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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 16 de diciembre de 2009 407943 o ser Profesor Principal con 12 años de docencia, cinco de los cuales deben serlo en la Categoría de Profesor Principal, requisito establecido en la Ley Universitaria Nº 23733, para ocupar el cargo de Vicepresidente Académico, además de poseer el Grado de Doctor. El Docente propuesto para ocupar el cargo de Gerente General presenta copia de su Título Profesional de Licenciado en Administración otorgado por la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, copia de los Estudios de Post Grado en la Universidad Alas Peruanas, asimismo la Constancia de haber sido nombrado como Decano de la facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables de la Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga, y los documentos que respaldan el hecho de haber desempeñado en cargos Académicos – Administrativos en la Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga, sin embargo, ninguno está fedateado o legalizado notarialmente. De lo que se concluye que el docente propuesto reúne los requisitos para desempeñar la Gerencia General por su especialidad, con cargo a que presente los documentos de su Hoja de Vida fedateados o legalizados notarialmente; Que, asimismo la Comisión Califi cadora indica que la Promotora expresa sobre el mercado laboral profesional y los criterios de absorción y empleo 2001 - 2006, asimismo ha identifi cado la problemática de la región Ayacucho, sin embargo, en su Misión y Visión no se hace mención a la solución de esta problemática, sólo se realiza enunciados genéricos y alejados de la problemática de la región. La Misión, defi ne la orientación de la universidad y el tipo de profesionales que van a formar que contribuirán a resolver la problemática local, regional o nacional y la Visión expresa lo que quisiéramos de esta universidad y el tipo ideal de profesional que formaría. Sólo se dan enunciados declarativos, y simplemente se habla de formar profesionales capaces, competentes y que se proyecten a la sociedad en busca de solucionar los principales problemas regionales y nacionales, los cuales no han sido identifi cados en la Misión; Que, de igual forma, la Comisión Califi cadora indica que la forma de organización optada por la Promotora, que está dentro de las Sociedades Anónimas ha adoptado el de una Sociedad Anónima Cerrada (SAC), de acuerdo a Ley General de Sociedades, Ley Nº 26887, ley que prevé para este tipo de sociedades la distribución de utilidades (Art. 40º); de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 882, la empresa privada puede invertir en educación en todos sus niveles, con fi nes de lucro y de acuerdo a la Ley General de Sociedades Nº 26887 las utilidades son distribuidas por acuerdo del Directorio; al respecto la promotora del Proyecto Universidad Privada Santa Fe, manifi esta que las utilidades obtenidas cada año serán reinvertidas en no menos de un 50%, que el 70% y 30% de los ingresos, serán destinados al gasto corriente y gastos de capital, respectivamente. Asimismo se manifi esta que los ¨excedentes¨ serán revertidos en el fortalecimiento de la excelencia académica, teniendo en cuenta las siguientes prioridades: Equipamiento de laboratorios, apoyo a la investigación, capacitación y perfeccionamiento del personal docente, apoyo a la proyección social y bienestar universitario y becas de estudio. Es decir no se tiene claro sobre el destino de las supuestas utilidades, las que provienen principalmente de las tasas educativas. Los ingresos proyectados para el Primer año son de S/. 2 989,460.00 y los egresos S/. 3 019,000.00, lo que signifi caría un défi cit de S/. 29,000.00. Estos ingresos están calculados en base a 1,500 alumnos por cada año, pero la universidad, de acuerdo al PDI presentado sólo tendrá 400 alumnos anuales, lo que signifi ca que los ingresos reales por concepto de tasa de enseñanza serían 3.75 veces menos es decir lo real por concepto de tasas educativas sería de S/. 805,173.33. Si se considera únicamente los egresos que se tendrían por remuneraciones que es de S/. 1 750.000.00, la Universidad no podría pagar a sus trabajadores sean éstos autoridades, docentes, y trabajadores no docentes; Que, en el Plan de Desarrollo Institucional -Área de Enseñanza– la Comisión Califi cadora manifi esta que se presentan planos de distintos locales como el local ubicado: 1) En el Jirón Tarapacá, que la Comisión de Califi cación visitó y comprobó que allí funcionaba un colegio de educación primaria, con aulas pequeñas inadecuadas para un nivel universitario con capacidad para 20 alumnos, donde los promotores manifi estan que este local sería comprado y donde se implementarían aulas y ofi cinas administrativas, pero no se ha presentado ningún documento de compromiso de compra venta ni de arrendamiento, por lo tanto no se puede determinar si este local pasará a formar parte del “Proyecto Universidad Privada Santa Fe¨. Este local tiene que ser remodelado sin embargo en el rubro de egresos no se ha considerado ningún monto para llevar a cabo la remodelación y así como se encuentra no podría ser utilizado para la enseñanza universitaria. 2) En el local ubicado en el Jirón Libertad 473, que de acuerdo a los planos presentados funcionarían 13 aulas con un área aproximada de 35 a 40 metros cuadrados cada, asimismo funcionaría la Presidencia, Vicepresidencia y Gerencia General de la Comisión Organizadora en locales con un área de 12.00 metros cuadrados cada una aproximadamente; también funcionaría la Ofi cina de Secretaría General, Centro de Cómputo, Ofi cinas para los responsables de Carreras Profesionales, Ofi cinas Administrativas y Biblioteca; el local no reúne las condiciones para el funcionamiento de un centro educativo de nivel superior y menos universitario, ya que para poder acceder a él es necesario ingresar por un estrecho callejón, debido a que se encuentra ubicado en la parte posterior de un edifi cio antiguo; en la parte posterior es de material noble; en la entrada existen varios comercios; este es un ambiente cerrado con un patio central, que no reúne las condiciones de seguridad para el funcionamiento de aulas y ofi cinas administrativas y no cuenta con buena ventilación. 3) El tercer local visitado se encuentra ubicado en Urb. Covadonga Mz. C3 - Lt. 08, es de material noble y está destinado para el funcionamiento de la Clínica Estomatológica. 4) El cuarto local se encuentra ubicado en el Jirón Callao Nº 264, que es una edifi cación antigua que consta de 5 ambientes, pero que no presentan las mínimas condiciones para brindar una educación superior; allí funciona un centro educativo sin ninguna facilidad para brindar educación de ningún tipo; en el presupuesto de egresos se manifi esta que el alquiler mensual será de S/. 2,000.00 pero no se considera ningún desembolso para refaccionarlo; en resumen el local es completamente inadecuado. 5) El local del Jirón Libertad Nº 496, no fue visitado por lo tanto no se puede emitir opinión. En el rubro egresos: Inversión en inmuebles, para adecuación y remodelación se ha considerado un monto total de S/. 10.000.00 para el primer año pero no se dice en qué local será invertido, además de ser una cantidad mínima para refaccionar los ambientes; Que, en el Área Docente -Aspectos Generales- la Comisión Califi cadora manifi esta en lo que respecta al número de plazas docentes, se ha reestructurado el cuadro y se están considerando 16 docentes para el primer el año, 33 docentes para el segundo año, 50 docentes para el tercer año, 67 docentes para el cuarto año, 86 docentes para el quinto año, 97 docentes para el sexto año, 97 para el sétimo año, 97 para el octavo año, 97 para el noveno año y 97 para el décimo año, es decir: para los primeros 5 años, la universidad contará con 86 docentes. Para el primer año se ha considerado 18 docentes para las cinco carreras profesionales es decir, si se considera que cada carrera profesional tiene seis y siete cursos por semestre, signifi caría que para el Primer año habrían 60 cursos lo cual signifi ca que toda la carga horaria será asumida por estos 18 docentes, esto implicaría que cada docente tendría cuatro cursos todos diferentes lo que signifi caría que estos docentes serían todistas, de estos posibles 86 docentes considerados para los primeros 5 años del propuesto funcionamiento de la Universidad Privada Santa Fe, 52 (60.46%) serán docentes Contratados, 34 (39.53%) serán docentes Ordinarios, 53 (61.63%) a Tiempo Parcial, 15 (17.44 %) a Dedicación Exclusiva y 18 (20.93%) a Tiempo Completo; de los Profesores nombrados al quinto año de funcionamiento tenemos: Profesores Principales 01 T.C. (1.16%), 04 T.P (4.65%); Profesores Asociados 02 D.E. (2.32%), 02 T.C. (2.32%); 04 T.P (4.65%); Profesores Auxiliares 04 D.E (4.65%), 04 T.C. (4.65%), 13 T.P (15.11%); Profesores Contratados 09 D.E. (10.47%), 11 T.C. (12.79%) 32 T.P. (37.20%), de acuerdo a la distribución, al quinto año de funcionamiento, la futura Universidad no contará con docentes para que ocupen los cargos de Encargado o Coordinador de Carrera Profesional. En el caso de los profesores contratados, se dice profesores a D.E., T.C. y T.P., pero no se indica con qué equivalencia docente serán contratados, Principales, Asociados o Auxiliares. Asimismo se establece el número de plazas presupuestadas para docentes, clasifi cadas por especialidad, categoría y dedicación para las cinco