Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2009 (23/12/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 70

408596

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de diciembre de 2009

Supremo Nº 062-2009-PCM, cuyos Anexos forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General la publicacion del Texto de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Encargar a las areas competentes la publicacion de la presente Ordenanza y Anexos en el MORDAZA del Estado Peruano y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de La Perla. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal y a las areas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 438744-1

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Fijan monto minimo a pagar por concepto del Impuesto Predial en el Ejercicio Fiscal 2009
(Se publican los siguientes dispositivos legales a solicitud de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, mediante Oficio Nº 1648-2009/MDV-SG, recibido el 21 de diciembre de 2009) ORDENANZA MUNICIPAL N° 001-2009­MDV Ventanilla, 20 de enero de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de fecha 20 de enero del 2009; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 55º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 981, establece que "es funcion de la administracion tributaria recaudar los tributos" y el articulo 69º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades senala "son rentas municipales, los tributos creados por ley a su favor y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos propios"; Que, esta Entidad MORDAZA, es la encargada de recaudar y administrar los ingresos tributarios por concepto de Impuesto Predial, conforme se encuentra establecido en los articulos 6º y 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004EF; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 13º de la MORDAZA MORDAZA citada, senala "las Municipalidades estan facultadas para establecer un monto minimo a pagar por concepto del impuesto equivalente a 0.6% de la UIT vigente al 1º de enero del ano al que corresponda el impuesto"; Que, mediante Decreto Supremo N° 169-2008-EF, de fecha 25 de diciembre del 2008, se determino que durante el ano 2009, el Valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como indice de referencia en normas tributarias sera de Tres Mil Quinientos Cincuenta Nuevos Soles (S/. 3.550.00); Que, mediante Memorando Nº 003-2009/MDV-GR de fecha 14 de enero del 2009, la Gerencia de Rentas, sugiere hacer uso de la facultad contenida en el articulo 13º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion

Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; razon por la cual, propone la expedicion de Ordenanza Municipal que fije el monto minimo a pagar por concepto de Impuesto Predial del ejercicio fiscal 2009, siendo el 0.6% de la UIT vigente al 1º de enero del ano en curso, es decir, Veintiun nuevos soles y treinta centimos (S/.21.30); Que, mediante Dictamen Nº 001-2009/MDV-CR de la Comision de Rentas, se aprobo recomendar el honorable concejo, la aprobacion de la Ordenanza Municipal que fije el monto minimo a pagar por concepto de Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2009, siendo el 0.6% de la UIT vigente al 1º de enero del ano en curso, es decir, Veintiun nuevos soles y treinta centimos(S/.21.30); Que, mediante Acuerdo de Concejo No. 004-2009/ MDV-CDV, de fecha 20 de enero del 2009, se aprobo el proyecto de Ordenanza Municipal, que fija el monto minimo a pagar por concepto de Impuesto Predial para el ejercicio fiscal 2009. Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades. Que, el articulo 40º de de la Ley Nº 27972-Ley Organica de Municipalidades, establece que las ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, asi mismo, indica que mediante ordenanza, se crean, modifican, suprimen o exonerar, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. Estando a lo expuesto y con el Dictamen Favorable de la Comision de Rentas, y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal Distrital con el MORDAZA POR UNANIMIDAD; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; APROBO LA SIGUIENTE ORDENANZA: ORDENANZA MUNICIPAL QUE FIJA EL MONTO MINIMO A PAGAR POR CONCEPTO DE IMPUESTO PREDIAL EN EL EJERCICIO FISCAL 2009 Articulo Primero.- Fijar el monto minimo a pagar por concepto de Impuesto predial correspondiente al ejercicio 2009, en el 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente, es decir, Veintiun nuevos soles y treinta centimos (S/. 21.30). Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y demas unidades organicas dependientes, el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comunique, publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 437827-1

Declaran extinguidas las deudas por concepto de Arbitrios Municipales de los anos 1994 al 2001
ORDENANZA MUNICIPAL N° 004-2009/MDV Ventanilla, 12 de febrero de 2009 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALDIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de fecha 12 de febrero del 2009; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorando Nº 010-2009-MDV/GM, de la Gerencia Municipal e Informe Nº 104-2008/MDV-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.