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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de diciembre de 2009 408591 Que, mediante Informe Nº 099-2009-OPP-MDR de fecha 07 de Diciembre del 2009, emitido por el Director de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto solicita modifi cación del porcentaje del FONCOMUN, esta disminución en la transferencia de ingresos está generando una menor oportunidad de pago, puesto que solo por concepto de planilla tenemos un costo mensual de S/. 850,000.00, lo que produce que los pagos se realicen por recursos propios, es decir con cargo a los Rubros 08 Impuestos Municipales y 09 Recursos Directamente Recaudados, cuya recaudación de tributos se encuentra por debajo de lo estimado en el Presupuesto Institucional 2009; Que, habiendo deudas pendientes de pago del mes de noviembre por servicios básicos, planilla de remuneraciones a obreros y empleados, planilla de dieta a Regidores, planilla de pensiones a los cesantes y planilla por servicios al personal contratado bajo la modalidad del CAS y teniendo el compromiso de pago por concepto de planilla del mes de diciembre, (obreros, empleados, dieta a regidores, CAS, funcionarios y bienes y servicios) por los compromisos contraídos de ejercicios anteriores; es necesario modifi car la proporción porcentual del Foncomun quedando la distribución en 70% para gastos corrientes y 30 % para gastos de capital; Que, en el presente ejercicio fi scal, las obras a realizar no sufrirán variación, puesto que los proyectos considerados se mantendrán en su ejecución respectiva durante el año fi scal 2009, los que serán cubiertos por el 30% del porcentaje por lo tanto solicita la modifi cación de la nueva distribución del FONCOMUN, dado que las municipalidades se encuentran facultadas para modifi car los porcentajes correspondientes a gastos corrientes y de inversión, durante el año fi scal, al amparo del artículo 47º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; Estando a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, y el Reglamento Interno de Concejo, con el voto mayoritario de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la Modifi cación del Fondo de Compensación Municipal para el Ejercicio Presupuestal 2009- FONCOMUN, destinado 70% Gastos Corrientes y 30% para Gastos de Capital; del Presupuesto Institucional de Apertura 2009 de Ingresos y Egresos de la Municipalidad Distrital del Rímac; aprobado en Sesión de Concejo de fecha 09.12.09. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto el cumplimiento del presente acuerdo. Dado en el Palacio Municipal a los treinta días del mes diciembre del año dos mil ocho. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR LEYTON DÍAZ Alcalde 438750-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Modifican Ordenanza Nº 408-MSB que aprobó el Reglamento General de Licencia Municipal de Funcionamiento en el distrito de San Borja ORDENANZA Nº 437-MSB San Borja, 10 de Diciembre 2009 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA VISTO; en la XXIII-2009 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10.12.2009, el Dictamen Nº 036-2009-MSB-CAL y Dictamen Nº 009-2009-MSB-CDU, de la Comisión de Asuntos Legales y de la Comisión de Desarrollo Urbano, respectivamente, sobre modifi cación de la Ordenanza Nº 408-MSB Reglamento General de Licencia Municipal de Funcionamiento en el distrito de San Borja. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo señalado en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Municipalidades PUBLICACIÓN DE ORDENANZAS QUE APRUEBAN ARBITRIOS MUNICIPALES Se recuerda a las Municipalidades Distritales que conforme a lo dispuesto en el TUO de la Ley de Tributación Municipal (D.S. Nº 156-2004-EF) y la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente Nº 00053-2004-PI/TC, los Acuerdos y Ordenanzas que ratifi can y aprueban el Régimen Tributario de los Arbitrios para el ejercicio 2010, deberán publicarse a más tardar el 31 de diciembre de 2009. Se exhorta a los municipios para que, dada la congestión que se genera por las fi estas de fi n de año, hagan llegar dichos dispositivos a la brevedad y, de ser posible, antes del 21 de diciembre. LA DIRECCIÓN