TEXTO PAGINA: 53
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de diciembre de 2009 408579 • Avenida Francisco Tudela y Varela, cuadra 1. • Calles Los Gavilanes y Los Halcones, los lotes con colindancia posterior a la zona de Comercio Metropolitano (CM). • Avenida Pablo Carriquiry, cuadra 02, lado par. • Calle Ricardo Angulo cuadra 8. • Calle Las Oropéndolas, cuadra 1.” Artículo 3º.- Los predios califi cados con zonifi cación de Equipamiento Urbano Otros Usos (OU), Educación (E1, E2, E3, E4) o de Salud (H1, H2 o H3) al concluir las actividades que se desarrollan en él, adoptarán la zonifi cación de los predios colindantes. Artículo 4º.- Las compatibilidades de uso antes establecidas forman parte del Cuadro del Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas del Distrito de San Isidro. Artículo 5º.- Establecer que las actividades urbanas de servicios profesionales y ofi cinas administrativas y/o comerciales en predios ubicados en zonifi cación residencial que se hayan instalado de manera formal continuarán desarrollándose en las mismas condiciones con las que se otorgó la Licencia de Funcionamiento hasta que la edifi cación que las acoge sea demolida, en tal situación la nueva edifi cación será exclusivamente de uso residencial. El funcionamiento de las actividades urbanas antes mencionadas deberá sujetarse al cumplimiento de las normas sobre niveles operacionales y estándares de calidad aprobados por la Municipalidad de San Isidro. Artículo 6º.- Se podrá otorgar Licencias de ampliación y/o remodelación a aquellas edifi caciones en zonifi cación No conforme, que cuenten con inscripción registral para uso comercial, de ofi cinas u otros, para lo cual los proyectos deberán respetar los parámetros urbanísticos y edifi catorios vigentes de la zona donde se ubica el predio, la altura máxima de edifi cación aprobada en el Plano de Alturas y los requerimientos de estacionamientos según el uso del predio. En estas edifi caciones, en caso se acumulen lotes colindantes y que tengan frente a una vía de carácter metropolitana, se podrá obtener Licencias de ampliación y/o remodelación para uso de ofi cinas y/o de servicios. En estos casos toda edifi cación deberá respetar los Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios vigentes correspondientes a las zonas residenciales, la altura máxima de edifi cación aprobada en el Plano de alturas y el requerimiento de estacionamientos correspondiente al uso de ofi cinas administrativas. Artículo 7º.- Las actividades urbanas formalmente establecidas en calificaciones comerciales CV, CZ y CM, pero que por efecto de las modificaciones realizadas al Índice de Usos han quedado en uso no conforme podrán seguir manteniendo el uso para el cual les fue otorgada la licencia de funcionamiento hasta el cese de la actividad o cambio de giro por alguna actividad compatible con el Indice de Usos que se aprueba. Artículo 8°.- Establecer como Zona de Reglamentación Especial (ZRE) el área comprendida entre la Avenida Javier Prado Este, Calle las Camelias, Avenida República de Colombia calle Plaza 27 de Noviembre, Calle Luis Felipe Villarán cuadra 5, Calle La Habana y Avenida Petit Thouars, y encargar a la Municipalidad Distrital de San Isidro que en un plazo de 180 días deberá elaborar la propuesta de modifi cación que deberá contener: los parámetros urbanísticos y edifi catorios, que deberán mantenerse dentro de los rangos de la zonifi cación aprobada, la compatibilidad de uso con otras actividades urbanas y la propuesta de estacionamientos teniendo en consideración la reducida sección vial de las vías locales que la conforman. Dicha propuesta, con la opinión favorable del Concejo Distrital de San Isidro, deberá ser presentada a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su aprobación mediante Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Municipalidad Distrital de San Isidro, a los 180 días de la publicación de la presente Ordenanza, podrá proponer modificaciones o precisiones al Indice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas que se aprueba, las cuales serán aprobadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza. Segunda.- Deróguese el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 1067-MML, que aprueba el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas del distrito de San Isidro. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Lima, 14 de diciembre de 2009 LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 438103-1 Aprueban Formulario Gratuito de Solicitud - Declaración Jurada para Licencia de Funcionamiento y otros, así como la Guía de Instrucciones DECRETO DE ALCALDÍA Nº 090 Lima, 17 de diciembre de 2009 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA CONSIDERANDO: Que, la tercera disposición transitoria de la Ordenanza Nº 857, que regula los procedimientos de autorización municipal vinculados al funcionamiento de establecimientos en el ámbito del Cercado de Lima, establece que a través de Decreto de Alcaldía se aprueba el Formulario Gratuito de Solicitud – Declaración Jurada para la obtención de la autorización municipal de funcionamiento en la jurisdicción de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 103 se aprobó el formulario GDE-001 “Formulario gratuito solicitud – declaración jurada para autorizaciones municipales vinculadas al funcionamiento de establecimientos” y la “Guía de Instrucciones para el correcto llenado del Formulario”; Que, la Gerencia de Desarrollo Empresarial como titular del procedimiento para la obtención de las licencias de funcionamiento en el ámbito del Cercado de Lima ha propuesto un nuevo formulario desarrollado a partir de disposiciones contenidas en la Ordenanza Nº 857 y sus normas modifi catorias y cuya justifi cación se encuentra en el Informe Nº 009-2009-MML-GDE; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con lo previsto en la Ordenanza Nº 857 y sus modifi catorias; SE DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el Formulario GDE-001 01/09 Gratuito de Solicitud – Declaración Jurada para Licencia de funcionamiento y otros, que será utilizado en los procedimientos de autorización municipal vinculados al funcionamiento de establecimientos en el ámbito del Cercado de Lima, que como Anexo I forma parte de este Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Aprobar la Guía de instrucciones para el correcto llenado del Formulario GDE-001 01/09 Gratuito de Solicitud – Declaración Jurada para Licencia de funcionamiento y otros, que como Anexo II forma parte de este Decreto de Alcaldía; siendo de carácter obligatorio el cumplimiento de sus indicaciones. Artículo Tercero.- Encárguese a la Gerencia de Desarrollo Empresarial coordinar con la Subgerencia de Informática la publicación en el Portal Electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima /http://www.munlima. gob.pe) del formulario y guía de instrucciones a que se refi eren los artículo primero y segundo. Artículo Cuarto.- Este Decreto entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía