladas por el numeral 126.2 del articulo 126º y el articulo 158º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, asi como tampoco a las faltas administrativas tipificadas en el articulo 239º de la misma Ley, las cuales se regiran por el procedimiento regulado en dicho dispositivo. Articulo 2º.- Definiciones A efectos de la presente resolucion, entiendase por: a) Administrados en Hidrocarburos Liquidos: Personas naturales o juridicas peruanas o extranjeras que realizan actividades de Hidrocarburos Liquidos y Gas Licuado de Petroleo (GLP), bajo el ambito de competencia de supervision y fiscalizacion de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos de OSINERGMIN. Asimismo, las personas naturales o juridicas que tienen la condicion de Administrados en los procedimientos a cargo de dicha Gerencia. b) MORDAZA electronico de OSINERGMIN: Pagina Web del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria ­ OSINERGMIN, disponible a traves de las siguientes direcciones electronicas: www.osinerg.gob.pe y www.osinergmin.gob.pe c) Observaciones: Expresiones de descontento de los Administrados o quejas por accion o inaccion de los Servicios Responsables de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos que vulnere sus derechos, tales como demora injustificada, desatencion o actuaciones deficientes en los tramites y/o procedimientos. d) Recomendaciones: Informes que se emitan como parte del servicio de Defensoria del Administrado en Hidrocarburos Liquidos, con la finalidad de plantear propuestas o mecanismos de solucion y/o mejora. Las recomendaciones pueden emitirse como producto del analisis de las Observaciones y/o Sugerencias, de la revision de procedimientos, tramites o servicios, o del analisis aleatorio de expedientes tramitados por los Servicios Responsables.

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