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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (24/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de diciembre de 2009 408617 Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios publicitarios RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 939-2009-ANA Lima, 18 de diciembre de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 1677-2009-ANA-OA por el cual la Ofi cina de Administración solicita se exonere del proceso de selección la contratación de servicios publicitarios de una empresa radial de alcance nacional para difundir el rol de la Autoridad Nacional del Agua en la gestión de los recursos hídricos del país; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 997, crea la Autoridad Nacional del Agua como organismo público adscrito al Ministerio de Agricultura, responsable de dictar las normas y establecer los procedimientos para la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos; Que, según el literal f) del artículo 20º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, están exonerados de los procesos de selección las contrataciones que se realicen para los servicios personalísimos con la debida sustentación objetiva; Que, el artículo 21º de la precitada ley establece que las contrataciones derivadas de exoneración de procesos de selección se realizarán de manera directa, previa aprobación mediante Resolución del Titular de la Entidad, Acuerdo del Directorio, del Consejo Regional o de Consejo Municipal, según corresponda, en función a los informes técnico y legal previos que obligatoriamente deberán emitirse y cuyas copias deben remitirse a la Contraloría General de la República y publicarse en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado; Que, el artículo 132º º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto supremo Nº 184-2008-EF, considera dentro de la clasifi cación de servicios personalísimos los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que los distinguen ; Que, estando a lo dispuesto por el artículo 133º del precitado reglamento, la resolución o acuerdo que aprueba la exoneración del proceso de selección, requiere obligatoriamente de uno (1) o más informes previos, que contengan la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración; Que, la Dirección de Gestión Conocimiento y Coordinación Interinstitucional mediante Informe Nº 835-2009-ANA-DGCCI/CC ha requerido la contratación de servicios publicitarios con la fi nalidad de dar inicio al posicionamiento de la Autoridad Nacional del Agua, proponiendo que la contratación se realice de preferencia en Radio Programas del Perú por la cobertura y reconocimiento de seriedad en el servicio de dicha empresa; Que, la Ofi cina de Asesoría Jurídica con Informe Nº 1238-2009-ANA/OAJ/YMFM señala que es de opinión favorable a la exoneración del proceso de selección requerido por encontrarse con arreglo a lo dispuesto por el artículo 20º del Decreto Legislativo de la Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 132º del Reglamento, elevado con Ofi cio Nº 0192-2009-ANA-OAJ; y, Estando a lo opinado por la Dirección de Gestión del Conocimiento y Coordinación Interinstitucional y la Ofi cina de Asesoría Jurídica, con los vistos de la Ofi cina de Administración y de la Secretaría General, así como de conformidad con el artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2008-AG. que aprueba el . SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección para la contratación de los servicios publicitarios con Radio Programas del Perú por un monto de S/. 68,312.00 (sesenta y ocho mil trescientos trece y 00/100 nuevos soles), y autorizar a contratar en forma directa. Artículo 2º.- Encargar a la Unidad de Logística y Control Patrimonial, la contratación en forma directa, mediante acciones inmediatas y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 135º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Artículo 3º.- Disponer la publicación de los indicados documentos en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), con lo que se da por remitido la presente Resolución y los documentos que la sustentan a la Contraloría General de la República, en aplicación de lo dispuesto el acápite 2. del punto VI. Disposiciones Específi cas de la Directiva Nº 001-2009-CG/CA, asimismo se deberá remitir copia de la presente y sus actuados Nº NUMERO DE REGISTRO NOMBRE COMERCIAL ORIGEN EMPRESA RESPONSABLE DEL REGISTRO FECHA DE VENCIMIENTO DE REGISTRO 97 F7601N0037 CALADEX GOLD PERU REPRESENTACIONES TECNICAS AGROPECUARIAS S.A. 24/11/2014 98 F0301I1423 ESPIRAMIC URUGUAY LABORATORIO MICROSULES URUGUAY S.A. 24/11/2014 99 F0836N0757 FASIOFEN MINERALES PERU LABOSIL S.A.C. 24/11/2014 100 F0802N0756 ALBENDASIL MINERALES PERU LABOSIL S.A.C. 24/11/2014 101 F4802I0007 DIARREVET COLOMBIA LABORATORIOS SERVINSUMOS S.A. 25/11/2014 102 F0820I0448 SALIGRAN G 120 BELGICA IMPEXTRACO N.V. 25/11/2014 103 F7101N0032 SANACICLINA L.A. PERU ASVET E.I.R.L. 25/11/2014 104 F7501N0066 SUPER FORZ - AD3E PERU ASVET E.I.R.L. 25/11/2014 105 A1402N0044 NOVAPREMIX LECHE SUPER ALTA PERU INNOVA ANDINA S.A. 26/11/2014 106 A1402N0043 NOVAPREMIX LECHE ALTA PERU INNOVA ANDINA S.A. 26/11/2014 107 A1402N0042 NOVAPREMIX CLASICA PERU INNOVA ANDINA S.A. 26/11/2014 108 A0115I1766 PEDIGREE ADULTO MAYOR VIDA PLENA, SABOR: CARNE POLLO Y CEREALES ARGENTINA MASTERFOODS ARGENTINA LTD. 26/11/2014 109 F0843I0758 PRO-GAST URUGUAY LABORATORIO MICROSULES URUGUAY S.A 26/11/2014 110 F9052I0006 ANTIVAM PARAGUAY BIOTECNICA S.R.L. 26/11/2014 111 F6420I0028 BACIKERN 100 CHINA INDUKERN S.A. 26/11/2014 Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS CABALLERO SOLIS Director General Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria 438326-1