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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (23/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 64

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de diciembre de 2009 408590 usar uniformes homogéneos, establecidos en coordinación con los representantes legales de las Organizaciones Sociales de la Jurisdicción. Artículo 28º.- El área de trabajo concedida no podrá ser variada sin la autorización de la Autoridad Municipal y de los representantes legales a la que pertenece; bajo responsabilidad civil y penal que acarree el mal proceder si se diera. TÍTULO VI CAPÍTULO VI DEL REGIMEN ECONOMICO Artículo 29º.- Los derechos de trámites administrativos para la instalación o permanencia del módulo en la vía pública serán considerados dentro lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA vigente, y en las adendas respectivas, que se informarán oportunamente a los administrados, de ser el caso. Artículo 30º.- Los derechos para la adquisición de la Autorización Municipal Temporal tendrán un tratamiento especial por ser una actividad temporal autorizada por la excepción en aplicación a la Ley Nº 10674 y su reglamento. TÍTULO VII CAPÌTULO VII DE LAS LIMITACIONES Y SANCIONES Artículo 31º.- Queda terminantemente prohibido instalar un módulo para el expendio de diarios, revistas y loterías, sin autorización previa de la Municipalidad del Rímac y sin la coordinación de los representantes legales de la organización social de la jurisdicción. Artículo 32º.- Queda terminantemente prohibido efectuar cualquier instalación adicional al módulo que signifi que obstáculo para el tránsito peatonal y/o vehicular, o que sea contrario a los parámetros de: ubicación, tamaño y acondicionamiento del módulo de expendio, considerados en la Resolución de Alcaldía pertinente. Artículo 33º.- La Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico Local a través de la Subgerencia de Control de Normas Municipales y la Subgerencia de Desarrollo Económico Local y Comercialización realizarán las inspecciones periódicamente a los módulos, a fi n, de verifi car el cumplimiento de la Ordenanza Municipal; en caso, de comprobarse transgresiones se aplicará las Multas Administrativas correspondientes, de acuerdo a la Resolución de Alcaldía que determina los parámetros de: ubicación, tamaño y acondicionamiento del módulo de expendio. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Será de aplicación el Cuadro de Sanciones vigente a la fecha de publicación de la presente Ordenanza, mientras se elabore la Resolución de Alcaldía que determina los parámetros de ubicación, tamaño y acondicionamiento del módulo de expendio. Segunda.- La tasa de Derecho para Autorización Temporal de instalación de módulos en la vía pública, será aprobada en la Ordenanza que apruebe el nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, mientras tanto, se aplicarán las tasas señaladas en la Ordenanza Nº 123-MDR y Ordenanza Nº 124-MDR, ratifi cado con Acuerdo de Concejo Nº 287, en el Ítems de Autorización Municipal Temporal en la vía pública, y las que determine la Resolución de Alcaldía que determina los parámetros de: ubicación, tamaño y acondicionamiento del módulo de expendio. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de día siguiente de su publicación. Segunda.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico Local, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Desarrollo Humano, Participación Ciudadana, Imagen Institucional, el cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza. Tercera.- Facúltese al señor Alcalde para que dicte las disposiciones Reglamentarias y Complementarias para el efi caz cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en el Palacio Municipal a los cuarto días del mes de diciembre del dos mil nueve. VÍCTOR LEYTON DÍAZ Alcalde 438757-1 Aprueban modificación del Fondo de Compensación Municipal para el Ejercicio Presupuestal 2009 - FONCOMUN (Se publica el presente Acuerdo de Concejo a solicitud de la Municipalidad Distrital del Rímac, mediante Ofi cio Nº 194-2009-SG-MDR, recibido el 22 de diciembre de 2009) ACUERDO DE CONCEJO Nº 039-2008-MDR EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL RIMAC POR CUANTO: VISTO en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 09 de Diciembre del 2009; el Memorándum N° 1021-2009- GM-MDR de fecha 07.12.09, de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 099-2009-OPP/MDR de fecha 07.12.09 de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto donde solicitan modifi cación del porcentaje del FONCOMUN; y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución del Perú en su artículo 192º, concordante con el Artículo 9º de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 16º del artículo 9º de la citada Ley precisa que corresponde al Concejo Municipal aprobar el Presupuesto Anual y sus Modifi caciones dentro de los plazos señalados por la Ley, bajo responsabilidad; Que, la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Nº 28411, establece los principios, las normas fundamentales que rigen las distintas fases del proceso presupuestario, los criterios técnicos y los mecanismos operativos que permitan optimizar la Gestión Administrativa y Financiera del Estado; Que, la Directiva Nº 006 -2007 EF/76.01 Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público, la Resolución Directoral N° 025-2008- EF/76.01., que aprueba las modifi caciones y Derogatorias a la Directiva N° 006-2007-EF/76.01; Que, los Planes de Acción constituyen una herramienta de Gestión, que coadyuvan a la consecución de objetivos y metas de la corporación; Que, con Acuerdo de Concejo Nº 026-2008-MDR; fue aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura para el año fi scal 2009, en el cual EL CONCEJO municipal aprobó la distribución del FCM, el mismo que consiste en 50% para Gastos Corrientes y el 50% para Gastos de Capital (Proyecto de Inversión); Que, el PIA promulgado el 30 de Diciembre de 2008, la Resolución de Alcaldía Nº 0547-2008-MDR, tiene considerado en el Rubro 07 Foncomun el monto anual de S/. 7, 299,413; correspondiendo S/. 3, 649,706.50 para Gastos Corrientes y el mismo monto para Gastos de Capital (Proyecto de Inversión);