Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2009 (16/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de diciembre de 2009

Carreras Profesionales en un numero de 18, 16, 18, 18 y 16 entendiendose que todos estos docentes son ordinarios, sin embargo en el resumen final se consignan docentes por contrato que representan el 60% del total de docentes para los cinco anos, es decir el numero de docentes contratados es mayor que los docentes ordinarios lo que no asegura una buena formacion profesional, y existiendo una contradiccion en la condicion en la que estaran los docentes; Que, en el area de Docente -Remuneraciones de los Docentes- la Comision Calificadora manifiesta que la remuneracion de acuerdo a los documentos remitidos por la Promotora, la remuneracion de los docentes se encuadra en la escala 2 de la establecida por CONAFU, en lo que corresponde a los docentes a D.E. y T.C, pero en el caso de los profesores a T.P. estos se ubican en la escala uno (1). Asimismo se consideran incentivos porcentuales para los miembros de la Comision Organizadora y para los docentes con Grado de Doctor o Magister, e igualmente para aquellos que realizan investigacion y producen bienes. En el rubro de egresos, en lo que corresponde a los tres miembros de la Comision Organizadora y a los Responsables de las Carreras Profesionales se les asigna una remuneracion igual para todos, es decir la suma de S/. 4,500.00, lo que nos indica que no se conoce la responsabilidad academica administrativa de cada uno de ellos y asimismo los requisitos que deben tener par ocupar dichos cargos. En el cuadro de egresos se considera la suma de cuatrocientos treinta y dos mil soles (S/. 432,000.00) para el pago de la remuneracion de los ocho directivos y para el pago del personal administrativo y docentes la suma de setecientos cuarenta y cuatro mil nuevos soles (S/. 744.000.00) y Ciento tres mil Nuevos Soles (S/. 103,100.00) respectivamente, es decir el gasto en personal docente representa la cuarta y setima parte del gasto correspondiente a las autoridades universitarias y al personal administrativo respectivamente, indicativo que la Universidad ha programado invertir mas en trabajadores administrativos que en docentes lo que resulta incongruente ya que las universidades son entidades netamente academicas y que el personal administrativo es personal unicamente de apoyo. Todo este presupuesto se mantiene durante los diez anos de probable funcionamiento de la universidad; Que, en el area de Bienestar Estudiantil, la Comision Calificadora manifiesta que la Universidad otorgara prestamos, no precisa los montos a otorgar, pero indica que estos se realizaran hasta en dos armadas; en lo que corresponde a las becas a otorgarse manifiesta que 1/3 seran otorgadas al 80% y los 2/3 al 35%, pero no se especifica a que corresponde tales porcentajes; por otro lado, si sumamos ambos porcentajes se tiene 115%; en lo que corresponde a las Pensiones, igualmente la Promotora ha establecido una nueva escala, distribuidos en 6 niveles, los que van desde S/. 400.00 hasta S/. 350.00; En el aspecto se servicio social se describe que este servicio tendra un director de Centro de Bienestar Universitario, una Asistenta Social y un Personal Auxiliar y tomando como base solamente el primer ano se establece un presupuesto de S/. 13,600.00, presupuesto que el 88.23% se destina al pago de remuneraciones quedando la suma de (S/. 1,600.00) durante todo el ano para cubrir gastos en bienes y servicios es decir la suma de S/. 133.00 mensual, cantidad que no alcanzaria para llevar ningun programa de asistenciado social. En lo que corresponde al Servicio Medico igualmente se contratara dos profesionales y un auxiliar para trabajar en el y se establece un presupuesto de S/. 18,000.00, de los cuales el 66.66% se va en remuneraciones; en este servicio se ha considerado a un profesional Odontologo sin embargo no se ha programado gasto alguno en el equipo odontologico correspondiente, para brindar este servicio. En lo que corresponde al servicio de Recreacion y Deportes se ha considerado un Director, profesional en educacion fisica y un presupuesto de S/. 11,200.00, en la cual el 66.24% se gasta en remuneraciones. De acuerdo al servicio que pretende brindar se conformaria ademas un Taller de Danzas y un Taller de musica, la realizacion de olimpiadas intersecciones, visitas a museos, etc.; es decir el profesor de Educacion Fisica tendria que ensenar musica y dedicarse igualmente a ensenar danzas, pero el presupuesto asignado no cubrira los gastos en instrumentos musicales y en vestimenta para los danzantes;

Que, en el area de Investigacion y Creacion Intelectual y Artistica - la Comision Calificadora manifiesta que en lo que respecta a la investigacion y creacion Intelectual y Artistica, la futura Universidad Privada MORDAZA Fe manifiesta que sera politica de la universidad Privada MORDAZA Fe, priorizar los proyectos de investigacion que tengan interes local, regional y nacional, evaluando su contribucion a la solucion de la problematica preferentemente social economica y turistica. No se identifica la problematica; no se presenta ningun proyecto de investigacion, no se ha asignado ningun presupuesto es decir la universidad no tiene ningun proyecto de politica de investigacion lo que indica que no se tiene un concepto cabal de lo que significa universidad ya que una entidad universitaria que no realiza investigacion no puede ser considera como universidad; Que, en el area de Produccion de Bienes y Servicios la Comision Calificadora manifiesta que se han presentado cuatro proyectos para llevar a cabo la Produccion de Bienes y Servicios: Centro de Informatica, Centro de Idiomas, Centro Pre-Universitario y Centro de Desarrollo Empresarial, donde se aprecia que en los dos primeros proyectos se ha considerado la matricula de 50 estudiantes por ano y en el caso del Centro Pre-Universitario, 100 estudiantes y en el Centro de Desarrollo Empresarial 30 estudiantes. En los cuatro proyectos se presenta la justificacion, objetivos que persiguen y el factor humano, que debian ser los que contribuirian a equilibrar el presupuesto sin afectar las tasas educativas, sin embargo los superavit que se obtiene son insignificantes y no van a contribuir a mejorar el presupuesto que como se ha dicho esta desequilibrado; el funcionamiento de estos centros se ha considerado desde el primer ano de funcionamiento de la Universidad lo cual no se ajusta a la realidad, en primer lugar la Universidad debe establecerse como una entidad educativa de alto nivel para luego brindar servicios a la comunidad; Que, en el area de Aspectos Normativos - Organizacion Administrativa Central, la Comision Calificadora manifiesta que se establece como Organos de Gobierno: 1) CONAFU que lo han considerado como Organo de Gobierno de la universidad, sin embargo en el Inc. f) del articulo 10º del Estatuto del CONAFU se establece que este se constituira en Asamblea Universitaria de las Universidades bajo competencia del CONAFU en representacion de la Comunidad Universitaria y en ejercicio de las atribuciones establecidas en el articulo 29º de la Ley Nº 23733, es decir el CONAFU no es Organo de Gobierno de la Universidad. Igualmente se establece la Comision de Gobierno y la Comision Organizadora los cuales de acuerdo a lo presentado funcionarian en forma paralela, lo cual no es MORDAZA ya que la Comision Organizadora dirige a la Universidad durante los tres primeros anos y al tercer ano luego de una evaluacion, asume la direccion de la universidad como Comision Organizadora, en la que varia su composicion, 2) Junta General de Accionistas.- en el Organos de Apoyo se considera a la Oficina de Control Interno como un organo de apoyo de la Junta General de Accionistas y se indica que esta oficina esta encargada de elaborar el Plan anual de auditoria y presentarlo a la Gerencia General, lo que no es concordante ya que el Gerente General forma parte de la Comision Organizadora y el representante legal de la Universidad es el Presidente de la Comision Organizadora. 3) El Organo de Control, es un organo de fiscalizacion que depende administrativamente de la universidad y funcionalmente de la Contraloria General de la Republica. 4) Organos de Apoyo y Asesoramiento del Rector, se considera el Centro de Computo y la Oficina de Relaciones Publicas. Lo que nos indica claramente que no se conoce lo que significa un organo de asesoramiento. 5) La Comision Organizadora, se manifiesta que tanto el Presidente como el Vicepresidente de la Comision Organizadora son nominados por el CONAFU lo cual no es MORDAZA ya que el CONAFU solamente verifica que los docentes propuestos por la promotora para ocupar dichos cargos, cumplan con los requisitos establecidos en la Ley Universitaria y en los dispositivos normativos del CONAFU; y 6) La Comision de Gobierno se establece que esta esta constituida por los miembros de la Comision Organizadora, un representante de la Promotora y un representante de los profesores version que esta completamente equivocada ya que la Comision de Gobierno debe estar constituida, a parte de los miembros de la Comision Organizadora por los Coordinadores de Facultad o los Responsables

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